Usted está aquí: viernes 8 de abril de 2005 Capital Interpondrá hoy la ALDF una controversia contra el desafuero

Decretó que no ha lugar a proceder penalmente contra Andrés Manuel López Obrador

Interpondrá hoy la ALDF una controversia contra el desafuero

Argumenta que no es atribución de la Cámara de Diputados retirar el cargo al jefe de Gobierno

GABRIELA ROMERO Y RAUL LLANOS

Ampliar la imagen Plaza llena de indignaci�que fue apaciguada tras el llamado a la resistencia civil pac�ca por el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andr�Manuel L� Obrador FOTO Agust�Salgado

Con base en el párafo quinto del artículo 111 de la Constitución, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) decretó anoche que no ha lugar a proceder penalmente en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, por lo que éste debe mantenerse en el cargo y conservar la inmunidad que le confiere el fuero constitucional.

Además, el órgano legislativo local acordó interponer hoy por la mañana una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la aprobación del pleno de la Cámara de Diputados del dictamen de la sección instructora en el juicio de procedencia planteado por el Ministerio Público Federal en contra del Ejecutivo local, bajo el expediente S1/03/04.

Minutos después de que se conociera el resultado de la votación en la Cámara de Diputados, los legisladores del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que forman parte de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa se reunieron para definir los términos de los puntos de acuerdo que se discutieron y aprobaron por el pleno pasada la medianoche.

Integrados a los trabajos de la Comisión de Gobierno y del pleno, los coordinadores del PAN, José Espina; del PRI, Manuel Jiménez, y PVEM, Francisco Agundis, se pronunciaron en contra de los tres puntos de acuerdo.

Alrededor de las 21 horas se reanudó la sesión ordinaria. Con el voto a favor de los 37 diputados que integran la fracción del PRD, el pleno de la Asamblea Legislativa sacó adelante los acuerdos.

El primero establece que la Comisión de Gobierno de este órgano legislativo se daba por enterada de la resolución de la Cámara de Diputados, mediante la cual se desaforaba al jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador.

En el segundo acuerdo se argumenta que con base en las facultades que le otorga a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el párrafo quinto del artículo 111 constitucional, "decreta que no ha lugar a proceder penalmente en contra del ciudadano jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, por lo que continuará en el ejercicio de su cargo con la inmunidad constitucional que le corresponde".

Dentro de este segundo acuerdo quedó asentado además que, por ende, "no ha lugar a ejecutar pacto alguno con motivo de esa declaratoria de la Cámara de Diputados", y se "suspende todo procedimiento ulterior, sin menoscabo de que el Ministerio Público continúe el curso de su denuncia cuando el mandatario local haya concluido el ejercicio de su encargo.

En el tercer acuerdo aprobado se instruye interponer una demanda de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de la Federación por actos de la Cámara de Diputados en lo relativo a la aprobación del dictamen para retirarle el fuero al Ejecutivo capitalino.

Esta acción, anunciaron los perredistas, se interpondrá hoy a primera hora.

En el documento elaborado por la Comisión de Gobierno se subraya que la Cámara de Diputados debe notificar a la Asamblea Legislativa de su resolución de desafuero para que ésta "proceda como corresponda", y por ende, no es atribución de esta Cámara determinar el retiro del cargo del mandatario local.

Aducen que, derivado de la Carta Magna, "corresponderá a la legislatura local decidir si opta por separar de su encargo al jefe de Gobierno y retirarle la inmunidad para ponerlo a disposición del Ministerio Público Federal, o si por el contrario, conviene a los intereses públicos de la sociedad en general y de los habitantes, ciudadanos y vecinos en particular, mantenerlo en el ejercicio de sus funciones, con la inmunidad referida, hasta el término del periodo para el que fue electo".

"Esa evaluación -agrega el texto aprobado- atañe exclusivamente al Poder Legislativo local y no al federal, con independencia de los términos en que está redactado el párrafo quinto del citado precepto constitucional".

Los diputados recuerdan que es ante el pleno de la Asamblea Legislativa donde el jefe de Gobierno rinde protesta como tal y presenta cada año su Informe de Gobierno. Asimismo, es la responsable de autorizar la licencia del Ejecutivo local, y en caso de ausencia definitiva del gobernante, nombrar a quien lo sustituya.

 
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