"Violar la orden de un juez es un delito", subrayan
Toca a diputados decidir sobre el desafuero, replican en Los Pinos
Ante la declaración del jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, de que Vicente Fox debiera instruir al procurador general de la República, Rafael Macedo de la Concha, para que se desista de la acusación en su contra por el caso del predio El Encino y así evitar el probable desafuero del mandatario capitalino, en la Presidencia de la República se respondió con una largo texto en el cual se concluye que "el desafuero no inhabilita al jefe de Gobierno para convertirse en candidato presidencial".
Por segunda ocasión en una semana, en comunicados de prensa la Presidencia de la República encaró -aunque nunca llamándolo por su nombre- afirmaciones de López Obrador.
Esta vez, sin embargo, a sus argumentos políticos Los Pinos añade explicaciones jurídicas por las que pretende dejar en claro que "el desafuero no significa que el funcionario sea inocente o culpable, simplemente que debe responder a la ley como cualquier ciudadano".
Y apunta: "la Presidencia quiere reiterar que el desafuero no es ni puede ser un juicio sobre la culpabilidad o no del jefe de Gobierno".
No es la primera vez que el presidente Vicente Fox pretende convencer de que el eventual retiro de la protección constitucional de que dispone el mandatario capitalino no afectaría los derechos políticos de éste. El 29 de septiembre de 2004 declaró a una estación radiofónica que no es "automático ni categórico" que el desafuero lo inhabilitaría como candidato.
Dijo entonces: "Lo que puedo afirmar categóricamente es que no es automático ni está conectado el tema del desafuero con el hecho de que no se pueda ser candidato en este país. No hay esa conexión. Yo no sé por qué se ha presentado de esa manera".
Ayer se insistió en esa tesis. El vocero de Los Pinos, Rubén Aguilar, se presentó en el salón Venustiano Carranza para dar lectura a un documento en el cual se argumenta en el mismo sentido. Y no aceptó preguntas.
Empero, más allá de los recursos legales a que alude, su interés se centra en deslindar a Fox de toda vinculación con el proceso de desafuero del jefe de Gobierno capitalino: "Es a todas luces inexacto y falto a la verdad responsabilizar al Presidente de la situación actual del jefe de de Gobierno", subraya.
A continuación, el texto íntegro del comunicado que se leyó ayer en Los Pinos:
1. El Presidente de la República no atenta contra los derechos políticos de ningún ciudadano. El Presidente es el primer obligado a respetar la ley y ésta no le otorga facultad alguna para intervenir en el proceso de desafuero que se sigue al jefe de Gobierno.
El Presidente de la República no decide a quién debe investigar el Ministerio Público. Este actúa en el marco de sus facultades y obligaciones legales.
Violar la orden de un juez es un delito penado por ley.
El Tribunal Federal determinó que, en el caso de El Encino, se violó una suspensión decretada por el juez, informando de ello al Ministerio Público.
El Ministerio Público, al realizar sus investigaciones y revisar el expediente del tribunal, confirmó que había elementos que demostraban la existencia de un delito y, por tanto, que era necesario iniciar un proceso penal.
El jefe de Gobierno goza de un fuero que le otorga la Constitución, que impide que se le pueda seguir un proceso penal como a cualquier ciudadano. Por ello, co-mo lo indica la propia Constitución, para poder seguir este proceso el Ministerio Público envió el expediente a la Cámara Diputados.
La Presidencia de la República quiere reiterar, una vez más, que no fue el Presidente quien inició el proceso penal en contra del jefe de Gobierno y tampoco quien decidió que el caso se llevara a la Cámara de Diputados.
2. La Cámara de Diputados es quien decide si procede el desafuero o no. No es una decisión que corresponda al ámbito de la Presidencia de la República. La Cámara de Diputados es quien estudia y analiza los elementos enviados por el Ministerio Público y decide si procede o no el desafuero.
El desafuero no significa que el funcionario sea inocente o culpable, simplemente que debe responder a la ley como cualquier ciudadano. Tampoco suprime los derechos políticos a quien está sujeto a juicio; lo único que hace es igualar al servidor público que goza de fuero al nivel ciudadano.
La Presidencia quiere reiterar que el desafuero no es ni puede ser un juicio sobre la culpabilidad o no del jefe de Gobierno.
En este proceso de toma de decisiones no existe intervención alguna del Presidente de la República. La evaluación del caso corresponde en su totalidad a la Cámara de Diputados, que fija su actuación de acuerdo con las potestades que le otorga la ley.
3. Los jueces son autónomos. Ni el Presidente ni nadie puede interferir en sus decisiones.
Si la Cámara de Diputados decidiera, por mayoría de votos, que sí procede el desafuero, el asunto pasará a un juez, quien resolverá, en su momento, si hay alguna responsabilidad o no. Nadie puede darse por juzgado sin juicio de por medio.
Durante el proceso que, en su caso, se inicie, el jefe de Gobierno tendrá las garantías y los medios para aclarar, impugnar, reclamar y emprender su defensa, que la Constitución otorga a todos los ciudadanos del país.
Es a todas luces inexacto, y falto a la verdad responsabilizar al Presidente de la situación actual del jefe de Gobierno. La democracia obliga a observar la legalidad. En un estado democrático de derecho en donde prevalece la división de poderes, el Poder Judicial de la Federación ha dictado su resolución apegada a derecho, el Ministerio Público ha cumplido con su responsabilidad de aplicar la ley y ahora es la Cámara de Diputados quien debe determinar si procede o no el desafuero.
La Presidencia no ha sido ni será obstáculo para que, una vez que el jefe de Gobierno resuelva los procedimientos que le impone la ley, y los de selección que indica su partido, pueda cumplir con sus aspiraciones de ser candidato a Presidente del país. Es preciso que quede esto claro: el desafuero no inhabilita al jefe de Gobierno para convertirse en candidato presidencial.