Violaciones al derecho de asilo y la Constitución
El 4 de julio de 2003, el vasco José Miguel Etxeandia Meabe, de 45 años, fue detenido por la policía en la colonia Copilco, de la ciudad de México, oficialmente por no tener la situación migratoria en regla. Durante su detención no se le permitió comunicarse con una persona de su confianza (en este caso, Emma Messeguer, su compañera mexicana). José Miguel llevaba ocho años viviendo en el país. Expeditamente, fue subido a un avión con destino a Madrid y entregado a la Guardia Civil española.
Con esta simulación de deportación, que fue en realidad una extradición sumaria, el gobierno de Vicente Fox refrendó su ruptura con la tradicional política exterior mexicana en cuanto a derecho de asilo y protección de perseguidos políticos. Si José Miguel hubiera sido deportado conforme a la ley, se le hubiera dado un plazo para que viajara a un tercer país que él prefiriera.
Ya en España, José Miguel fue incomunicado, impedido de acceder a un abogado y sometido a tortura durante cuatro días. Aunque el periodo de incomunicación se puede extender hasta diez días, sus captores lo suspendieron al cuarto y entregaron al prisionero con el juez debido a que sufrió espasmos y pensaron que se estaba muriendo en la tortura. Entre los tormentos se reportan golpes con diversos objetos en cara, cabeza y cuerpo, humillaciones y amenazas (sobre su familia y su pareja), asfixia con bolsas y amenazas de violación, además de la práctica de posiciones extenuantes tan común en las mazmorras que mantiene Estados Unidos en Irak, Afganistán, Guantánamo y sus cárceles clandestinas ubicadas en la democrática Europa. El caso se denuncia en el informe E/CN.4/2005/62/Add.1 del relator especial para la Tortura, de Naciones Unidas.
Cabe señalar que en diversos organismos internacionales de derechos humanos hay, desde hace años, motivos de preocupación y recomendaciones concernientes a la tortura practicada por agentes del Estado español a "miembros de minorías étnicas" y por leyes que violan tratados internacionales de derechos humanos. El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura ha recomendado al Estado español que todo detenido cuente con abogado desde su aprehensión, con las debidas garantías para entrevistarse en privado, y ser sometido a un examen médico. Amnistía Internacional recomendó derogar el artículo 520 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite ampliar el plazo de incomunicación, así como el 527, que establece restricciones especiales para los acusados de terrorismo. El gobierno de España se ha negado a acatar las recomendaciones y ha rechazado sistemáticamente la existencia de tortura.
Por su parte, el gobierno foxista entregó a José Miguel a quienes se sabía lo iban a someter a estos tratos. El artículo 3 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes establece que ningún Estado parte procederá a la expulsión, devolución y extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura.
Han pasado dos años y medio desde entonces. En espera del juicio, José Miguel ha estado en dos penales distintos (Soto del Real y Aranjuez), alejado de su familia y amigos (incluyendo a su pareja mexicana), en una política de dispersión que ha cobrado ya decenas de víctimas en los años recientes por diversos accidentes entre quienes tienen que viajar grandes distancias para poder visitarlos. Ambas prisiones distan por lo menos 500 kilómetros del lugar de origen de José Miguel (Larrabetzu, Vizcaya). El detenido, además, padece de una enfermedad del hígado (hepatitis C) y de trastorno obsesivo compulsivo, por lo cual requiere de atención médica y tratamiento especial que llevaba en México. Las autoridades penitenciarias y los médicos de la prisión no han querido suministrar los medicamentos que necesita, por lo que el preso político presenta complicaciones en su salud que comprenden depresión severa y vértigos, además de pérdida de la vista, que las autoridades se han negado a atender.
Hace quince días el abogado de Etxeandia, Alfonso Zenón, fue informado de que su defendido sería juzgado el 10 de marzo, aunque por ley debió haber sido notificado 30 días antes. A pesar de la justa y legal petición de la defensa, y el estado de salud del procesado, el presidente de la sección tercera de la sala penal de la Audiencia Nacional, Alfonso Guevara, se negó a postergar el procedimiento judicial.
El juicio se llevó a cabo el 10 de marzo a las 11 de la mañana y duró dos horas. José Miguel podría ser condenado a 35 años de prisión con confesiones obtenidas bajo tortura como única prueba. No importó la denuncia sobre maltrato interpuesta ni la declaración del acusado de haber sido obligado a autoculparse. Esto no es raro en el Estado español: en 90 por ciento de los casos de presos políticos vascos, ésta ha sido la única prueba existente, y con ella ha bastado para condenarlos.
El gobierno de Vicente Fox tiene una clara responsabilidad en este caso, en el que se han violado tratados internacionales y la propia Constitución de la República. También la tiene en la entrega de 26 vascos en condiciones similares y con las mismas consecuencias, todas ellas violatorias de los derechos humanos.
Ya el lector puede imaginar lo que ocurriría si los seis vascos presos en el Reclusorio Norte y en el penal de Santa Martha fueran extraditados. Por ello, la Suprema Corte debe tomar en cuenta los hechos aquí denunciados en sus deliberaciones, y en el fallo que finalmente resulte. De no hacerlo, sería cómplice de la sistemática violación del gobierno foxista a la Constitución. Además, nuevas extradiciones sólo contribuirán a obstaculizar el camino de paz abierto por el reciente comunicado de ETA de declarar un cese al fuego permanente.