Usted está aquí: jueves 25 de mayo de 2006 Capital Impone tribunal multa al IEDF por incumplir fallo

Impone tribunal multa al IEDF por incumplir fallo

GABRIELA ROMERO SANCHEZ

Con base en el artículo 308 del Código Electoral del Distrito Federal, el Tribunal Electoral del DF (TEDF) solicitó a la Tesorería capitalina requerir al Instituto Electoral del DF (IEDF) el pago de una multa de 100 días de salario mínimo (unos 5 mil pesos), por incumplir con la resolución que le ordenaba reinstalar a un funcionario.

Asimismo se encuentra en curso otro requerimiento por el incumplimiento en tiempo y forma de parte del IEDF de la notificación del cumplimiento de la reposición del procedimiento de elección del candidato del distrito 40 local del PRD, por lo que se le aplicó otra sanción por lo equivalente a 100 días de salario mínimo.

De tal manera que en un menos de un mes el IEDF deberá pagar cerca de 10 mil pesos por multas generadas por fallas en el procedimientos legales.

En sesión pública, celebrada el 2 de mayo, el pleno del TEDF aprobó por unanimidad la resolución elaborada por el magistrado Raciel Garrido, por la cual se instruía al IEDF reinstalar en el cargo de asesor del consejo general a Ignacio de Jesús Sam Figueroa y pagarle 179 mil 700 pesos por concepto de salarios caídos.

En el acuerdo se advertía al IEDF que no cumplir con la resolución en un plazo de 72 horas, se le impondría una multa de 100 días de salario mínimo general vigente en el DF.

En el segundo caso, relativo al juicio para la protección de los derechos político - electorales de los ciudadanos interpuesto por Salvador Ortega Ramírez y Antonio Godínez Jiménez en contra de la resolución emitida por la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática (PRD) concerniente a los resultados de la elección interna para elegir diputados capitalinos por el principio de mayoría relativa en el Distrito XL, el TEDF decidió revocarla.

Por lo que se ordenó al PRD reponer el procedimiento de elección en el citado distrito y al IEDF, como la autoridad electoral administrativa, informar al TEDF "dentro de las seis horas posteriores al debido cumplimiento de cada uno de los puntos del presente fallo, ya que de no llevarlo a cabo, se les sancionará con 100 días de salario mínimo vigente".

 
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