Usted está aquí: sábado 8 de abril de 2006 Política Hallan otro indicio de las compras turbias de Construcciones Prácticas

González Schmal estima que un segundo cheque salió de la cuenta de uno de los Bribiesca

Hallan otro indicio de las compras turbias de Construcciones Prácticas

Descubren que el pago lo realizó un "tercero sin participación accionaria en la empresa"

La Auditoría de la Federación no informó de su existencia; la omisión, delicada, señala

ROBERTO GARDUÑO

La participación de los hermanos Manuel y Jorge Alberto Bribiesca Sahagún en operaciones de compra de cartera en favor de la empresa Construcciones Prácticas, apunta a ambos estaría involucrados en tráfico de influencias y evasión fiscal. Jesús González Schmal, presidente de la comisión legislativa especial encargada de investigar a los hijos de Marta Sahagún, reveló la existencia de un segundo cheque "que en nuestra lógica conjetura, nos hace pensar que se trata de la cuenta de uno de los hijos de la esposa de Vicente Fox".

La declaración del diputado federal coincide en esencia con el informe de la Cuenta Pública 2004, elaborado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), donde se manifiesta que además del primer cheque que firmó Jorge Alberto Bribiesca por un monto de un millón 300 mil pesos en favor de Construcciones Prácticas, con objeto de adquirir el predio Los Pirules en Celaya, Guanajuato, existe un segundo documento bancario por una cantidad de cuatro millones 410 mil pesos destinados a saldar la compra de 275 departamentos en San Francisco Totinehuacán, Puebla, a nombre de un tercero cuyo nombre, firma y cuenta bancaria no se da a conocer en el texto de la auditoría.

González Schmal refirió que de las pesquisas de la comisión especial se infiere que se trata de la participación de Jorge Bribiesca como el tercero -sin participación accionaria en Construcciones Prácticas- con el propósito de adquirir inmuebles arrebatados a sus originales dueños por el simple hecho de declararse insolventes.

"De los dos cheques que consigna la Auditoría Superior de la Federación, omite señalar el nombre del titular de la cuenta; en el primero pudimos identificarlo y nos encontramos con que era de Jorge Alberto Bribiesca Sahagún, y por consiguiente el segundo cheque que se describe como girado por un tercero distinto a Construcciones Prácticas es nuestra lógica conjetura que se trata de otro cheque girado por el mismo Jorge Alberto Bribiesca o por su hermano Manuel. Ya le solicitamos a la ASF que envíe copias de esos cheques."

En el informe de la Cuenta Pública entregado a la Cámara de Diputados la semana pasada, el auditor Arturo González de Aragón reconoce la existencia de los dos cheques firmados por un tercero que no tenía nada que ver con la empresa de referencia y no lo reportó a la comisión encargada de investigar a los hijos de Marta Sahagún.

Incluso, para completar el contrasentido, el dictamen de la revisión a las operaciones de compra y venta del IPAB, donde se haya involucrada Construcciones Prácticas, la ASF considera la inexistencia de irregularidades mayores:

"La ASF considera que, en términos generales y con el alcance antes señalado, el IPAB cumplió razonablemente con las disposiciones legales y normativas aplicables a la ejecución de los procedimientos para la enajenación de la cartera y bienes inmuebles, propiedad de Bancrecer, y al control de las operaciones examinadas."

La contradicción entre el descubrimiento de que los hijos de Marta Sahagún sí participaron en operaciones ligadas a Construcciones Prácticas, y la exoneración de que fue objeto esa empresa en su vínculo con el IPAB a manos de la ASF, propició una aguda respuesta del diputado González Schmal:

"No compartimos esa conclusión de la ASF, de que no hay observaciones, cuando en una licitación un tercero ajeno al beneficiario y al postor de la licitación fue quien expidió un cheque. Hay por lo menos un problema de carácter fiscal que habría de resolver, por el lado de la técnica de auditoría en su sentido profesional, tendría que advertirse como una irregularidad que puede ser de gravísimas consecuencias, como es el caso que advertimos, donde se comprueba que el postor con ese cheque entregado anticipadamente se identifica como una persona allegada a la casa presidencial, por lo tanto está instrumentándose en delito de tráfico de influencias, y que esto le pase desapercibido al auditor superior de la Federación pues me parece muy delicado".

También, el analista financiero y asesor de la comisión especial Mario di Costanzo, acusó así la falla en la ASF. "Esto pone en evidencia que al auditor le tiembla la mano, y como lo hizo en el asunto del Fobaproa o con Vamos México, lo está haciendo ahora. Esto configura una falta grave administrativa del auditor, y el artículo 82 de la Ley de Fiscalización Superior dice que puede ser removido a causa de una omisión de este tipo, y esto lo dirimirá la comisión de vigilancia, y yo no veo por qué no lo haga".

En el texto de la Cuenta Pública se sustenta la aportación de un cheque irregular, en vista de que no proviene de la empresa Construcciones Prácticas, para el proceso de enajenación de los 275 departamentos descritos arriba:

"De los tres cheques con que se cubrió el importe de la postura, el primero de un millón 869 mil pesos fue girado de una cuenta a nombre de Construcciones Prácticas en el Banco del Bajío; el segundo, del Banco Nacional de México (Banamex) por cuatro millones 410 mil pesos, que sumado al primero cubren 30 por ciento de la postura, no indica el nombre del titular y la firma no coincide con la del participante ganador; y el tercero por 14 millones 653 mil pesos, fue girado de una cuenta a nombre de Construcciones Prácticas".

Esa información fue proporcionada a la auditoría por el IPAB; no obstante, el instituto se la negó a la comisión especial de legisladores que investiga a los hijos de Marta Sahagún. Tal hecho propició que se prevea el inicio de un procedimiento legal contra el secretario ejecutivo del instituto, Mario Beauregard. Ayer se dijo a este diario que dicho funcionario ha ordenado al equipo jurídico del organismo analizar la procedencia de un juicio político contra él.

Sobre el particular, Jesús González Schmal adujo que el IPAB tiene cinco días hábiles para responder al requerimiento de información, porque de lo contrario, "si vuelve a ocultárnosla o vuelve a dárnosla incompleta debemos analizar si hay un desacato a Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y entonces el secretario ejecutivo deberá responder por ello".

 
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