México D.F. Lunes 29 de septiembre de 2003
Los visitadores A y B, anticonstitucionales; interfieren con los jueces: Heriberto Arriaga
Denuncia magistrado la creación de cotos en el Poder Judicial
JESUS ARANDA
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ha impulsado "la creación y consolidación de cotos de poder en el Poder Judicial de la Federación", al instaurar ilegalmente la figura de visitadores judiciales A y B -encargados de revisar que la actuación de los jueces sea conforme a derecho-, los primeros son magistrados de circuito (tres) y los restantes también miembros del Poder Judicial de la Federación (PJF). Además, los magistrados de circuito ocupan los principales cargos en la estructura del CJF, sin que ello esté previsto legalmente.
Lo anterior forma parte de la demanda vía "acción popular" que el magistrado numerario de Tribunales Agrarios en receso Heriberto Arriaga Garza interpuso ante los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), denunciando la "casta" en que se han convertido los magistrados que ocupan altos puestos en el CJF, particularmente los recién nombrados visitadores judiciales A, quienes fueron facultados por el pleno del consejo, para violar "flagrantemente la independencia y autonomía" de jueces y magistrados federales, al otorgarles el derecho de conocer sus proyectos de resolución antes de que dictaminen asuntos a su consideración.
Esta injerencia en la labor de los juzgadores está prohibida expresamente por la Constitución, sin embargo, forma parte del acuerdo general 9/2003 del pleno del CJF -que encabeza el presidente de la Corte, ministro Mariano Azuela Güitrón-, aprobado el 26 de febrero de este año, que prevé la puesta en marcha del Programa de Restructuración de la Visitaduría Judicial, con el que se estableció que habrá un visitador general (magistrado), tres visitadores A (magistrados) y 19 visitadores B (los cuales, aunque fueron electos mediante concurso "abierto", únicamente resultaron ganadores miembros del PJF).
Arriaga Garza, quien formó parte del selectivo y quedó eliminado en una etapa oral "llena de irregularidades", señala las nuevas facultades de los visitadores A: "revisar las resoluciones, y en su caso, los proyectos de resolución formulados por los titulares de los órganos jurisdiccionales. Dicha revisión la harán a solicitud de cualquiera de las comisiones o del pleno del CJF".
La Ley Orgánica del PJF establece, sin embargo, que los visitadores únicamente tienen la misión de conocer cómo trabajan juzgados y tribunales, la cantidad de asuntos que manejan y los posibles rezagos en las resoluciones, la existencia de quejas o denuncias de los abogados litigantes o del personal del órgano jurisdiccional.
Arriaga cuestiona, por otra parte, que en sus acuerdos generales, el consejo justifique la "usurpación" de funciones de parte de los magistrados, quienes son los únicos con derecho a ser visitadores judiciales A, pese a que la legislación no prevé tal preferencia, como tampoco señala que la visitaduría judicial forme parte de la carrera judicial. Agrega que el CJF pretende mantener el control de los juzgadores mediante un cuerpo de visitadores judiciales en el que sólo participan miembros de la judicatura federal, siendo que se requiere personal calificado y profesional que sea "externo" y garantice así las independencia de que debe gozar todo órgano de control.
En su denuncia Heriberto Arriaga Garza explica que él participó en el reciente concurso de oposición para ser visitador judicial B, en el que 60 por ciento de la calificación depende del examen oral. Pese a que la ley establece que esa evaluación debe ser pública, resulta que fue en privado, sin que quedara constancia grabada o estenográfica de las respuestas de los concursantes, lo que pone en entredicho la imparcialidad de los resultados.
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