México D.F. Domingo 19 de septiembre de 2004
Nazar Haro y Quirós Hermosillo podrían
irse a casa
Ex represores, beneficiados con la reducción
de penas
JESUS ARANDA Y GUSTAVO CASTILLO
La reciente reforma a la ejecución de penas privativas
de la libertad, en la que de manera inexplicable se redujeron los requisitos
para que personas mayores de 70 años de edad purgaran sus sentencias
en prisión preventiva domiciliar (casa por cárcel), ya dio
sus primeros resultados: fomentar la impunidad y dejar prácticamente
en libertad a quienes les había sido negado este beneficio por la
justicia federal.
La "generosidad" de la reforma motivó suspicacias
en diferentes sectores; incluso hay quienes mencionan nombres de posibles
beneficiarios y destinatarios.
Se habla de que se busca beneficiar a los acusados de
los crímenes del 2 de octubre de 1968, 10 de junio de 1971 y los
responsables de la guerra sucia de los años 70, quienes,
en el caso de ser consignados penalmente por delitos graves, obtendrían
prácticamente su libertad al obtener la "prisión preventiva
domiciliar".
La lista de beneficiarios es larga, desde el ex presidente
Luis Echeverría Alvarez, pasando por Mario Moya Palencia, así
como por los generales Raúl Mendiolea Cerecedo (ex jefe de la policía)
y Manuel Díaz Escobar Figueroa (jefe de los halcones).
Por
obvias razones, el ex titular de la Dirección Federal de Seguridad,
y actualmente prófugo, capitán Luis de la Barreda Moreno,
y el ex jefe de la Brigada Blanca, Miguel Nazar Haro, quien se encuentra
preso en el penal de Topo Chico, Monterrey, acusado de la desaparición
de Jesús Piedra Ibarra, también saldrían de la cárcel
gracias a las modificaciones legales.
Otro personaje que enfrenta una pena de 14 años
de prisión y que tiene pendiente un proceso por el asesinato de
22 campesinos guerrerenses durante la guerra sucia, el general Francisco
Quirós Hermosillo, podría solicitar su libertad preventiva
ante un juez de distrito, aun cuando se encuentre en una prisión
castrense. De acuerdo con fuentes oficiales, el militar está por
cumplir en algunos meses la edad mínima para solicitar la prisión
preventiva.
Por lo pronto, ya hay beneficiarios con nombre y apellido:
el ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ernesto
Díaz Infante -quien enfrentaba una condena de ocho años y
seis meses por haber intervenido en la liberación de un violador
y homicida-, y el abogado Enrique Fuentes León, quien sobornó
al ex ministro para que fuera dejado en libertad su cliente, Alejandro
Braun Díaz, quien mató y violó a una menor de edad
en Acapulco en 1987.
Cabe señalar que la misma Suprema Corte de Justicia
de la Nación le había negado este año a Díaz
Infante la libertad y la posible reducción de la sentencia, debido
a que los ministros consideraron que su ex par tenía que cumplir
la condena.
Paradójicamente, meses después no sólo
está prácticamente en libertad, sino que además goza
de la pensión de 130 mil pesos como ministro retirado, según
lo acordó el año pasado el pleno del máxi- mo tribunal.
Este cambio legal reveló, por otra parte, la falta
de control que tiene la Secretaría de Seguridad Pública sobre
los beneficiarios.
Muestra de ello es precisamente Fuentes León, en
cuyo caso el entonces titular de Seguridad Pública, Alejandro Gertz
Manero, fue requerido en abril pasado por el juzgado décimo tercero
de distrito en procesos penales federales para que le informara "si tiene
bajo su disposición y bajo su más estricta responsabilidad
al sentenciado Enrique Fuentes León, para cumplir con la sanción
impuesta".
El funcionario tuvo que ser requerido por segunda ocasión,
con la advertencia que de no hacerlo, se haría sujeto a un arresto
administrativo de 36 horas, además de posibles consecuencias legales.
Inexplicable unanimidad en el Congreso
Inexplicablemente, la Cámara de Diputados y el
Senado de la República aprobaron en abril pasado por unanimidad
y prácticamente sin discusión, la modificación al
artículo 55 del Código Penal Federal que permite la prisión
preventiva domiciliaria para mayores de 70 años edad y con el único
requisito de que un juez autorice la medida. La iniciativa fue presentada
por el Partido del Trabajo.
Más extraño resulta que la propuesta original
partiera de este grupo parlamentario minoritario, que tenía como
propósito inicial la reducción de la sobrepoblación
penitenciaria "disminuyendo el número de internos y no aumentando
los espacios de reclusión".
La iniciativa planteaba originalmente que los beneficiarios
fueran mayores de 78 años edad, que la prisión preventiva
se llevara "bajo medidas de seguridad que determine y justifique la prestación
social".
Además, establecía un candado importante:
"Los acusados de delitos contra la salud, delincuencia organizada, tráfico
de menores, operaciones con recursos de procedencia ilícita, asociación
delictuosa, pornografía infantil, tráfico de armas, asalto
con violencia y privación ilegal de la libertad no gozarían
de la prisión preventiva". Además el juez, por oficio o a
petición de parte, adoptaría esa resolución -en caso
de senilidad o mal estado de salud-, apoyado siempre en dictámenes
de peritos.
Sin embargo, cuando la Comisión de Justicia y Derechos
Humanos de la Cámara de Diputados presentó ante el pleno
en abril pasado su proyecto de dictamen, se incluían cambios sustanciales
que no fueron impugnados por ningún legislador y que tenían
como propósito aumentar las facultades discrecionales del Ejecutivo
federal para la liberación de reos.
La nueva redacción propuesta para el artículo
55 redujo a 70 años la edad para solicitar el beneficio de la prisión
preventiva y como único candado estableció que "no
gozarán de esa prerrogativa quienes, a criterio del juez, puedan
sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta
que haga presumibles sus peligrosidades".
En todo caso, "la valoración por parte del juez
se apoyará en dictámenes de peritos".
De golpe se eliminó el párrafo que excluía
de ese beneficio a violadores, secuestradores, traficantes de armas y drogas,
así como a los culpables de pornografía infantil.
Respecto de los peritajes que toman en cuenta los jueces
para fijar su criterio, un alto funcionario de la administración
federal comentó lacónico: "En nuestro país cualquiera
puede conseguir un certificado a su conveniencia".
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