Suspicacias por decisión de la ministra Margarita Luna
Retiran proyecto que negaba amparo a Montemayor Seguy
Sin obligatoriedad, fallo sobre extradiciones a EU: experto
De manera imprevista, la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos retiró su proyecto en el que negaba amparo a Rogelio Montemayor Seguy, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), contra el Tratado de Extradición México-Estados Unidos.
La decisión fue tomada antes de que se iniciara la sesión de ayer, en la que la Suprema Corte negó el primero de los ocho amparos enlistados que tienen que ver con la constitucionalidad de dicho acuerdo binacional.
Sin dar mayores explicaciones, Luna Ramos retiró su proyecto, lo que generó suspicacias en el máximo tribunal, en razón de que los ministros ya conocían desde hace días el sentido del proyecto y era prácticamente cuestión de días para que el pleno negara el amparo a Montemayor contra la intención de la Procuraduría General de la República (PGR) de juzgarlo por peculado electoral, además de ejercicio indebido de funciones, delito por el cual fue extraditado.
La argumentación del ex director de Pemex es que la justicia estadunidense no prevé los delitos en materia electoral y, por tanto, no puede ser procesado en México por ese motivo.
En otro orden, los ministros negaron el amparo solicitado por Marco Antonio García López luego de ratificar la constitucionalidad de los artículos que éste impugnó del Tratado de Extradición México-Estados Unidos y de la Ley Internacional de Extradición.
Después, el pleno comenzó la discusión sobre la demanda presentada por Antonio Deras González, acusado de delitos contra la salud por las autoridades estadunidenses. Se prevé que este personaje tenga el mismo destino que García López, es decir, la extradición a Estados Unidos.
En el contexto de la sesión pública de ayer, los ministros se refirieron al tema de la "carta-compromiso" que debe entregar Washington cuando solicita la extradición de un mexicano. Ahí el Departamento de Estado se compromete a que no se aplicará la pena de muerte y, en caso de que fuera sentenciado a la pena capital, se le conmute por años de prisión.
Los puntos de vista se dividieron entre los ministros que consideraron que el compromiso de Estados Unidos debe acompañar la solicitud en la que pide la detención con fines de extradición, y no que ésta pueda enviarse con posterioridad.
Por otra parte, el penalista Américo Delgado de la Peña, especialista en juicios de extradición, sostuvo que el criterio establecido por la Corte el pasado 31 de enero, de que en materia de extradiciones Estados Unidos no está obligado a enviar a su contraparte de México una nota diplomática en la que se comprometa a no aplicar pena de muerte y cadena perpetua a un extraditable, no sentó jurisprudencia, por lo que los jueces y magistrados mexicanos no están obligados a aplicarlo cuando se soliciten juicios de amparo contra dicha medida.
En entrevista, el litigante refirió que aun con el criterio emitido por la Corte se pueden ganar amparos para frenar extradiciones al vecino país, cuando se argumente y demuestre que no existe garantía de que el Estado requirente respetará los derechos constitucionales que se otorgan a los mexicanos y que no aplicará la pena de muerte.