Usted está aquí: miércoles 3 de agosto de 2005 Política Morir en Oregon

Arnoldo Kraus

Morir en Oregon

Oregon es un estado peculiar. Es el único sitio en Estados Unidos donde los residentes pueden optar por el suicidio médicamente asistido. Después de varios años y de varias votaciones, en 1997 los ciudadanos eligieron legalizar el suicidio asistido (60 por ciento a favor, 40 por ciento en contra). La ley es exclusiva para los residentes en ese estado y quien la solicita debe padecer una enfermedad terminal.

El documento se denominó Death with Dignity Act. A partir de entonces, el Departamento de Salud del estado de Oregon recibe toda la información pertinente de los enfermos y de los doctores implicados en actos de suicidio asistido. Con la finalidad de que los procedimientos sean transparentes el Departamento de Salud publica anualmente todos los datos disponibles.

A partir de 1998, poco después de que se aprobó la Ley para Morir con Dignidad y hasta 2004, 208 pacientes residentes en Oregon habían ingerido medicamentos para morir con decoro. Las tres razones principales por las cuales se solicitó suicidio asistido son: imposibilidad para gozar la vida, pérdida de la autonomía y pérdida de la dignidad. Los puntos enumerados son el "corazón filosófico" del documento. Subrayan algunos valores morales y definen los límites de la vida. No atentan contra Dios. Enfatizan, más bien, la idea de que la vida no es una obligación sino un derecho, y que en muchas ocasiones, en pacientes terminales, la medicina prolonga la muerte y no la vida.

El suicidio médicamente asistido requiere que los fármacos -pentobarbital o secobarbital- sean prescritos por un doctor. Tras la ingesta de las medicinas, la mitad de los enfermos fallecieron en los primeros 25 minutos; el resto en las primeras dos horas, y uno murió a las 31 horas. En ningún caso fue necesario llamar a los servicios de urgencia. Las estadísticas demuestran que al cabo de los años el número de personas que optaron por el suicidio asistido se ha incrementado muy poco: uno de cada 800 enfermos ha elegido esa vía.

El hecho de que no se haya "generalizado" la práctica del suicidio médicamente asistido contradice la opinión de los grupos antieutanasia, quienes habían asegurado que la aprobación de este tipo de leyes incrementaría "mucho" las solicitudes para morir "voluntariamente". La lección es importante: abrir las puertas para una muerte digna le posibilita a quien lo requiera acudir a esa instancia, pero de ninguna forma implica abrir las puertas para que ese acto se generalice.

Los requisitos para obtener medicamentos que produzcan la muerte, de acuerdo con la Ley para Morir con Dignidad son: 1) Ser adulto (mayor de 18 años). 2) Residente de Oregon. 3) Ser capaz (tener la capacidad de entender y comunicar decisiones relativas a su salud). 4) Tener el diagnóstico de enfermedad terminal cuya evolución producirá la muerte en un periodo no mayor a seis meses.

Los enfermos que llenen esos requisitos deberán solicitar los fármacos de un médico que resida en Oregon. Para recibir la prescripción, deben seguirse los pasos siguientes: 1) El paciente debe solicitar oralmente apoyo de su médico. Debe hacerlo en dos ocasiones con un intervalo de 15 días. 2) El paciente debe llenar una solicitud escrita dirigida a su médico y firmada en presencia de dos testigos. 3) El médico que proveerá los fármacos y un segundo médico deberán confirmar el diagnóstico y el pronóstico. 4) Tanto el médico que prescriba los fármacos como un segundo médico deberán determinar si el paciente es intelectualmente capaz. 5) Si cualquiera de los dos médicos considera que el enfermo tiene alteraciones sicológicas o siquiátricas, el enfermo deberá ser referido para que se le efectúe examen sicológico. 6) El médico responsable debe informar al paciente de las alternativas posibles al suicidio asistido, como son los hospicios, las técnicas para control del dolor o las técnicas del cuidado profundo. 7) El médico que prescriba puede solicitar que el paciente notifique a su pariente más cercano su decisión.

Tanto los médicos como los pacientes que se adhieran a la Ley para Morir con Dignidad están protegidos legalmente, ya que no hay tipificación criminal. Las pólizas de seguro de vida o de salud no se verán afectadas por el acto. No existe obligación por parte de los médicos, empleados de farmacias o sistemas de salud de inmiscuirse en suicidios asistidos.

Para muchos enfermos, contar con esta opción ha sido suficiente para saber que existe otro camino para anticipar la muerte. El documento ha sido también benéfico porque muchos médicos se han interesado en aprender más acerca del control del dolor y de las alteraciones siquiátricas de los enfermos terminales. El documento ha servido también para que enfermos, familiares y médicos recapaciten acerca de los límites de la medicina y de la vida. Bueno sería que las autoridades de salud de nuestro país se interesasen por experiencias como la descrita.

 
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