México D.F. Lunes 9 de febrero de 2004
La declaratoria de monumento artístico
ya quedó firme, sostiene director jurídico del INBA
Ratifica tribunal negativa de amparo a coleccionistas
de María Izquierdo
MERRY MAC MASTERS
Un tribunal colegiado ratificó la decisión
de un juzgado de no amparar a seis coleccionistas que se oponen a la declaratoria
de monumento artístico de la obra de María Izquierdo (1902-1955),
informó a La Jornada Javier Andrés Oropeza Segura,
director jurídico del Instituto Nacional de Bellas Artes.
El 28 de octubre del año pasado el juzgado decimocuarto
de lo civil itinerante negó un amparo a los coleccionistas al considerar
que no acereditaron el interés jurídico, por lo que éstos
demandaron ante un tribunal la revisión del fallo.
Hace unas tres semanas un tribunal colegiado ratificó
la decisión del juzgado, precisó Oropeza.
"Eso ya quedó firme (la declaratoria). Tenemos
conocimiento de la ratificación, pero no nos la han notificado.
Las personas del juzgado tienen que ir personalmente a notificarnos. Vimos,
por supuesto, que estaba publicado en el Boletín judicial. Nos
cercioramos de que la sala había confirmado la sentencia del juzgado
de distrito. Entonces, ya no hay otra cosa que hacer allí.''
Más de un año de controversia
El
24 de octubre de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación
la declaratoria de Monumento Artístico a la obra pictórica
producida por la creadora jalisciense María Izquierdo había
sido declarada .
El 28 de octubre Luis-Martín Lozano, director del
Museo de Arte Moderno, indicó que 90 por ciento de la obra de la
artista estaba en manos de coleccionistas particulares (La Jornada,
29/ X/ 2002):
"En los últimos años hemos detectado que
algunos de sus cuadros más relevantes -El velo de novia,
por ejemplo, ya pertenece a un museo estadunidense- empiezan a salir al
extranjero.''
Por la declaratoria los coleccionistas necesitarán
la autorización del INBA para sacar del país las obras de
Izquierdo, y sólo podrán hacerlo por tiempo limitado.
En diciembre de 2002 seis coleccionistas solicitaron un
amparo contra la declaratoria. Se trata de Andrés Blaisten, Juan
Armando Marmolejo Gabilondo, Luis Castañeda Mariscal, Divo Milán,
Alejandra Reygadas de Yturbe y Mariana Pérez Amor.
La demanda fue presentada en el juzgado décimo,
pero posteriormente fue turnada al juzgado decimocuarto de lo civil itinerante.
Los argumentos de los quejosos
Se
alegó, en primera instancia, que la Ley Federal Sobre Monumentos
y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas es
inconstitucional, porque se viola el artículo 14 constitucional,
toda vez que no se otorga a los quejosos la garantía de audiencia
para defender sus derechos.
Luego se argumentó que, al contrario de lo que
se sostiene en la declaratoria, María Izquierdo, quien en 1930 expuso
por primera vez en Estados Unidos, "no fue la primera pintora mexicana
en haber alcanzado reconocimiento internacional".
También se rebatió el concepto de ''mexicanidad
genuina y profunda'' que ''parece encarnar'' la pintura de la jalisciense,
como explicó en su momento el abogado que llevó el caso de
los quejosos, José María Ostos de la Garza.
Sin embargo, desde que se dictó sentencia, el 28
de octubre de 2003, se determinó que "ninguna de las pruebas antes
enunciadas demuestra de manera fechaciente que las pinturas que amparan
los documentos exhibidos para acreditar la propiedad de los quejosos, sean
obra original de la artista María Izquierdo, y por tanto, se concluye
que no está fechacientemente comprobado el interés jurídico"
de los mismos.
También son monumento artístico las obras
de José María Velasco, Diego Rivera, José Clemente
Orozco, David Alfaro Siqueiros, Gerardo Murillo el Dr. Atl, Saturnino Herrán,
Frida Kahlo y las 38 obras de Remedios Varo exhibidas en el Museo de Arte
Moderno.
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