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México D.F. Viernes 27 de agosto de 2004

Se busca librar órdenes de captura contra Echeverría y coacusados por el 10 de junio

Pide PGR a la Corte determinar si el delito de genocidio tiene prescripción

La SCJN deberá ratificar o revocar el fallo del juez segundo de distrito en materia penal

GUSTAVO CASTILLO GARCIA

La Procuraduría General de la República (PGR) solicitó formalmente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determine si el delito de genocidio tiene prescripción; lo anterior en busca de que se libren las órdenes de captura en contra del ex presidente Luis Echeverría Alvarez y otros 11 ex funcionarios federales por la matanza del 10 de junio de 1971.

Fuentes oficiales revelaron que la noche de este jueves la dependencia que encabeza el general Rafael Macedo de la Concha envió la documentación necesaria para que el máximo tribunal del país conozca el expediente derivado de la averiguación PGR/FEMOSPP/011/2002, en el que se acusa de genocidas a Echeverría Alvarez; el ex secretario de Gobernación Mario Moya Palencia; los ex titulares de la extinta Dirección Federal de Seguridad (DFS) el capitán Luis de la Barreda Moreno y Miguel Nazar Haro; el jefe de los halcones, el entonces coronel Manuel Díaz Escobar Figueroa, y su hermano Javier (entrenador del grupo); el general Raúl Mendiolea Cerecero, y un grupo de entrenadores del grupo paramilitar.

La SCJN deberá ratificar o revocar el fallo del juez segundo de distrito en materia penal, con sede en el Reclusorio Norte, César Flores Rodríguez, quien consideró, sin analizar a fondo los argumentos de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), que la acusación contra el ex mandatario y sus coacusados prescribió en 2001.

Serán valorados los argumentos de la Femospp

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberán valorar los argumentos jurídicos de carácter nacional e internacional que aportó la Femospp para señalar que los mencionados ex funcionarios incurrieron en el delito de genocidio, al haber organizado un ataque sistemático para destruir a un grupo de opositores al régimen, que tuvo en la matanza del 10 de junio uno de sus escenarios más trascendentes.

El caso está en manos del quinto tribunal unitario en materia penal; si la SCJN determina que el delito de genocidio no prescribe, entonces el juez Flores Rodríguez deberá analizar si existen pruebas suficientes para procesar al ex presidente y sus coacusados; de ser así, se librarán las órdenes de captura, al igual que ocurrió en el caso de Jesús Piedra Ibarra, que fue lo que provocó que Miguel Nazar Haro ahora esté siendo procesado por esa desaparición.

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