Usted está aquí: miércoles 15 de junio de 2005 Economía Crisis si se incumple con pagos del Fobaproa: Hacienda a jueces

Devaluación y degradación en la calificación de deuda soberana, pronostica

Crisis si se incumple con pagos del Fobaproa: Hacienda a jueces

Algunos ministros consideran el oficio de Gil Díaz una presión para influir en el sentido del voto

El gobierno debería ajustar tasas de interés y tipo cambiario, con resultados impredecibles

JESUS ARANDA

A unos días de que la Suprema Corte resuelva la controversia constitucional en la está en juego la revisión o no de créditos irregulares que se convirtieron en deuda pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) advirtió a los 11 integrantes del pleno que si México ''incumple'' con sus obligaciones de pago, ''provocaría una degradación automática en la calificación de la deuda soberana nacional y extranjera'' de todo el sector público y privado, así como una devaluación de la moneda ante el dólar de al menos un peso a corto plazo, lo que representaría un costo anual para México de 21 mil 600 millones de pesos.

Lo anterior consta en un oficio que fue entregado por el propio secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, a los 11 ministros -algunos confiaron a este diario que forma parte de las ''presiones'' del Ejecutivo para influir en el sentido de su voto-, con quienes se ha reunido en los últimos días para cabildear en contra de la pretensión de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) de que se revisen créditos irregulares que incrementaron la deuda del Instituto Protección al Ahorro Bancario (IPAB) y del cual tiene copia La Jornada.

El texto que fue elaborado el 25 de mayo pasado por la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, Unidad de Crédito Público, con copia para el secretario Gil Díaz, subraya que esta situación derivaría en una ''degradación automática en la calificación de la deuda externa'' y, por ende, de la deuda del sector público, lo que impactaría en el aumento en la sobretasa que obligaría al gobierno federal a hacer ajustes en su política económica en dos aspectos centrales: tasas de interés y tipo cambiario, lo que tendría un resultado impredecible.

En este tenor, Hacienda estimó que un incremento en la tasa de interés, interna y externa, impactaría en la relación ''riesgo país'', lo que tendría un costo de 13 mil 861 millones de pesos. Además, el aumento de un peso en la paridad ante el dólar tendría un costo financiero para el sector público de 7 mil 789 millones de pesos. Esto significaría un costo de 21 mil 600 millones de pesos.

Pagar a toda costa

Sin dar mayores explicaciones, el documento subraya que ''este impacto sería recurrente año con año, en tanto que generaría un crecimiento permanente en el saldo de la deuda pública'', y en sólo 10 años ''el costo total de la medida'' (el no pago de créditos ilícitos) costaría más de 216 mil 500 millones de pesos.

El texto de Hacienda precisa de entrada que tiene que ver con el requerimiento para que se reduzca el monto de las obligaciones de pago del IPAB, relativas al Programa de Capitalización de Compra de Cartera.

Destaca que hay una obligación ''documentada'', mediante el aval del gobierno federal a los pagarés inscritos en el Fobaproa, por lo que se considera ''una deuda pública contingente''. Es decir, que el ''avalista'' (el gobierno federal) está obligado a garantizar el pago de dicha deuda, además de que ''su obligación continúa siendo válida, independientemente de que la obligación garantizada sea nula por cualquier causa''.

Subraya que el ''avalista'' está obligado a responder ''por el total de la obligación principal, por lo que no sería posible disminuir las garantías otorgadas sin antes modificarse el monto de la obligación principal, con el consentimiento del acreedor, a efecto de no vulnerar sus derechos''.

Hacienda se opone a revisar créditos irregulares

Es decir, la Secretaría de Hacienda se opone a que se revisen los créditos que la ASF consideró fueron irregularmente convertidos en deuda pública. La dependencia argumenta que como la auditoría no tiene facultades para ordenar la revisión de los créditos presuntamente irregulares, entonces los oficios que giró para tal efecto deben ser considerados inconstitucionales y que se mantenga la deuda pública en los mismos términos.

Para no dejar dudas, el documento que fue entregado en los últimos días por Gil Díaz a los ministros, con quienes se ha reunido por separado, precisa: ''En síntesis, el gobierno federal tiene una imposibilidad jurídica de reducir unilateralmente el monto de una obligación garantizada mediante aval, y si lo llegara a hacer..., el tenedor del título podría demandar el monto total de la obligación avalada''.

