Desde hoy será castigado con entre 15 y 40 años de cárcel sin derecho a fianza
Se publica decreto sobre el secuestro exprés
Después de 50 días de que el Senado dio su aprobación, el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto presidencial mediante el cual se agrega al Código Penal Federal el delito de secuestro exprés, que ahora será castigado con sanciones de entre 15 y 40 años de prisión.
La reforma quedó aprobada el pasado 27 de abril pasado en el Senado y supone la adición del inciso D a la fracción I del artículo 366 del Código Penal Federal, que textualmente señala: "Se comete secuestro exprés desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por éste el que, para ejecutar los delitos de robo o extorsión, priva de la libertad a otro. Lo anterior con independencia de las demás sanciones que conforme a este código le correspondan por otros delitos que de su conducta resulten".
El secuestro exprés ha sido un delito que se ha desarrollado de forma exponencial en años recientes al proliferar su ejecución en diversas ciudades del país. Sin embargo, hasta ahora las prácticas de plagiar a una persona para llevarla a los cajeros bancarios a sacar dinero no eran tipificadas como delito grave.
La reforma al Código Penal Federal endurece de manera sustancial las sanciones y lo que hace es convertirlo en delito grave, al equiparar esa práctica con un secuestro, lo que supone que aquellos delincuentes que incurran en ella no podrán ya salir bajo fianza.
La sanción también implica multa de 500 a 2 mil días de salario mínimo a quien incurra en esas prácticas, lo cual comenzará a aplicarse hoy, cuando formalmente entren en vigor las adiciones.
Alonso Urrutia