Usted está aquí: viernes 22 de abril de 2005 Política El 6 de mayo, plazo para decidir si se gira orden de comparecencia

Fue admitido a trámite el expediente de El Encino

El 6 de mayo, plazo para decidir si se gira orden de comparecencia

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El juez decimosegundo de distrito con sede en el Reclusorio Preventivo Oriente, Juan José Olvera López, admitió a trámite el expediente del caso El Encino y radicó la causa penal correspondiente en contra de Andrés Manuel López Obrador, por lo que a más tardar el próximo 6 de mayo el juzgador determinará si gira una orden de comparecencia para que el perredista acuda de manera voluntaria a rendir su declaración preparatoria.

De acuerdo con fuentes judiciales, la radicación del pliego de consignación se efectuó desde la noche del pasado miércoles, presuntamente bajo la causa penal 23/2005. Respecto al documento que ayer presentó López Obrador al juez para exigirle que sea revocada la libertad provisional bajo caución, los informantes precisaron que no será motivo de revisión por parte del impartidor de justicia, hasta en tanto no concluya el periodo para definir si concede la orden solicitada por la autoridad ministerial.

Lo que sigue, agregaron las fuentes, es que el juez y sus secretarios de acuerdos revisen a detalle durante los próximos 10 días hábiles -aunque puede en menos tiempo- los 13 tomos integrados por cerca de 16 mil fojas que componen la averiguación previa 1339/FESPLE/2001, a fin de determinar si se cumplen los requisitos indispensables para librar la orden solicitada por la Procuraduría General de la República (PGR).

Algunos de los requisitos son que el presunto acto ilícito no haya prescrito, así como el hecho de que se cumpla el cuerpo del delito de violación a la ley de amparo -equiparado al de abuso de autoridad- y la probable responsabilidad de López Obrador. Bastaría con que el juez concluyera que no existe un tipo penal para sancionar ese delito; que el indiciado no estuvo notificado de manera oficial, en tiempo y forma, de la presunta violación a una suspensión definitiva, o que un subordinado del jefe de Gobierno haya firmado en lugar del inculpado alguna notificación judicial, para que se niegue la orden de comparecencia, que no de aprehensión.

Si por el contrario se concede la orden, el juzgador fijará el día y la hora en que López Obrador deberá presentarse a escuchar los cargos y responder lo que a su derecho corresponda. La notificación al indiciado se haría mediante un actuario del juzgado y de ninguna manera se daría parte a la Agencia Federal de Investigación, pero sólo si para entonces persistiera el beneficio de la libertad bajo caución.

 
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