De jueces y las uniones homosexuales
En este mes se celebra en Puerto Alegre, Brasil, la feria internacional del libro, adonde tuve oportunidad de concurrir como invitado en la mesa de Uniones homoafectivas para presentar la experiencia en la ciudad de México sobre la ley de sociedad de convivencia. En esta mesa tuve oportunidad de conocer a la magistrada María Berenice Dias, del tribunal del estado de Rio Grande do Sul, quien es una fuerte activista en el tema de las uniones homosexuales, actividad que le ha valido incluso ser considerada para diversos reconocimientos internacionales y cuyas ponencias pueden ser consultadas en la página de Internet que lleva su nombre. Dentro de sus actividades se incluyen tanto ponencias a lo largo del territorio brasileño como múltiples escritos y libros sobre el tema. Y ello plantea dos temas sobresalientes y de actualidad en la ciudad de México.
El primero es lo relativo al tema de la actividad de tan destacada legisladora, que en la ciudad de México se refiere a la ley de sociedad de convivencia. Desde abril de 2001 se presentó en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la iniciativa de ley de sociedad de convivencia. Se hicieron reuniones con jueces y magistrados. En marzo de 2002 se aprobó por mayoría el dictamen de la iniciativa de tal ley. Empero, el 4 de julio de 2002 se presentó una moción suspensiva que fue aprobada por mayoría, con diferencia de un voto. Y desde entonces no ha habido modificación al respecto.
Llama la atención que sea nota internacional la aprobación de tales sociedades, que sin duda existen en la vida real, aunque no así en la jurídica. Para nadie es secreto la existencia de uniones homosexuales (u homoafectivas, como les llaman en Brasil), ni que sea necesario reglamentar su existencia, principalmente para evitar que se busquen caminos, a veces ilegales, para obtener los fines lógicos de una unión que pretende ser vitalicia (patrimonio común, descendencia -piense en parejas de mujeres que logran concebir por medios médicos o tecnológicos-, derechos sucesorios, entre otros).
Algo que me pareció sorprendente fue verificar cómo los argumentos dados por la magistrada en comento eran exactamente los mismos que los legisladores capitalinos contemplaron en su proyecto de ley. Eso habla de una preocupación universal, y por ello de la condición humana misma.
Falta trabajo legislativo al respecto, es indudable; pero, sobre todo, falta que la ley reconozca hechos cotidianos para protección de tales ciudadanos y, en su caso, lo que es importante, si bien no lo principal, para la protección de los menores criados en tales condiciones.
El segundo punto que destaca de la actividad de tal magistrada tiene que ver con un tema que fue reiterado en el recientemente clausurado coloquio nacional sobre la administración de los poderes judiciales: la inamovilidad judicial de los jueces y magistrados en la ciudad de México. Tema sobre el cual el actual presidente del Tribunal Superior de Justicia, José Guadalupe Carrera Domínguez, ha insistido en cuanta ocasión es propicia y que sin duda incide en la independencia judicial. En la ciudad de México, a diferencia del fuero federal, cada seis años es necesario ratificar a jueces y magistrados. Y esto incide en el comportamiento que tales funcionarios tengan ante la opinión pública. Sin duda los juzgadores cuentan con temas sobre los cuales son los más autorizados para pronunciarse (los jueces y magistrados familiares que participaron en las reuniones de trabajo con los legisladores indudablemente dieron puntos de vista jurídicos no sólo importantes, sino de primera mano en tanto son quienes deciden sobre los problemas de las que ahora sería dable llamar "sociedades de convivencia"). Cuando los juzgadores cuenten con inamovilidad judicial, podrán libremente llevar sus conocimientos a la luz pública sin pensar en quién será el encargado de verificar su proceso de ratificación.