No se debe anteponer la rapidez al respeto de las garantías de audiencia
Minimiza IFE quejas de partidos por lentitud para resolver irregularidades
El sistema de quejas en el proceso electoral no puede anteponer la rapidez a la garantía de legalidad en la resolución de las irregularidades. Frente a las inquietudes partidistas en torno a la lentitud en la reacción del Instituto Federal Electoral (IFE) para su desahogo, los consejeros electorales subrayan que la interposición de denuncias no puede ser vista como un "instrumento político para corregir ciertas conductas".
Las críticas generalizadas de todas las fuerzas políticas contra la falta de oportunidad con la que está resolviendo el IFE los recursos interpuestos no inquietan al consejero Virgilio Andrade, presidente de la Comisión de Resolución y Devolución de Quejas, quien las ubica como parte del fragor de la contienda.
A su vez, el presidente de la Comisión de Partidos Políticos y Prerrogativas, Marco Antonio Gómez Alcantar, subrayó: "la oportunidad es subjetiva, por que actuar oportunamente sin la aplicación estricta del derecho no es válido", y es claro que la justicia debe ser expedita pero "respetando las garantías de audiencia de los agraviados".
Desde las tres principales fuerzas políticas se ha externado la inquietud por el excesivo tiempo que ha tomado el IFE en desahogar las inconformidades partidistas y se ha advertido sobre la ineficacia que tendría resolverlas cuando ha concluido la contienda electoral.
Al respecto, Andrade advierte: "en el sistema electoral la justicia privilegia un principio fundamental que es la exhaustividad en la investigación, en la máxima concesión del derecho de audiencia y en la deliberación definitiva".
-¿Se diluye el efecto de las quejas si se dilata la resolución?
-Si resolviéramos al revés seríamos justicieros y cometeríamos muchísimas injusticias, dejaríamos de cumplir con algunas partes del procedimiento y no escucharíamos plenamente a las partes. Es preferible hacer justicia con el cumplimiento de estos preceptos -respondió Andrade.
A su vez, entrevistado por separado, Gómez Alcantar aseveró que el IFE debe contestar cuando tenga los elementos suficientes porque "eso es certeza y justicia clara". No es mediante este esquema como se inhiben conductas presuntamente ilegales, sino con la prevención establecida en las nuevas normas que el IFE ha convenido, como el Acuerdo de Neutralidad de Funcionarios Públicos o bien con la denominada tregua navideña.
-¿No se percibe que la autoridad está rebasada ante la dilación en quejas, como en el proceso interno de Unidad Democrática, anterior a la elección del PRI?
-Pero hemos avanzado en el informe de precampañas. En cualquier caso, son los tiempos que dio el legislador, respondió Gómez Alcantar.
Sobre el retiro de espots que demanda la coalición tanto en el caso del desafío a debatir, que promueve Roberto Madrazo, como en el espot panista donde aparece Hugo Chávez, Andrade destacó que en el proceso electoral es fundamental preservar la libertad de expresión, por lo que solamente cuando se pudiera comprobar que existe agravio, la autoridad podría ordenar su suspensión; antes, no.
Sin embargo, Virgilio Andrade señala que en cualquier caso, cuando pase la dinámica del proceso electoral, quedará claro que este esquema de quejas en el sistema electoral finalmente beneficia a todas las partes, pues un partido puede ser o agraviado o agraviante y en cualquier caso tendrá la plena garantía de audiencia.
La dilación, dijo, en muchas ocasiones no proviene de la autoridad electoral, sino de los tiempos para la investigación.