México D.F. Lunes 19 de enero de 2004
Jueza y parte en un caso de divorcio
Sus fallos, favorables al padre; posible relación
sentimental, la causa
JESUS ARANDA
En un caso sin precedente en el que está en entredicho
el ''impedimento legal'', la jueza cuarta de lo familiar en el Distrito
Federal, María de Jesús Jacaranda Solís Ledezma, fue
acusada penalmente por tener una presunta relación sentimental,
o al menos de amistad, con una de las partes involucradas en un juicio
de divorcio.
Solís Ledezma conoció en septiembre de 2001
a Armenak Eritsian Chujian -de origen armenio y naturalizado mexicano-
en el contexto del juicio de divorcio que interpuso su esposa, Ana María
Acosta Morales. En el proceso también se ventiló la custodia
y manutención de su hijo Areg, de dos años y medio de edad.
De acuerdo con documentación de la denuncia penal
-a la que tuvo acceso La Jornada- sólo de julio a noviembre
del año pasado fueron detectadas 215 llamadas entre los teléfonos
particulares de la juzgadora y de Armenak. Además, hay imágenes
-también en poder de este diario- en las que ambos se ven a las
afueras del domicilio de la juez al momento de sacar maletas de un vehículo.
Especialistas en la materia señalan que ésta
es una situación totalmente irregular porque, de acuerdo con la
ley, un juez debe declararse impedido legalmente de conocer un asunto ''en
negocio en que tenga interés directo o indirecto".
El
video muestra a Armenak y a la jueza a las afueras del domicilio de ésta,
ubicado en la colonia Ejidos San Francisco Culhuacán. Claramente
se ve el número 16 de la vivienda.
La relación de llamadas va del 27 de julio de 2003
al 5 de noviembre de 2003, y corresponde a los números particulares
de ambos.
Para los especialistas, el sólo hecho de que existiera
amistad o algún tipo de relación entre la jueza y "un justiciable"
es razón suficiente para que ésta se declarara impedida y
turnara el caso a otro colega. Al no hacerlo incurre en un posible delito,
además de que ella, se afirma, aspira a ser magistrada de lo familiar.
Sus decisiones han sido, la mayor de las veces, en favor
del ciudadano de origen armenio. Este inclusive habría violado la
ley al mentir en su ingreso a México, porque declaró ser
soltero, siendo que se casó en su país natal y en segunda
nupcias en Argentina, sin haberse divorciado en ambos casos, según
el expediente.
La demanda penal establece que ésta situación
''irregular'' se ha traducido en fallos que favorecen al padre.
El 20 de enero de 2003, la jueza Solís Ledezma
dictaminó que no procedía la acción de divorcio solicitada
por la señora Acosta y fijó un régimen de visitas
favorable al padre. Más adelante, aunque concedió la guarda
y custodia de Areg a la madre, en una decisión insólita revocó
su fallo el 5 de enero de este año y otorgó la custodia al
padre, tras una "comparecencia verbal" en la que no estuvo presente Acosta.
Es decir, la decisión se adopta sin respetar el principio constitucional
de audiencia.
Tampoco tomó en cuenta pruebas periciales en sicología
y siquiatría, en las que se daba constancia de la conducta violenta
de Armenak. "Después de innumerables amenazas de muerte a mí
y a mi familia de parte de Armenak Eritsian Chujian, el 7 de agosto de
2001 acudí al Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar
de la procuraduría del Distrito Federal con el fin de denunciar
los hechos y la conducta de este sujeto, abriéndose el expediente
CM6583-01.
Ese mismo día fue citado, pero nunca se presentó
a la audiencia".
Otra denuncia presentada por Acosta en contra de Armenak
Eritsian Chujian (FDBJ/31/UCD-01991/2002-09) señala que el 5 de
septiembre de 2001 su esposo se presentó armado a la casa de la
madre de la señora Acosta -donde se encontraba Areg, tras la separación
de la pareja-, pues pretendía llevarse por la fuerza al menor; sin
embargo, esta acción no la pudo concretar, toda vez que la familia
de la señora intentó impedirlo, originándose una trifulca.
Al lugar llegó la policía para controlar
el problema, por lo que debió trasladar a los involucrados a una
agencia del Ministerio Público, donde se levantó el acta
correspondiente.
No obstante, los hechos no fueron tomados en cuenta por
la jueza cuarta de lo familiar. Más aún, el 17 de noviembre
modificó su sentencia, al conceder "sin base alguna" al señor
Armenak el derecho de llevarse al menor más días de los que
había establecido meses atrás; inclusive el tenerlo en su
casa la noche del domingo y establecía la obligación para
la madre de recoger a su hijo en el domicilio de su esposo.
Esta decisión motivó una queja ante la tercera
sala de lo familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,
el cual resolvió que en razón de que la juez no había
tomado en cuenta dos pruebas periciales -en sicología y siquiatría-,
la resolución del 17 de noviembre quedaba insubsistente.
Sin embargo, el 5 de enero pasado, Armenak Eritsian, quien
llegó a México en 1999 en calidad de "perseguido político"
y quien logró su naturalización en marzo de 2002, con sólo
tres años de residencia, se presentó ante la jueza y en una
"comparecencia verbal" -situación que es insólita, porque
todos los juicios ordinarios son por escrito-, se quejó de que la
madre no había ido a recoger al menor desde el 26 de diciembre en
que él se lo llevó.
Sin audiencia de por medio, la jueza resolvió modificar
su sentencia y otorgar la guarda y custodia del menor al padre.
El abogado de la señora Acosta, Jürgen Beltrán
Hinckfuss, aseveró en entrevista con este diario que la decisión
de la jueza no sólo es inválida, sino ilegal, porque un tribunal
ya había dejado sin efectos toda actuación de la juzgadora.
Amparado en la decisión, el armenio de origen ha
impedido que la señora Acosta vea a su hijo desde el pasado 26 de
diciembre.
Es una situación que la tiene desesperada, lamentó
el licenciado Beltrán, quien comentó que ante el temor fundado
de que le suceda algo a Areg, su defendida interpuso una demanda ante la
Agencia para la Seguridad de las Personas (BJ-1t1/3318/03-12) en la que
denuncia a su esposo por "retención y sustracción de menores",
porque no le ha sido devuelto su hijo
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