Usted está aquí: miércoles 25 de mayo de 2005 Política La Cámara, obligada a respetar la política económica del Ejecutivo

El viernes recibirán diputados el fallo de la Corte sobre modificaciones al presupuesto

La Cámara, obligada a respetar la política económica del Ejecutivo

Los legisladores no tienen facultad ilimitada para reformarlo: dictámenes de ministros

JESUS ARANDA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) notificará el próximo viernes a la Cámara de Diputados del dictamen en el que determinó (por seis votos contra cinco) que el Presidente de la República sí tiene facultad para vetar el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Fuentes de la Corte señalaron que aun cuando en las sesiones públicas los ministros no abordaron los límites constitucionales y legales que tienen los diputados para "modificar" el presupuesto, al menos Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Juan N. Silva Meza elaboraron dictámenes que concluyen que los legisladores no tienen facultad "absoluta e ilimitada" para hacer cambios, y que en caso de hacerlo deben ceñirse a principios "constitucionales y legales".

En este contexto, si la Cámara de Diputados no toma en cuenta las observaciones que hizo el presidente Vicente Fox al Presupuesto, éste contaría con elementos jurídicos suficientes para interponer una nueva controversia constitucional sobre la distribución del gasto para este año.

Ayer, el ministro instructor de la controversia constitucional 109/2004, Ortiz Mayagoitia, distribuyó entre sus compañeros el engrose del dictamen, el cual será discutido en la sesión privada del próximo jueves, en la que se pulirán los últimos detalles para que la notificación a la Cámara de Diputados se lleve a cabo el próximo viernes.

En un dictamen alterno, que será parte del engrose, Silva Meza subraya que el término "modificar" constituye en sí un límite, por lo que si los legisladores quieren hacer cambios al Proyecto de Presupuesto de Egresos tienen que tomar en cuenta que deben respetar la reglamentación que prevé la legislación en materia presupuestaria.

Por ejemplo, la Cámara de Diputados está facultada para decidir en qué y cuánto se gasta, pero no puede llegar al extremo de individualizar el destino de los recursos de manera que se nulifiquen las atribuciones del Ejecutivo federal, es decir, los legisladores deben limitarse a señalar el monto y destino de los fondos, pero justificando la modificación.

Agrega que los límites a las facultades de los diputados son los valores jurídicos de igualdad y justicia, previstos en los artículos constitucionales 25, 26, y 134; y el de equidad jurídica, artículos 26, 73, 74, 75, 126 y 127.

En tanto, Ortiz Mayagoitia señala en su análisis que los legisladores deben atenerse también a los dispuesto en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el Plan Nacional de Desarrollo, entre otras.

Ambos ministros consideran que la aprobación del presupuesto se debe dar en el ámbito de colaboración Ejecutivo- diputados.

Por ejemplo, subraya Mayagoitia que cuando los legisladores realicen traspasos de partidas éstos deben ser congruentes con la política económica del Ejecutivo y cuando modifiquen anteproyectos de presupuesto tendrán que informar a las partes involucradas para hacer los ajustes necesarios. Cuando se hagan adecuaciones presupuestarias a la estructura programática y financiera, así como a los calendarios financieros y metas autorizadas, podrán hacerlo "siempre y cuando las propuestas permitan un mejor cumplimiento de los programas y se fundamenten en un análisis costo-beneficio".

Además, las adecuaciones presupuestarias serán posibles "siempre que se trate de recursos disponibles dentro de un mismo programa".

Cabe recordar que las observaciones hechas por el Ejecutivo federal no son vinculantes y que los diputados necesitan las dos terceras partes de los votos de los legisladores presentes para no tomar en cuenta las observaciones del Presidente de la República.

 
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