Posible controversia, si la Cámara de Senadores interviene
Sólo la ALDF puede nombrar al jefe de Gobierno sustituto: expertos
El jefe de gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, puede seguir en el cargo, pese a que la Cámara de Diputados le retire el fuero, en razón de que en este momento no existe ningún proceso de acción penal en su contra y, por lo tanto, "no hay ningún juez que haya recibido la consignación" de la Procuraduría General de la República (PGR), puntualizaron expertos en derecho constitucional de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
A su vez, los especialistas indicaron que al ser separado de su cargo y no removido -términos muy distintos para la ley-, la única instancia que puede nombrar al jefe de gobierno sustituto es la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF). De hacerse lo contrario, es decir, que el Senado interviniera en la designación, ese "nombramiento sería anticonstitucional", por lo que la ALDF podría promover una controversia constitucional por invasión de competencia de la Cámara de Senadores.
En entrevista por separado, el doctor en derecho constitucional Miguel Covián Andrade se refirió en primer término a la afirmación de la PGR en el sentido de que si le retiran el fuero a López Obrador debe separarse de su encargo para ser puesto a disposición de la autoridad.
La Constitución establece claramente que cuando se procede penalmente contra un servidor público, éste "quedará inmediatamente separado de su cargo", pero añade: "mientras esté sujeto a un proceso penal". Esto último lo olvidó la PGR, puesto que López Obrador todavía no está sujeto a ese proceso penal por la sencilla razón de que la misma procuraduría presentó el expediente del desafuero a la Cámara de Diputados sin haberlo turnado a un juez, indicó.
De haberlo hecho, "el juez le habría dicho (a la PGR) que no puede atender su petición porque (el jefe de Gobierno) tiene fuero". No obstante, una vez que quedara sin esa inmunidad, el juez tendría que atender la petición de la procuraduría. Pero como la PGR "hizo las cosas al revés", López Obrador puede seguir en el cargo en tanto no exista -como es hasta el momento- un proceso penal en su contra.
Por otro lado, precisó que sólo hay dos opciones para que el jefe de gobierno deje el cargo: una de ellas es la remoción por parte del Senado, que se inicia por haber incurrido en algunas de las causas graves previstas en el Estatuto de Gobierno. Si alguna de ellas se cumple, el Senado "remueve y designa, a propuesta del Presidente" de la República.
La otra opción consiste en que el gobernante capitalino sea separado del cargo de manera definitiva, como ocurre en este caso, ya que el desafuero lo que va a provocar es una falta absoluta. De esta forma, la ALDF es la única instancia competente para nombrar a un sustituto, como lo establece el artículo 122 de la Constitución, precisó.
El investigador precisó también que en tanto la ALDF designa al sustituto, una persona, que en este caso es el secretario de Gobierno, se queda como encargado del despacho, pero sin convertirse en titular.
Lo anterior tiene relevancia ya que es necesario recordar que el 122 constitucional también precisa que cualquier persona que haya ocupado el cargo de jefe de Gobierno, "así sea por un minuto", no puede volver a serlo, añadió.
Lorenzo Córdoba, doctor en teoría política y derecho constitucional, coincidió con lo antes expuesto, al explicar que la Cámara de Diputados lo único que emitirá es una declaración de procedencia, es decir, que se retira la inmunidad del jefe de Gobierno para que su expediente pueda ser consignado ante un juez penal.
De tal forma que "vamos a seguir teniendo jefe de Gobierno, pero sin inmunidad, y la separación del cargo ocurrirá cuando se expida o la orden de aprehensión o el auto de formal prisión por un juez. Esto no es automático", corrigió a la PGR.
El investigador expresó que si la ALDF no designara al sustituto del gobernante capitalino "habría una violación grave".