Usted está aquí: miércoles 30 de marzo de 2005 Política Demuestran pruebas que no se bloqueó El Encino

Inspecciones oculares de actuarios entre 2000 y 2001

Demuestran pruebas que no se bloqueó El Encino

Los accesos, inexistentes debido a taludes: actuarios

LAURA GOMEZ FLORES

Ampliar la imagen Im�nes del predio El Encino que son parte del expediente y que tambi�son del conocimiento de los integrantes de la secci�nstructora

Las inspecciones oculares de actuarios del juzgado noveno de distrito en materia administrativa del Distrito Federal, de diciembre de 2000 y del 12 de marzo de 2001, así como la demanda de la parte quejosa y sus anexos evidencian que no hubo ni bloqueo ni cancelación de accesos al predio El Encino durante la vigencia de la suspensión judicial y mucho menos delito que imputar.

De acuerdo con las diligencias que existen en el expediente del caso, se establece que cuando se concedió la suspensión definitiva la supuesta superficie del terreno había sido dividida en dos, tanto en su parte norte como en la sur, y en ninguna había accesos al sitio debido a los taludes que provocaron los trazos de las vialidades.

La parte quejosa, Promotora Internacional Santa Fe, SA de CV, poseedora del predio denominado también Escobedo o Ponderosa, reconoce además en el juicio de amparo un solo acceso por la calle de Salvador Agraz, no cuatro, como se desprende de la inspección ocular que hizo suya el juez noveno, Alvaro Tovilla León, pues el ubicado en la parte norte corresponde al predio Lomelí, propiedad de Servicios Metropolitanos (Servimet).

En el texto de la demanda de amparo presentada el 4 de diciembre de 2000, la defensa acusa a la "autoridad responsable de dejar sin acceso el predio de su representada, ya que deja un talud en la parte norte de 30 metros de alto aproximadamente", situación que es verificada 10 días después por un actuario del juzgado noveno, Salvador Soriano Rojas.

De acuerdo con su reporte, del lado norponiente del predio "se advierte un corte de aproximadamente 35 metros con una trayectoria de la avenida denominada Vasco de Quiroga", mientras el 12 de marzo de 2001, dos días antes de que se otorgara la suspensión definitiva -que supuestamente fue violada-, otro actuario del mismo juzgado, Samuel Sánchez, confirma la versión de su compañero.

"Respecto a la vialidad Vasco de Quiroga, que se construye en lado norponiente del predio, su trayectoria va o inicia en la calle Vasco de Quiroga yendo con orientación al oriente y concluye en un cerro que está cortado... existe imposibilidad para acceder al predio debido a los cortes que tiene, pues el cerro en el que se ubica tiene cortes de unos 30 metros, por lo que es físicamente imposible entrar a él caminando o en vehículo automotor."

Una situación similar ocurre en la parte sur del predio. El 28 de agosto de 2001 el actuario judicial Sergio Sarmiento Domínguez determina que "por cuanto hace a la parte norte del predio que colinda con la avenida Vasco de Quiroga, hago constar que el predio El Encino fue dividido en dos partes, (lo que) impide la introducción tanto de vehículos como de personas por esta parte".

Las dos veredas que supuestamente son accesos al predio y fueron bloqueadas, ubicadas una en la parte norte, colindante con la avenida Vasco de Quiroga, y la otra en la sur, con la avenida Carlos Graef Fernández y Salvador Agraz, son predios del Gobierno del Distrito Federal y un particular, por lo cual cuentan con una malla ciclónica que delimita su área y no permite el acceso a la zona en conflicto.

Así que la calle Salvador Agraz, identificada como único acceso a El Encino por la quejosa, está fuera topográfica y legalmente de la zona expropiada, por lo cual es ajena al alcance de la orden del juez federal, mientras, con base en las testimoniales de los actuarios del juzgado noveno, se puede corroborar que cuatro meses antes de que se otorgara la suspensión en el juicio de amparo ya estaba hecho el trazo de la calle Carlos Graef.

Por ende, no se incurría en ninguna violación, pues la medida no ordenaba paralizar la obra en ambas fracciones expropiadas, sino sólo en la parte de las zonas afectadas que servía de acceso al predio, como se establece en las fotos tomadas en 2000 y 2004, en las cuales se muestra que el área quedó como se encontraba y no continuó la construcción de la calle destinada a dar servicio, entre otros, a un hospital.

Sin embargo, la Procuraduría General de la República obligó a sus peritos topógrafos a afirmar la imposibilidad técnica de definir los límites del predio y, en consecuencia, las zonas expropiadas del mismo, pese a contar con el texto del decreto expropiatorio y los testimonios notariales que acreditan la presunta propiedad tanto de Promotora, dueña de El Encino, como de predios colindantes, documentos que obran en el expediente entregado a los integrantes de la sección instructora de la Cámara de Diputados.

La sesión de esta instancia camaral fue suspendida ayer y pospuesta para el próximo viernes, cuando quedaría definido ya si se inicia el juicio de procedencia contra Andrés Manuel López Obrador.

 
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