Agrega que al canjearse en 2004 los pagarés del Fobaproa al IPAB, ''cualquier alteración unilateral al monto de la obligación de pago del IPAB implicaría el incumplimiento de una obligación jurídica consignada en la legislación, lo que tendría un impacto altamente significativo en las finanzas públicas al afectar la capacidad para refinanciar pasivo, tanto del IPAB como del gobierno federal y el sector público''.

Hacienda subraya en su escrito de siete cuartillas que ''en caso de que se redujera unilateralmente el monto de la obligación del pago del IPAB, se incumpliría una obligación contractual'', lo que derivaría en una ''contingencia importante'' para las finanzas públicas así como un tema político relevante, en razón de que ''se pondría en tela de juicio la garantía consignada en la ley del IPAB'', porque se tendrían que enfrentar las consecuencias ''de la falta de seriedad'' con la que se percibiría esta situación no sólo en el ámbito financiero y jurídico, sino también en el político.

Advierte que algunos contratos de obligaciones de deuda externa contienen como causal de incumplimiento el hecho de que ocurra una situación material adversa en asuntos económicos o financieros del país, y queda a juicio de los acreedores establecer que el gobierno federal no estaría en condiciones de cumplir con las obligaciones contraídas.

Así las cosas, en caso de ''un eventual pago reducido'' -es decir, que disminuyera la deuda pública al dejarse de cumplir con el pago de pagarés que ilegalmente se convirtieron en deuda pública-, algunas obligaciones de deuda externa podrían quedar sujetas a la interpretación por parte de tribunales extranjeros y disposiciones jurídicas de otros países.

En caso de que el IPAB ''no honrara cualquiera de sus obligaciones'', insiste el documento, es ''altamente factible'' que no sólo la calificación crediticia del IPAB se viera afectada, sino también la de todo el sector público.

Para confirmar sus argumentos, Hacienda recurrió a dos calificadoras extranjeras, Standard & Poor's y Fitch Ratings para validar su postura en contra de que los créditos sean revisados, tal y como lo plantea la ASF.

La primera calificadora indica que la calificación asignada a los Bonos de Protección al Ahorro, tanto los de pago trimestral de interés como los de pago semestral de interés y protección contra la inflación, refleja que la probabilidad de pago oportuno, tanto del principal como de los intereses, es equiparable a la probabilidad de pago oportuno de obligaciones e intereses de las obligaciones emitidas por México.

''Standard & Poor's ha señalado explícitamente los riesgos para la clasificación de la deuda del Instituto'', indica el texto, y agrega que según la firma, ''las calificaciones del IPAB podrían caer por debajo de la calificación soberana, de ocurrir cualquier cambio al marco legal del IPAB si el nivel y manera en que se canaliza el apoyo presupuestal anual vía ley de ingresos, ya que al haber un cambio se podría afectar la viabilidad de la estrategia del manejo de deuda del Instituto''.

Mientras, Fich Ratings afirma que ''se otorga calificación AAA(mex) a las emisiones de Bonos de Protección al Ahorro que el Instituto ha venido realizando desde el año 2000, con el propósito de refinanciar su deuda'', aunque dichas calificaciones podrían afectarse ''si eventualmente ocurriera una modificación en el marco legal del IPAB, o una reducción de transferencias de recursos públicos que alteren en forma adversa su flexibilidad financiera''.

El proyecto de resolución de la controversia constitucional elaborado por la ministra Margarita Luna Ramos le da la razón a Hacienda, al considerar que la ASF no tiene facultades para ordenarle al IPAB que revise la legalidad de los créditos. Sin embargo, el ministro Genaro Góngora plantea en un proyecto alterno que los oficios de la ASF son constitucionales porque ''no son imperativos'', además de que la auditoría está facultada para revisar la cuenta pública y el buen uso de los recursos públicos.

Si prevalece el criterio expuesto por Góngora, se abriría la puerta a que se revisara la legalidad de los créditos que se convirtieron en deuda, y en caso de que se descubriera alguna anomalía en los mismos, que la Secretaría de Hacienda deje de pagarlos.

 
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