Se individualizarán penas en personas incapaces: Corte
La primera sala de la Suprema Corte estableció que los jueces están obligados a individualizar las sentencias en caso de personas discapacitadas mentalmente, determinar el tiempo que duren las "medidas de seguridad", y precisar con exactitud el tiempo en que el acusado estará bajo tratamiento. Al resolver una contradicción de tesis entre tribunales colegiados de circuito, quedó establecido que a las personas incapaces que cometan conductas delictivas se les exime de responsabilidad penal, y por ello, se les impone medidas de seguridad, las cuales pueden llevarse a cabo en libertad o bajo tratamiento médico. Antes de que se aprobara este criterio de la Corte había tribunales colegiados que consideraban que los jueces no estaban obligados a individualizar la medida de seguridad impuesta, sino a señalar el límite máximo de su duración y -de acuerdo con la legislación en el Distrito Federal-, precisar cuál sería el tiempo necesario para la curación del sujeto.