Recomienda que no se incluyan exploración y explotación
Pemex debe "limitar funciones" en contratos de servicios múltiples: ASF
Al revisar los contratos de servicios múltiples (CSM) para la extracción de gas no asociado en la cuenca de Burgos, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) concluyó que de las cláusulas estipuladas en dichos contratos "se puede entender que se estaría confiriendo a los contratistas la realización de actividades estratégicas e indelegables, que sólo puede llevar a cabo el Estado por conducto de su subsidiaria Pemex Exploración".
En el informe de revisión de la cuenta pública 2003, el órgano fiscalizador recomendó a Petróleos Mexicanos (Pemex) que en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación no defina si dichos contratos son o no constitucionales, "no se incluya la exploración y explotación en los contratos, en razón de que se puede interpretar que se le confieren a los contratistas actividades reservadas por ley a la nación".
Asimismo, tras la revisión de las operaciones de Pemex Internacional (PMI) se determinó que durante 2003 dicha subsidiaria de la paraestatal colocó deuda -por medio de Pemex Finance, que opera en el extranjero- por un saldo al 31 de diciembre de ese año de 3 mil 950 millones de dólares, operaciones que le generaron liquidez a la empresa.
Sin embargo, la ASF acotó que no pudo determinarse el monto que de esa cifra se canalizó para infraestructura de Pemex mediante los Proyectos de Inversión Diferidos en el Gasto (Pidiregas), ya que la administración de esos recursos es competencia de Pemex Exploración.
Como resultado de la auditoría 03-18575-6-084 para evaluar el proceso para otorgar los CSM, el órgano fiscalizador señaló que si bien con el análisis de las cláusulas "no pretende hacer un pronunciamiento sobre su constitucionalidad, en virtud de que no tiene atribuciones en esa materia", sí podía determinar que, de conformidad con la legislación respectiva, en algunas de ellas es posible determinar que los contratistas llevan a cabo actividades exclusivas del Estado.
Durante la investigación, Pemex Exploración argumentó que las importaciones de gas de Estados Unidos representan para México una salida anual de divisas por 2 mil millones de dólares, por lo que si se considera que el costo de producción de gas natural en la cuenca de Burgos es de 2.5 dólares por millón de pies cúbicos, el Estado tiene "el potencial de capturar un beneficio económico neto de mil 100 millones de dólares, si este volumen de gas se produce" en el territorio nacional.
Pemex Exploración alegó que esa situación "lo obligó a intensificar los mecanismos tradicionales de contratación de obras y servicios para proyectos de gas" y a "complementarlos con nuevos esquemas de contratación que le permitieran reforzar rápidamente la capacidad de ejecución y el financiamiento, con objeto de reducir las importaciones".
No obstante, la ASF sostuvo que de las cláusulas de los CSM se desprende que la ejecución de las obras por parte de los contratistas suple las actividades que son exclusivas del Estado.
Por ejemplo, señaló que el contratista para cumplir la obligación de informar del gas entregado a Pemex Exploración "implicaría que opere y haga producir los pozos; de otra manera, no estaría en posibilidad de cumplir con esa obligación".
También explicó que en la transferencia diaria de gas a la subsidiaria, establecida en la cláusula 13.3, "se desprende que existe una obligación a cargo del contratista de entregar gas y condensados que sean producidos por los pozos mantenidos por el contratista en el área de trabajo, así como asegurarse que el gas y los condensados se entreguen en los puntos de transferencia y cumplan con las especificaciones requeridas.
"Esa obligación sugiere que, además de explorar pozos, el contratista estaría realizando actividades como extraer y procesar gas natural y condensados para poderlos entregar a Pemex Exploración; además, llevaría implícita la acción de producir, o sea extraer el gas del subsuelo, actividades que son exclusivas del Estado y, en ese caso, se podría interpretar que se está infringiendo lo establecido en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, y tercero, fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionado con las Mismas".
La auditoría también revisó las condiciones del inciso b, Perforación y abandono, del anexo E-1, Componentes de los precios unitarios originales, donde se estableció que cuando el contratista decida terminar y/o estimular un pozo, realizar pruebas de producción o bien poner un pozo en producción y éste no produzca a un nivel superior de 200 mil pies cúbicos diarios, únicamente recibirá el precio unitario original correspondiente a un yacimiento no productivo.
"De la lectura del anexo se puede interpretar que, por un lado, este anexo le otorga al contratista la facultad de tomar decisiones sobre la terminación o estimulación de un pozo, es decir, las decisiones de producción las toma el contratista, y no Pemex Exploración. Por el otro, que algunos precios unitarios ya incluyen la producción de gas, lo que podría resultar contrario al contrato de obra pública", explicó.
Ante la ambigüedad de la legislación que regula las actividades a contratar por la subsidiaria, la ASF recomendó que el Congreso de la Unión defina "de manera precisa y clara los alcances y limitaciones de los términos de exploración y explotación, y dentro de ellos, las actividades que Pemex y sus subsidiarias deberán realizar en forma exclusiva y directa, y aquellas que podría realizar por medio de la contratación de personas físicas o morales, lo que imposibilita que tanto los servidores públicos de Pemex como los terceros contratados para la realización de obras petroleras obtengan seguridad jurídica en sus actos".
Al respecto, el secretario de la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados, Francisco Carrillo Soberón, informó que las diferentes denuncias presentadas en contra de los CSM "han paralizado los nuevos bloques a licitar por Pemex", y anunció que los trabajadores e ingenieros de la paraestatal, así como los legisladores, analizan la posibilidad de presentar en una sola las demandas que han interpuesto, con la intención de que una sola denuncia fructifique y logre la nulidad de los contratos.