La SCJN analizará la constitucionalidad del buró de crédito
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza la constitucionalidad del llamado buró de crédito, particularmente en lo relativo a la disposición legal que permite que para la utilización de datos que integran este mecanismo, no sea necesario el consentimiento expreso del titular de la información. El proyecto, que fue elaborado por el ministro Sergio Valls, ya fue turnado a sus compañeros del pleno y está listado para resolverse esta semana. En él se analiza la constitucionalidad de los artículos 2, 5, 20, 23 y 27 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, que dio lugar a la creación del buró de crédito, la cual considera que la recopilación, manejo, entrega y envío de información relativa al historial crediticio de personas físicas y morales no constituye una violación al secreto bancario. El asunto que revisará el pleno de ministros se originó el 21 de julio de 2003, cuando un denunciante solicitó al buró un informe especial de crédito, en el que le apareció un adeudo, se le negó un préstamo y en marzo de 2004 presentó un amparo contra los artículos referidos, por considerar que la legislación viola su derecho a la privacidad, ya que su información crediticia forma parte de una base de datos en poder de las sociedades de información crediticia, a pesar de que éstas nunca recibieron consentimiento expreso del afectado.