México D.F. Martes 2 de marzo de 2004
Ninguna de las pruebas aportadas demuestra que
la esposa del ex empresario se suicidó, señala
Rechaza tribunal superior de Yucatán revisar
sentencia de Armando Medina
Se mantiene firme la sentencia de 20 años de
prisión; la defensa aún puede objetar el fallo
LUIS A. BOFFIL GOMEZ CORRESPONSAL
Merida, Yuc., 1º de marzo. El pleno del Tribunal
Superior de Justicia del Estado (TSJE), conformado por tres magistrados
y dos jueces, declaró hoy improcedente el recurso de revisión
extraordinaria promovido por el ex empresario Armando Medina Millet, condenado
a 20 años de prisión por asesinar en 1995 a su esposa Flora
Abraham Mafud, y dio totalmente por concluido el litigio.
No
obstante, los abogados defensores de Armando Medina Millet tienen la opción
de inconformarse con este fallo e interponer un amparo en cualquiera de
los tres juzgados colegiados federales de circuito que funcionan en Yucatán,
procedimiento al que todavía no han recurrido.
Los magistrados Angel Prieto Méndez, Mercedes Pérez
Fernández y Mygdalia Rodríguez Arcovedo, y los jueces Eugenia
Lizama Martínez de Pereira y Raúl Cano Calderón notificaron
al procesado que no procede la anulación de su sentencia y que,
por lo tanto, queda intacto el fallo emitido el 17 de octubre de 2000 por
la Primera Sala del TSJE. Este cuerpo colegiado consideró que ninguno
de los elementos aportados por la defensa en este juicio prueban que Flora
Ileana se suicidó.
Los togados expresaron su fallo en varios resolutivos.
En el primero se declara improcedente el recurso de revisión extraordinaria
promovido por el sentenciado; el segundo indica que queda intacta la sentencia
ejecutoria del 17 de octubre de 2000 emitida por el mismo TSJE.
El miércoles 25 de febrero el procesado salió
del penal de Mérida, por vez primera en ocho años, para comparecer
en audiencia pública ante el pleno del Tribunal de Justicia, donde
previamente había solicitado la revisión extraordinaria de
su caso.
Ese
día, Medina Millet llegó al Poder Judicial a bordo de una
lujosa camioneta, propiedad de la Secretaría de Protección
y Vialidad (SPV), dependiente del gobierno estatal, y manejada por su primo
Javier Medina Torre, titular de esa corporación policiaca, pero
fue recibido con abucheos por grupos priístas llevados ex profeso
por el regidor del tricolor Rafael Acosta Solís.
Durante su breve intervención en la vista pública,
Medina Millet -perteneciente a la clase social llamada, desde el siglo
XIX, casta divina- insistió en su inocencia y agregó
que su entonces esposa Flora Ileana Abraham Mafud se había suicidado.
Por su parte, la defensa de la familia Abraham Dáguer
-de origen libanés y con gran influencia económica en Yucatán-,
representada por el abogado capitalino Alonso Aguilar Zinzer, argumentó
que hay claras intenciones de la Procuraduría General de Justicia
del Estado de presionar y conseguir la libertad de Medina Millet.
El jueves 26, un día después de la vista
pública, la Comisión de Legislación del Congreso del
estado dictaminó por tres votos a dos desechar y archivar la demanda
de juicio político que interpuso en 2003 la defensa de Armando Medina
en el Poder Legislativo en contra de cinco magistrados: Angel Prieto Méndez,
Ricardo Avila Heredia, Mygdalia Rodríguez Arcovedo, Ligia Cortés
Ortega y Mercedes Pérez Fernández, acusados de privar injustamente
de su libertad al procesado.
Sin embargo, la fracción legislativa del PAN, con
el apoyo de los dos diputados independientes Manuel Avila Noh y Félix
Paat Alcocer, insiste en reabrir la solicitud de juicio político
y llevarla al pleno del Congreso, bajo riesgo de que ahora ellos enfrenten
sanciones administrativas y políticas.
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