Usted está aquí: miércoles 27 de abril de 2005 Política AMLO, "firme" en su cargo hasta que falle la Corte

Pedro Nava Malagón

AMLO, "firme" en su cargo hasta que falle la Corte

JESUS ARANDA

La Procuraduría General de la República (PGR) no puede actuar legalmente contra Andrés Manuel López Obrador por usurpación de funciones, porque al admitir la Suprema Corte las dos controversias relacionadas con el desafuero y negar las suspensiones solicitadas, el perredista está facultado para ocupar su cargo hasta que el máximo tribunal dé la razón a la Cámara de Diputados o a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

Explicó lo anterior el doctor en derecho constitucional Pedro Nava Malagón, quien agregó que en la resolución de controversias constitucionales no se aplican las resoluciones de manera "retroactiva", de manera que, si se confirma el desafuero del jefe de Gobierno y su destitución, éste sólo incurriría en responsabilidad si insistiera en mantenerse en el cargo después del fallo judicial.

El ex director de la Unidad de Controversias de la Suprema Corte, que dejó el cargo apenas hace unas semanas, añadió que incluso el juez 12 de distrito en materia penal, Juan José Olvera López, podría no admitir a trámite la demanda de la PGR contra López Obrador por desacato, en espera de que la Corte resuelva la controversia, o al menos los tres recursos de reclamación que interpusieron la Cámara de Diputados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Como no hay suspensiones ni una definición "precautoria de la Corte", dijo, subsiste un decreto de la ALDF de que hay un jefe de Gobierno, otro de la Cámara de Diputados de que no lo hay, y un juez penal no puede procesar al jefe de Gobierno. Si el juez estima que no se sabe si hay gobernante, puede negarse a iniciar el proceso penal. O bien dar prevalencia a una determinación para tomar una resolución y determinar quién incumplió directamente la suspensión.

-¿López Obrador podría ser sujeto de acción penal, pese a que existen dos controversias pendientes?

-Como en ambas controversias se negó la suspensión, se mantiene la situación, es decir, hay un decreto de la Cámara de Diputados en el que suspende de su encargo a López Obrador y otro en el que la ALDF desconoce ese dictamen.

"Pero en la controversia no hay efectos retroactivos, las resoluciones de la Suprema Corte sólo surten efectos a futuro, en el momento en que lo determinen los ministros."

-¿Habría forma de que afecte a López Obrador esta indefinición?

-No, porque hay dos actos jurídicos de dos autoridades constitucionalmente reconocidas que creen tener una facultad, y la única autoridad que puede decidirlo es la Corte.

-El subprocurador Carlos Javier Vega Memije dijo que la PGR está abierta a recibir denuncias contra López Obrador por parte de quien se sienta agraviado.

-Las dos partes, como consideran válido su acto, seguirán emitiendo actos que estiman pueden hacer.

"Y si la Corte determina que los actos de la Cámara de Diputados son inconstitucionales, pues todos los que se deriven de ello -desafuero y destitución- se caerán junto con la determinación. Lo mismo respecto a la ALDF."

-¿Y los actos de gobierno de López Obrador? ¿También se invalidarían?

-No, porque las controversias no tienen efectos retroactivos.

 
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