Puntos centrales
La Paz, 6 de mayo. Los siguientes son los puntos medulares de la ley energética remitida por el Legislativo al presidente Carlos Mesa para su promulgación:
-La propiedad de los hidrocarburos en boca de pozo o puntos de producción retorna al Estado.
-La empresas petroleras deben adecuar los contratos de riesgo compartido con que operaban desde 1997 a un nuevo régimen de producción compartida. La ley les da un plazo de 180 días para que asumir este status.
-El precio de los hidrocarburos para comercialización será señalado por las empresas.
-La Contraloría General de la República efectuará auditorías anuales a las empresas petroleras.
-Las empresas deben tributar, apenas entre en vigor la nueva legislación, 32 por ciento de sus ingresos netos. Esta tasa no es acreditable, no deducible.
-El pago de regalías a los departamentos (provincias) productores es de 18 por ciento.
-La norma establece una consulta obligatoria a los pueblos indígenas en eventuales inversiones y explotaciones petroleras, en territorios de jurisdicción originaria. La consulta sin embargo no será vinculante.
-El precio del gas, petróleo o derivado hidrocarburífero para el mercado interno en ningún caso podrá exceder el 50 por ciento del precio mínimo de exportación. La intención es cambiar a gas la matriz energética de Bolivia.
-La empresa estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos será refundada y potenciada con fondos provenientes de privatizaciones de empresas públicas.
- El Estado debe indemnizar a comunidades campesinas, pueblos originarios o indígenas, además de entregar un territorio equivalente al que se haya expropiado para explotaciones de hidrocarburos.
- Intermediarios entre el productor y el consumidor, también llamados como 'mayoristas', que intervienen en la cadena de venta de combustibles, serán eliminados del negocio.