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México D.F. Domingo 19 de septiembre de 2004

Nazar Haro y Quirós Hermosillo podrían irse a casa

Ex represores, beneficiados con la reducción de penas

JESUS ARANDA Y GUSTAVO CASTILLO

La reciente reforma a la ejecución de penas privativas de la libertad, en la que de manera inexplicable se redujeron los requisitos para que personas mayores de 70 años de edad purgaran sus sentencias en prisión preventiva domiciliar (casa por cárcel), ya dio sus primeros resultados: fomentar la impunidad y dejar prácticamente en libertad a quienes les había sido negado este beneficio por la justicia federal.

La "generosidad" de la reforma motivó suspicacias en diferentes sectores; incluso hay quienes mencionan nombres de posibles beneficiarios y destinatarios.

Se habla de que se busca beneficiar a los acusados de los crímenes del 2 de octubre de 1968, 10 de junio de 1971 y los responsables de la guerra sucia de los años 70, quienes, en el caso de ser consignados penalmente por delitos graves, obtendrían prácticamente su libertad al obtener la "prisión preventiva domiciliar".

La lista de beneficiarios es larga, desde el ex presidente Luis Echeverría Alvarez, pasando por Mario Moya Palencia, así como por los generales Raúl Mendiolea Cerecedo (ex jefe de la policía) y Manuel Díaz Escobar Figueroa (jefe de los halcones).

Por obvias razones, el ex titular de la Dirección Federal de Seguridad, y actualmente prófugo, capitán Luis de la Barreda Moreno, y el ex jefe de la Brigada Blanca, Miguel Nazar Haro, quien se encuentra preso en el penal de Topo Chico, Monterrey, acusado de la desaparición de Jesús Piedra Ibarra, también saldrían de la cárcel gracias a las modificaciones legales.

Otro personaje que enfrenta una pena de 14 años de prisión y que tiene pendiente un proceso por el asesinato de 22 campesinos guerrerenses durante la guerra sucia, el general Francisco Quirós Hermosillo, podría solicitar su libertad preventiva ante un juez de distrito, aun cuando se encuentre en una prisión castrense. De acuerdo con fuentes oficiales, el militar está por cumplir en algunos meses la edad mínima para solicitar la prisión preventiva.

Por lo pronto, ya hay beneficiarios con nombre y apellido: el ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ernesto Díaz Infante -quien enfrentaba una condena de ocho años y seis meses por haber intervenido en la liberación de un violador y homicida-, y el abogado Enrique Fuentes León, quien sobornó al ex ministro para que fuera dejado en libertad su cliente, Alejandro Braun Díaz, quien mató y violó a una menor de edad en Acapulco en 1987.

Cabe señalar que la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación le había negado este año a Díaz Infante la libertad y la posible reducción de la sentencia, debido a que los ministros consideraron que su ex par tenía que cumplir la condena.

Paradójicamente, meses después no sólo está prácticamente en libertad, sino que además goza de la pensión de 130 mil pesos como ministro retirado, según lo acordó el año pasado el pleno del máxi- mo tribunal.

Este cambio legal reveló, por otra parte, la falta de control que tiene la Secretaría de Seguridad Pública sobre los beneficiarios.

Muestra de ello es precisamente Fuentes León, en cuyo caso el entonces titular de Seguridad Pública, Alejandro Gertz Manero, fue requerido en abril pasado por el juzgado décimo tercero de distrito en procesos penales federales para que le informara "si tiene bajo su disposición y bajo su más estricta responsabilidad al sentenciado Enrique Fuentes León, para cumplir con la sanción impuesta".

El funcionario tuvo que ser requerido por segunda ocasión, con la advertencia que de no hacerlo, se haría sujeto a un arresto administrativo de 36 horas, además de posibles consecuencias legales.

Inexplicable unanimidad en el Congreso

Inexplicablemente, la Cámara de Diputados y el Senado de la República aprobaron en abril pasado por unanimidad y prácticamente sin discusión, la modificación al artículo 55 del Código Penal Federal que permite la prisión preventiva domiciliaria para mayores de 70 años edad y con el único requisito de que un juez autorice la medida. La iniciativa fue presentada por el Partido del Trabajo.

Más extraño resulta que la propuesta original partiera de este grupo parlamentario minoritario, que tenía como propósito inicial la reducción de la sobrepoblación penitenciaria "disminuyendo el número de internos y no aumentando los espacios de reclusión".

La iniciativa planteaba originalmente que los beneficiarios fueran mayores de 78 años edad, que la prisión preventiva se llevara "bajo medidas de seguridad que determine y justifique la prestación social".

Además, establecía un candado importante: "Los acusados de delitos contra la salud, delincuencia organizada, tráfico de menores, operaciones con recursos de procedencia ilícita, asociación delictuosa, pornografía infantil, tráfico de armas, asalto con violencia y privación ilegal de la libertad no gozarían de la prisión preventiva". Además el juez, por oficio o a petición de parte, adoptaría esa resolución -en caso de senilidad o mal estado de salud-, apoyado siempre en dictámenes de peritos.

Sin embargo, cuando la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados presentó ante el pleno en abril pasado su proyecto de dictamen, se incluían cambios sustanciales que no fueron impugnados por ningún legislador y que tenían como propósito aumentar las facultades discrecionales del Ejecutivo federal para la liberación de reos.

La nueva redacción propuesta para el artículo 55 redujo a 70 años la edad para solicitar el beneficio de la prisión preventiva y como único candado estableció que "no gozarán de esa prerrogativa quienes, a criterio del juez, puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumibles sus peligrosidades".

En todo caso, "la valoración por parte del juez se apoyará en dictámenes de peritos".

De golpe se eliminó el párrafo que excluía de ese beneficio a violadores, secuestradores, traficantes de armas y drogas, así como a los culpables de pornografía infantil.

Respecto de los peritajes que toman en cuenta los jueces para fijar su criterio, un alto funcionario de la administración federal comentó lacónico: "En nuestro país cualquiera puede conseguir un certificado a su conveniencia".

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