SFP: infundadas, inconformidades contra licitación
La Secretaría de la Función Pública (SFP) determinó que son infundadas las inconformidades presentadas en contra de la licitación pública internacional número 18500001-034-05 convocada por Luz y Fuerza del Centro (LFC) para la adquisición de 14 plantas generadoras de energía eléctrica.
De acuerdo con la resolución de la Dirección General de Inconformidades (DGI) de la SFP, dada a conocer ayer, las empresas que impugnaron las bases de la licitación no lograron acreditar que los requisitos y condiciones previstos en las bases del concurso hayan limitado la participación de los interesados, o que fuera imposible la realización de las pruebas de los equipos en las fechas establecidas en el concurso.
Otras quejas de los industriales eran que los equipos propuestos por la empresa ganadora carecen de la capacidad para generar energía eléctrica en temperaturas ambiente extremas; disponibilidad de las plantas en la fórmula de generación económica y la violación de los techos presupuestales por los precios ofertados por el ganador.
Sobre este último aspecto, la DGI aclaró que los techos presupuestales no forman parte del expediente, sino que son de la exclusiva responsabilidad de la convocante, LFC, que es quien determina la idoneidad de una adjudicación conforme a los recursos indispensables para el cumplimiento de las obligaciones.
Tampoco forma parte del análisis jurídico realizado por la DGI, cómo dichas plantas se abastecerán de gas para su funcionamiento. Este asunto está dentro de las responsabilidades de LFC con Pemex Gas y Petroquímica Básica, así como de las empresas distribuidoras de gas. En cualquier caso, explicó la SFP, el tema del gas se comporta de la misma manera para todos los participantes y no puede haber agravio legal alguno contra ninguno de ellos.
La dependencia señaló que la resolución se tomó con base en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que "constituye un estricto juicio jurídico para desahogar la controversia planteada por las empresas que participaron en la licitación y que impugnaron las bases de la misma.