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México D.F. Viernes 20 de junio de 2003
DIGNA: IMPUNIDAD POR DEFICIENCIA
El
informe presentado en días recientes por expertos de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la investigación
del homicidio de la abogada Digna Ochoa constituye un alarmante testimonio
sobre las incapacidades, las carencias, las improvisaciones y la inoperancia,
en general, de las instancias nacionales y locales encargadas de la investigación
y la procuración de justicia.
El documento, cuyo resumen fue difundido por el Centro
de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, señala
que las abrumadoras fallas técnicas, conceptuales y jurídicas
cometidas en las pesquisas por la muerte de la defensora de derechos humanos,
y que corresponden a policías, agentes del Ministerio Público
y peritos, son de índole estructural, y no coyuntural. Es decir,
resulta inevitable concluir que el grueso de las investigaciones emprendidas
por las procuradurías federal y capitalina no logran su objetivo
de establecer la verdad de los hechos por métodos científicos
y localizar y capturar a los responsables.
Salvo por lo que se refiere a la Secretaría de
la Defensa Nacional, cuya renuencia a colaborar con los investigadores
resulta inexplicable, el informe de la CIDH no sugiere actitudes dolosas
ni obstrucciones deliberadas de la procuración de justicia; exhibe,
simplemente, ineptitud, pobreza de medios, falta de capacitación
y atraso en instancias como los Servicios Periciales de la Procuraduría
General de Justicia, el Servicio Médico Forense y el Tribunal Superior
de Justicia del Distrito Federal.
La más grave consecuencia de estos vicios, tanto
en el caso de Digna como en muchos otros que ni siquiera salen a la luz
pública, es la impunidad. Queda, entonces, la certeza desalentadora
de que, ya sea por las redes de corrupción que vinculan a la criminalidad
organizada con las instituciones de procuración e impartición
de justicia, o por las carencias intelectuales y técnicas de las
segundas, quedan sin resolver -esto es, sin esclarecer, sin identificar
a los responsables y sin someterlos a juicio y a sanción- un alto
porcentaje de los delitos graves en el país y en la ciudad de México.
En lo general, la recomendación de la CIDH en el
sentido de establecer a la brevedad, y en toda la extensión y profundidad
que se requiere, nuevos modelos de investigación penal, debiera
ser acatada por las instituciones de procuración e impartición
de justicia del país. Pero en lo inmediato es exigible que las instancias
del ramo en el Distrito Federal reconstruyan la investigación de
la muerte de Diga Ochoa y ofrezcan a la opinión pública resultados
verosímiles y apegados a derecho.
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