Muchos de quienes las reciben no están impedidos para laborar, señala
Pensiones de incapacidad y viudez sangran al IMSS: estudio interno
Recomienda reformar la Ley del Seguro Social y actualizar los criterios para otorgar la asistencia
Ampliar la imagen En el informe del IMSS sobre su situaci�inanciera se recomiendan cambios de fondo en los criterios para otorgar pensiones por viudez. En la imagen de archivo, una protesta de pensionados frente a las instalaciones del instituto FOTO Marco Pel� Foto: Marco Pel�
Los criterios para la asignación de pensiones por invalidez, riesgos de trabajo y viudez en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deben modificarse para adecuarlos a la realidad y reducir la carga financiera que representan para la institución y el gobierno federal. En las condiciones actuales, 60 por ciento de los pensionados obtienen alguna de estas prestaciones entre los 40 y 48 años de edad, sin que necesariamente estén impedidos para laborar, advierte el informe más reciente que hace el organismo sobre su situación financiera.
En un capítulo, el reporte aborda la "problemática de las pensiones de invalidez e incapacidad" y señala que el objetivo es aportar "elementos de juicio para una reflexión" sobre nuevas reformas a la Ley del Seguro Social, principalmente porque los criterios de asignación de estas pensiones datan de hace más de 30 años y en algunos casos de más de 60. Las modificaciones legales realizadas en este periodo se han centrado sólo en el monto y el financiamiento de los beneficios, indica.
Ya son 12.5 millones de derechohabientes
El IMSS tiene 12 millones 541 mil 108 trabajadores afiliados, de los cuales 96.6 por ciento tienen derecho a recibir, además de atención médica, medicamentos y hospitalización, las prestaciones en dinero de los seguros de riesgos de trabajo (SRT), invalidez y vida (SIV), y enfermedades y maternidad (SEM).
En 2004, 3.6 millones de empleados tuvieron incapacidades por 55.6 millones de días, 15.4 en promedio. La mayoría correspondieron a accidentes y enfermedades, profesionales y no profesionales.
Esto se tradujo en una erogación económica de 11 mil 716 millones 200 mil pesos, de la cual 24.1 por ciento se destinó a SRT, 42.1 por ciento a SEM, y 33.7 por ciento a SIV. El informe también resalta que este gasto tuvo un incremento real de 54.4 por ciento entre 1997 y 2004.
Aunque en este mismo lapso el porcentaje de trabajadores que se incapacita por lo menos una vez al año ha disminuido desde 1998, al pasar de 46.2 a 31 por ciento del total de afiliados, el informe financiero revela que dicha reducción podría deberse "en parte a las políticas de prevención de enfermedades llevadas a cabo en el IMSS, y en parte a las políticas para evitar el posible sobreuso del sistema de beneficios".
En cambio, aumentó en 23.7 por ciento la cantidad de días sin laborar. Con base en el primer certificado de incapacidad se observó que de 29.8 días que se acreditaban en 1998, subieron a 36.9 en 2004, lo cual sugiere, indica el informe, una mayor gravedad de los eventos, o bien que además existen problemas operativos como mayores tiempos de espera para la atención, por procedimientos clínicos que se posponen, por ejemplo.
El panorama descrito adquiere especial relevancia por la alta probabilidad de que las incapacidades deriven en pensiones temporales y definitivas para el asegurado o su familia cuando aquél fallece. Para el instituto, uno de los aspectos relevantes es que en 2004 casi 40 por ciento de los nuevos pensionados, con la ley de 1973, por SRT, tienen menos de 45 años de edad, mientras 69.4 por ciento son menores de 55 años. En tanto, bajo el régimen legal que entró en vigor en 1997 (de cuentas individuales de pensión), 72.3 por ciento de los pensionados nuevos por SRT son menores de 45 años y 89.5 por ciento menores de 55 años. Una proporción parecida se reportó en las pensiones por SIV.
Respecto a las enfermedades generales, el informe resalta que las crónicas degenerativas fueron las que principalmente originaron las pensiones de invalidez en 2004. Destacan las artropatías y dorsopatías, la diabetes mellitus, los tumores, la insuficiencia renal crónica, enfermedades de los ojos y afecciones isquémicas del corazón.
Los dictámenes de invalidez se concentraron en trabajadores de 30 a 59 años, que es el periodo de vida de mayor productividad, pero sobre todo, subraya, 22 por ciento de estas incapacidades son susceptibles de rehabilitación, por lo que los trabajadores obtienen la pensión de invalidez aun cuando es factible su reincorporación al empleo.
En otros casos de enfermedades como la diabetes, en el IMSS es la segunda causa de invalidez, mientras en países europeos es un padecimiento frecuente, pero no conlleva incapacidad para el trabajo.
Al subrayar los costos que tiene para el país la "pérdida" de estos empleados, el informe menciona que las incapacidades temporales que cada año otorga el IMSS por accidentes y enfermedades equivalen a una ausencia de poco más de un día de trabajo de toda la población ocupada en México.
En tanto, por cada persona menor de 65 años que obtuvo una pensión por incapacidad permanente en 2004, el instituto reportó una pérdida de ingresos por 1.1 millones de pesos, mientras por cada pensionado nuevo de invalidez la cifra se ubicó en 943.8 mil pesos. En el apartado relativo a los retos de la regulación de invalidez e incapacidad, el informe del IMSS resalta que la legislación actual permite que un trabajador obtenga más de una pensión por cada uno de los seguros, o bien que se otorguen a individuos que no han perdido la capacidad de trabajar. Prueba de lo último es que 25 por ciento de los pensionados por incapacidad permanente en el IMSS siguen trabajando en el sector formal de la economía y simultáneamente están afiliados al régimen obligatorio como trabajadores activos.
Además, indica, la ley permite que una persona obtenga varios beneficios para proteger lo que puede ser una misma necesidad. Esto aumenta debido a que los afiliados al IMSS antes del 30 de junio de 1997 pueden solicitar diferentes pensiones, según la ley de 1973 y la de 1997. En esta situación se encuentra 32.8 por ciento de los pensionados por SRT.
La situación de las erogaciones por viudez
Con relación a las viudas, el diagnóstico señala que la pensión se les otorga con el único requisito de la unión legal o de facto con el asegurado y se le suspende si contraen nuevas nupcias o inician un concubinato, lo cual contrasta con las leyes de la mayoría de los países, donde la viuda sólo recibe pensión en caso de dependencia económica, si tiene hijos menores de edad, o si es mayor de 60 años de edad.
El criterio que se aplica en México, explica, corresponde a los años 50, cuando sólo 14.6 por ciento de las mujeres mayores de 15 años participaban en el mercado laboral. En la actualidad este porcentaje es de 32.1 por ciento. Además, las pensiones por viudez se otorgan a mujeres menores de 40 años en 60 por ciento de los casos.
Con base en todo lo anterior, el IMSS plantea la necesidad de reflexionar sobre los cambios que pudieran realizarse a su legislación, para lo cual podría tomarse como referencia la experiencia internacional.
Menciona como ejemplo el caso de algunos países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en los que se aplican políticas de aprovechamiento de las habilidades de los discapacitados. En otras naciones, las pensiones por discapacidad son temporales.