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NUMEROS
28 de marzo de 2005
DEFENSA DEL CONSUMO
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En México, la protección al consumidor tiene un rango Constitucional desde hace casi 30 años; no obstante, es claro el raquítico desarrollo de este sector y la falta de ejercicio de un derecho esencial de los ciudadanos. Ni la sociedad ni el gobierno promueven este tipo de protección. En el área de América del Norte, México tiene un fuerte atraso en este renglón frente a Canadá y Estados Unidos. En esos países existen una enorme cantidad de organizaciones que promueven la defensa del consumidor desde distintas aproximaciones en cuanto al tipo de productos y servicios involucrados y en una amplia cobertura geográfica. Esto pone de manifiesto la diversidad de los intereses en juego y la forma de manifestarlos por parte de los individuos, así como la activa participación de los gobiernos en la defensa del consumidor. Lo mismo se aprecia en Europa, donde existen muchos organismos privados y públicos de protección que funcionan desde hace más de medio siglo. La mayor participación organizada de los consumidores es una forma básica de ordenamiento del modo en que opera el mercado y de asignar las responsabilidades a cada uno de los agentes que participan: empresas, gobiernos y los mismos consumidores   §

La Asociación de Consumidores de Canadá promueve los siguientes derechos:
  • a escoger
  • a estar informado a la seguridad
  • a ser escuchad
  • a la compensación
  • a la educación para el consumo
  • a participar en la toma de decisiones en el mercado
  • al acceso a los servicios básicos
  • a un medio ambiente sustentable  
Fuente: Asociación de Consumidores de Canadá. www.consumer.c
Europa: Algunos organismos de protección al consumidor 
País Organismos
Alemania En 1953 se crearon la Asociación de Consumidores con sede en Bonn con carácter privado y el Instituto del Consumidor. En el gobierno operan: el Comité del Consumidor en el Ministerio para la Nutrición, Agricultura y Bosque y el Consejo del Consumidor en el Ministerio de Economía.
Bélgica
En 1957 se fundó a nivel privado la Asociación de Consumidores y en 1959 la Unión Femenina para la Defensa del Consumidor, ambas en Bruselas. El gobierno cuenta con el Consejo del Consumo en el Ministerio de Asuntos Económicos y de la Energía.
Francia En 1951 surgió la Unión Federal de Consumidores; en 1959 la Organización General de Consumidores y en 1974 la Asociación Fuerza Obrera de Consumidores. El gobierno instauró en Instituto Nacional del Consumo como entidad autónoma y con representantes de los consumidores y en 1976 se creó una Secretaría de Estado en materia de consumo.
Gran Bretaña Existe desde 1957 la Asociación de Consumidores que es una entidad priva  da y desde 1963 la Federación Nacional de Agrupaciones de Consumidores. Operan también el Instituto de Investigación para Asuntos del Consumidor, el Consejo Nacional para la Protección del Consumidor y los Consejos de Consumidores del Sector Nacionalizado (electricidad, transporte, etc.). Existe una secretaría de Estado para los Precios y Protección del Consumidor.

Fuente: Profeco
Estados Unidos: Comisión de seguridad de los productos de consumo (U.S: Consumer Product Safety Commission ­ CPSC)
  • Agencia regulatoria federal independiente creada por el Congreso en 1972 mediante el Acta de seguridad de productos de consumo
  • La Comisión está encargada de "proteger al público en contra de riesgos excesivos de heridas y muerte asociadas con los productos de consumo".
  • Bajo su jurisdicción están aproximadamente 15 mil tipos de productos, desde cafeteras de filtrado automático hasta juguetes y podadoras de pasto.
  • Otro tipo de productos están cubiertos por otras agencias federales como es el caso de los automóviles, camiones y motocicletas en el Departamento de Transporte; las medicionas y cosméticos en la Administración de Alimentos y Medicinas (FDA), o bien, el alcohol, tabaco y las armas de fuego en el Departamento del Tesoro.

La CPSC está encargada de:

  • Desarrollar estándares voluntarios en la industria.
  • Emitir y hacer cumplir estándares obligatorios para ciertos productos y prohibir aquellos que no protejan adecuada mente al consumidor.
  • Hacer que el fabricante recoja los productos defectuosos para su reparación.
  • Investigar sobre riesgos potenciales de los productos.
  • Informar y educar a los consumidores mediante los gobiernos estatales y locales, los medios de comunicación, organizaciones privadas y atendiendo a las preguntas de los consumidores.

Fuente: U.S. Consumer Product Safety Commission. www.cpsc.gov


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