Usted está aquí: jueves 17 de noviembre de 2005 Política Fallará hoy la Suprema Corte en contra de la Cooperativa Pascual

Declarará inconstitucional la expropiación que hizo el GDF de los terrenos en que se asienta

Fallará hoy la Suprema Corte en contra de la Cooperativa Pascual

La ministra Olga Sánchez Cordero intentará demostrar la legalidad del decreto de 2003

JESUS ARANDA

La Suprema Corte se apresta hoy a declarar la inconstitucionalidad del decreto expropiatorio a favor de la Cooperativa Pascual, con el argumento de que una expropiación no puede beneficiar a un particular.

De acuerdo con fuentes judiciales consultadas, prácticamente la mayoría de los ministros considera que cuando el Gobierno del Distrito Federal decretó el 19 de mayo de 2003 la entrega de los dos terrenos que ocupa la cooperativa en la capital del país a sus trabajadores -en perjuicio de Victoria Valdez viuda de Cacho-, no justificó la causa de ''utilidad pública'', por lo que ésta es propietaria legítima de los mismos.

Trascendió que pese a que se encuentra en minoría con respecto a la postura asumida por sus compañeros, la ministra Olga Sánchez Cordero centrará su participación en demostrar que el decreto expropiatorio sí es constitucional y que se justifica ''plenamente'' la causa de utilidad pública a favor de la única empresa refresquera nacional.

Se dice que argumentará que el beneficio colectivo, tanto de los 5 mil trabajadores de Pascual como por los ingresos vía impuestos que genera para las arcas públicas, tiene que ver con el bien común de la mayoría.

También hará un llamado a sus compañeros para que tomen en cuenta que toda expropiación debe ser interpretada en su contexto, y que precisamente la expropiación de los terrenos a favor de la cooperativa estuvo precedida de un movimiento de huelga de sus trabajadores, a quienes las autoridades les entregaron las plantas de producción como resultado de un juicio laboral legal. Situación que debe entenderse en el momento en que sucedió.

Trascendió que en todo caso se pondrán a debate del pleno los límites que fijan los artículos 25 y 27 constitucionales para lo que se considera ''beneficio social'', con el fin de que la Corte siente un criterio definido sobre el tema y lo aplique en los casos que así lo ameriten. Y en este contexto, la postura de la ministra Sánchez Cordero ha sido que la expropiación a favor de los trabajadores de Pascual sí entra en la categoría de ''beneficio colectivo'', porque se demuestra el beneficio social para la sociedad en general.

Sin embargo, fuentes judiciales confirmaron que la mayoría de los ministros consideran que el decreto impugnado es inconstitucional, porque no está demostrada su utilidad pública, pero sobre todo porque sentaría mal precedente la posibilidad de que una autoridad expropie a un particular para beneficiar a otro particular.

Es decir, para los ministros que piensan de esta forma no hay diferencia entre la única empresa cooperativa exitosa que hay en el país y un particular común y corriente.

En tal sentido se han pronunciado ya, en la sesión anterior que se llevó a cabo en octubre pasado, los ministros Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Genaro Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Margarita Beatriz Luna Ramos y José Ramón Cossío.

Faltan definir su postura Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Juan Díaz Romero, Juan N. Silva y el ministro presidente Mariano Azuela; sin embargo, de acuerdo con funcionarios consultados, es predecible que al menos uno de estos últimos se sume a la mayoría que está por conceder el amparo a la quejosa, a efecto de que se ordene al Gobierno del Distrito Federal que devuelva los mencionados terrenos a la demandante.

Independientemente de que las autoridades capitalinas aleguen que es imposible cumplir con la sentencia, lo que dará inicio a un nuevo juicio que se llevará años, los trabajadores de la Cooperativa Pascual han dicho que acudirán a instancias legales para defender sus derechos.

 
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