El recurso, contra la ley de delincuencia organizada
Niega la SCJN amparo a Benjamín Arellano Félix
El preso también cuestionó la legalidad del Código Penal
Sin discusión, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo solicitado por Benjamín Arellano Félix en contra de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Hasta la fecha, el máximo tribunal ha evitado pronunciarse a fondo sobre la constitucionalidad de la citada ley, y según ministros consultados al respecto, esto se debe a que existe la certeza de que la Corte debe apoyar una política de Estado en contra de los integrantes del crimen organizado, y ante esa situación, es preferible evadir el tema de la constitucionalidad de dicha legislación, para no entorpecer la labor de la Procuraduría General de la República.
En este sentido, la primera sala confirmó la sentencia en contra de Arellano Félix, contenida en el amparo en revisión 727/2005, en la que se impugnaba de entrada el contenido a de Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que en su primer artículo establece que ésta tiene por objeto aplicar reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada.
Arellano Félix, quien se encuentra recluido en el penal de máxima seguridad de La Palma, en el estado de México, demandó también la inconstitucionalidad del artículo segundo de la citada legislación, que prevé que cuando tres o más personas se organicen para delinquir serán juzgados conforme a la ley de delincuencia organizada.
Los delitos que están integrados con este rubro son: terrorismo, falsificación de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, acopio y tráfico de armas de uso exclusivo del Ejército, tráfico de indocumentados, tráfico de órganos, secuestro, robo de vehículos, así como delitos contra la salud.
Arellano Félix, considerado líder del cártel de Tijuana, también cuestionó la legalidad de Código Penal Federal, que establece una pena de 10 a 25 años a quien produzca, introduzca o trafique con estupefacientes.