Propone otorgar facultades legales al Consejo Rector Ciudadano
Envía López Obrador una iniciativa para dar seguimiento a la recuperación de Chapultepec
Con el objetivo de dar continuidad a la conservación del bosque de Chapultepec, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, envió ayer una iniciativa de decreto a la Asamblea Legislativa, para incorporar a la Ley Ambiental capitalina la figura del Consejo Rector Ciudadano, cuya función principal es el cuidado de ese pulmón ambiental de la ciudad de México.
El documento, signado por el mandatario local y dirigido al presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa, Carlos Reyes Gámiz, establece la modificación del artículo 90 bis 7 de la referida ley.
Desde el 12 de diciembre de 2002, la administración capitalina determinó, a través de un acuerdo, la creación del Consejo Rector Ciudadano del bosque de Chapultepec, con el objetivo de evaluar, planear y diseñar, en forma coordinada con la autoridad competente, las bases para la toma de las decisiones administrativas dentro de esa reserva ecológica.
La iniciativa precisa que dicha instancia "ha venido funcionando como un modelo eficaz de participación ciudadana y ha determinado el éxito de las acciones para el rescate, la conservación, el aprovechamiento racional y el mantenimiento de este espacio de convivencia y valor ambiental".
Ahora, el gobierno capitalino decidió en su mencionada propuesta de reforma, incorporar a la Ley Ambiental del DF los avances obtenidos hasta el momento en esa materia, "a fin de garantizar la permanencia del modelo de gestión compartido de esta área de valor ambiental".
Con la propuesta de López Obrador, el Consejo Rector Ciudadano estará integrado por siete personas reconocidas por sus actividades culturales o ambientales, preferentemente usuarios del propio bosque, y quienes serán designados -de aprobarse la reforma- por el jefe de Gobierno.
Para ello, sus integrantes durarán en su encargo cuando menos seis años y sólo podrán retirarse del cargo por renuncia expresa o por remoción determinada por la mayoría de los miembros del Consejo.
Entre sus atribuciones, dicho órgano tendrá la responsabilidad de planear, evaluar y sancionar las acciones, programas y proyectos que se desarrollen en el bosque, así como de la aplicación de recursos públicos y privados, además de establecer los criterios para la expedición de autorizaciones, permisos y concesiones en ese lugar.