México D.F. Miércoles 7 de abril de 2004
En el dictamen se fundamenta que se violan varios
artículos y reglamentos
La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó
interponer ante la Corte controversia contra los CSM
RENATO DAVALOS
La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara
de Diputados aprobó interponer una controversia constitucional ante
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la suscripción
de contratos de servicios múltiples (CSM) entre Petróleos
Mexicanos (Pemex) y empresas privadas, principalmente extranjeras.
El
dictamen respectivo -que en los próximos días será
presentado para su aprobación al pleno camaral- fundamenta que esos
convenios firmados por Pemex contienen violaciones a varios artículos
constitucionales y también a la ley reglamentaria respectiva.
Después de un análisis de los contratos,
la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados
determinó, en su dictamen de 27 páginas, que el Poder Ejecutivo
mediante esos convenios firmados viola "sistemáticamente" los artículos
25, 27, 28, 128 y 134 de la Constitución.
Al respecto, refiere que en el ámbito de los hidrocarburos
la soberanía es incuestionable. En el párrafo cuarto del
artículo 27 constitucional, añade, se señala que "corresponde
a la nación el dominio directo de todos los recursos naturales de
la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas;
...el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos,
líquidos o gaseosos".
También argumenta que el párrafo sexto del
mismo precepto constitucional establece: "... el dominio de la nación
es inalienable e imprescriptible". De manera que ninguna burocracia gubernamental
o administrativa, precisa el dictamen, puede alterar el derecho de la nación
en ningún momento, es decir, los recursos naturales no se pueden
enajenar.
La parte final de ese párrafo, continúa,
indica que "tratándose del petróleo y de los carburos de
hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos de minerales
radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán
los que, en su caso, se hayan otorgado y la nación llevará
a cabo la explotación de esos productos, en los términos
que señale la ley reglamentaria respectiva".
Inclusive, la comisión camaral cita que los directivos
de Pemex han señalado en su Plan de Negocios 2002 que los contratos
de servicios múltiples se han diseñado como "un mecanismos
jurídicamente viable sin necesidad de modificar la Constitución
para que firmas expertas y exitosas del ramo de cualquier parte del mundo
construyan, financien obras y provean servicios de mantenimiento para elevar
la producción de gas".
La fundamentación del dictamen está hecha
a partir, fundamentalmente, de los contratos que Pemex firmó con
varias compañías extranjeras para la explotación de
gas en la cuenca de Burgos, zona geológica ubicada entre Tamaulipas,
Nuevo León y Coahuila. Pemex recibió las propuestas técnicas
y económicas de los licitantes entre el 15 de octubre pasado y el
14 de enero de este año. El mayor volumen de recursos comprometidos
corresponde a la española Repsol, con 2 mil 437 millones de dólares
comprometidos y una duración del contrato de 20 años.
Los mecanismos que se esgrimen, plantea la Comisión
de Puntos Constitucionales, "no son jurídicamene viables y son abiertamente
violatorios de la Constitución y, por lo tanto, inviables". Desde
luego, continúa, los directivos de Pemex señalan en sus declaraciones
que los contratos contemplan todo tipo de "candados" técnicos que
garanticen el control de Pemex y que todos los activos serán propiedad
de la paraestatal.
Otra violación -indican los legisladores en el
dictamen- radica en el hecho de que los servicios a contratarse son para
su ejecución en un periodo que va de 10 a 20 años por una
misma empresa. Actualmente, refiere, Pemex tiene celebrados 10 mil contratos
anuales con otras tantas empresas.
El documento reseña que como lo indicó la
propia solicitud de inicio de la controversia presentada para su dictamen
a la comisión, las autoridades han mencionado que los contratos
no sólo están diseñados para la extracción
de gas no asociado, como sucede en la cuenca de Burgos, sino que se van
a ir dando posteriormente en el petróleo.
Desde ese razonamiento, la solicitud argumentó
también que la generalización de los contratos implica que
las empresas públicas de energía transformarían su
naturaleza industrial a simples "administradoras" de contratos con las
implicaciones tecnológicas y profesionales que sobrevendrían.
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