Usted está aquí: martes 8 de marzo de 2005 Capital Conceden amparo a socio de Ahumada

La PGJDF no logró probar cargos contra Antonio Martínez Ocampo

Conceden amparo a socio de Ahumada

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El juzgado sexto de distrito A de amparo determinó que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) no logró acreditar que Antonio Martínez Ocampo, accionista minoritario de la firma Pagoza, que forma parte del Grupo Quart, y cuyo propietario es el empresario Carlos Ahumada Kurtz, haya participado en el presunto fraude genérico por 31 millones de pesos cometido contra la delegación Gustavo A. Madero, y por ello le concedió la protección de la justicia federal contra el auto de formal prisión que en su contra dictó el juzgado 11 de lo penal del fuero común el 17 de mayo de 2004.

Aunque se trata de un amparo "de fondo", Martínez Ocampo no podrá ser excarcelado de inmediato debido a que la ley en esa materia deja en posibilidades a la Procuraduría General de la República (PGR) de impugnar la resolución del juzgado federal mediante un recurso de revisión.

Si durante los próximos 10 días hábiles el Ministerio Público de la Federación (MPF) adscrito al juzgado sexto no recurre del fallo, entonces el juicio de amparo causará ejecutoria (habrá concluido en definitiva) y el socio de Ahumada recuperará su libertad. En cambio, si la PGR pide la revisión, el litigio continuará en un tribunal colegiado del Distrito Federal, en donde la resolución del juzgado sexto podría ser revocada, modificada o confirmada en todos sus términos.

El hecho de que sea la PGR la encargada de impugnar el amparo y no así la PGJDF, se debe a que la ley en esa materia establece que en todos los juicios de garantías que se desahogan ante jueces federales sólo puede participar como representante de los intereses de la nación el MPF, que encabeza Rafael Macedo de la Concha.

Los argumentos

Fuentes judiciales revelaron que María Elena Leguízamo Ferrer, titular del juzgado sexto A, concedió el amparo a Antonio Martínez Ocampo desde el pasado viernes, aunque fue hasta ayer a las 11 horas cuando se le notificó al quejoso el sentido del fallo en el interior del Reclusorio Norte.

Ahí se encuentra preso Martínez Ocampo desde el 11 de mayo de 2004, luego que permaneció durante dos días en las instalaciones de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada y seis más arraigado en una casa de seguridad de la PGR, tras haber sido deportado de Cuba el 3 de mayo de ese año.

La jueza Leguízamo, al revisar el expediente del juicio penal iniciado por el juez 11 de lo penal, Carlos Casiano Morales García, por la probable responsabilidad de Martínez Ocampo en el delito de fraude genérico, determinó que la PGJDF "no pudo acreditar que el impetrante de garantías (quejoso), al menos en el momento en que ocurrieron los hechos delictivos que manifiesta la representación social capitalina, hubiera tenido un cargo directivo en Grupo Quart, firmado alguna cuenta de cheques, realizado transferencias bancarias, así como tampoco pudo comprobar que haya recibido o dispuesto de algún dinero, por lo que no se cumple con los elementos jurídicos que exige el tipo penal referente al fraude".

De hecho en su demanda de amparo, el apoderado legal de la firma Pagoza refirió que el juez 11 de lo penal sólo lo tenía bajo proceso penal con base en la hipótesis de que había indicios de su culpabilidad en el fraude porque posee una acción de capital fijo y una acción de capital variable (en Pagoza) por un valor total de 120 mil pesos.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.