México D.F. Sábado 14 de junio de 2003
OBSERVATORIO CIUDADANO DE LA EDUCACION
Comunicado No. 101
La educación en la 58 Legislatura
De 51 iniciativas, sólo seis decretos aprobados
Prescolar obligatorio, entre lo más destacado
COMO EN OTROS ASPECTOS de la vida política
nacional, en educación el papel del Poder Legislativo ha adquirido
relevancia especial. No sólo por la función que desempeña
en la aprobación del presupuesto anual de la Federación y
consiguientemente de las partidas de gasto del sector; sino principalmente
por la posibilidad que tiene para orientar la marcha de la educación
a través del trabajo legislativo. Reconociendo esa importancia,
nos parece de interés público analizar qué hizo la
58 Legislatura por la educación en los últimos tres años
y cuáles son los pendientes que encontrará la nueva Cámara
de Diputados.
RESULTADOS. El trabajo legislativo en materia educativa
es realizado fundamentalmente por las comisiones de Educación Pública
y Servicios Educativos, y de Ciencia y Tecnología de la Cámara
de Diputados, así como por la Comisión de Educación
y Cultura de la de Senadores. En el periodo de la 58 Legislatura fueron
turnadas, discutidas y promovidas 51 iniciativas en estas comisiones. De
ellas, 15 fueron iniciadas por el PRD, 13 por el PAN, 13 por el PRI, dos
por el PVEM y una por el PT. Además, seis iniciativas tuvieron su
origen en la Cámara de Senadores y una en el Ejecutivo federal.
Sólo seis se concretaron en decretos de ley (Fuente: Gaceta Parlamentaria,
actualizada al 30 de mayo de 2003).
A LA ACTIVIDAD CIENTIFICA Y tecnológica
hacen referencia específica dos de estos decretos. El primero, promovido
por la fracción parlamentaria del PAN y posibilita la aplicación
de estímulos fiscales para fomentar actividades de ciencia y tecnología
al hacer una adición al artículo 163 de la Ley del Impuesto
sobre la Renta (DOF 13/12/01). El segundo, de mayor trascendencia
y promovido por el actual Ejecutivo federal, dio lugar a la nueva Ley de
Ciencia y Tecnología y a la Ley Orgánica del Consejo Nacional
de Ciencia y Tecnología (DOF 05/6/02). Algunos de sus principales
cambios, como se destaca en el decreto correspondiente, se refieren a aspectos
de planeación (creación de diferentes estructuras de apoyo
a la actividad), presupuesto (se creó un ramo presupuestal para
ciencia y tecnología) y de mayor capacidad de coordinación
y autonomía para el Conacyt.
LA CONTROVERTIDA REFORMA sobre la obligatoriedad
del nivel prescolar fue el tercer decreto aprobado. La iniciativa, promovida
por el PAN y apoyada por el resto de las fracciones, implicó adiciones
a los artículos tercero y 31 constitucional. De acuerdo con el decreto,
impartir educación prescolar ya es una obligación para el
Estado, quien debe determinar planes y programas de estudio, así
como otorgar reconocimiento de validez oficial a los estudios que se lleven
a cabo en planteles particulares que cumplan con los requisitos establecidos
SEGUN LOS ARTICULOS transitorios del decreto será
efectiva la educación prescolar obligatoria en los siguientes plazos:
en el tercer año de prescolar, a partir del ciclo 2004-2005; el
segundo año de prescolar, a partir del ciclo 2005-2006; y el primer
año de prescolar, a partir del ciclo 2008-2009 (DOF 12/10/02).
A pesar de lo que establece la norma, se ve difícil que se cumplan
los plazos previstos por varias razones: la necesidad de formar personal
docente especializado que atienda el nivel, el volumen de recursos que
se necesitan para generar la infraestructura requerida, así como
por la disposición de las familias de enviar a los niños
a la escuela desde los tres años, entre otras.
EL CUARTO DECRETO se refiere a la iniciativa impulsada
por el Senado para reformar dos artículos de la Ley General de Educación,
a fin de incorporar y reconocer a la ecología como un elemento esencial
para el desenvolvimiento del individuo y la sociedad -artículo 7º
fracción xi- y para que las autoridades educativas locales pongan
a consideración y, en su caso, autorización de la SEP, contenidos
regionales que permitan que los educandos adquieran mejor conocimiento
de los aspectos propios de la entidad y municipios respectivos -artículo
48- (DOF 30/12/02). La reforma se limita a enunciados generales;
habrá que esperar a que se concreten efectivamente en los programas
y en el contenido de los libros de texto.
EL QUINTO DECRETO, referido a reformas sobre el
financiamiento educativo, en el nuevo artículo 25 de la Ley General
de Educación establece que "el gobierno federal destine 8 por ciento
del producto interno bruto (PIB) a las tareas educativas a más tardar
en 2006" (DOF 30/12/02). Ya hemos analizado anteriormente el origen
de la iniciativa, la intervención de las distintas fracciones y
las dificultades para alcanzar la meta decretada (Comunicados 90 y 91).
LA LEY GENERAL DE DERECHOS Lingüísticos
de los Pueblos Indígenas, creada a partir de uno de los decretos
más recientes, y promovido por el PRD, se-ñala la responsabilidad
para las autoridades educativas federales y estatales de garantizar que
la población indígena tenga acceso a la educación
obligatoria, bilingüe e intercultural, fomentándose, asimismo,
en los niveles medio y superior, la interculturalidad, el multilingüismo
y el respeto a la diversidad y los derechos lingüísticos (artículo
11).
ESTA NORMA TAMBIEN REFORMA el artículo séptimo,
en su fracción IV, de la Ley General de Educación al reconocer
la pluralidad lingüística de la nación y la garantía
para que los hablantes de lenguas indígenas tengan acceso a la educación
obligatoria en su propia lengua y en español (DOF 13/3/03).
De acuerdo con sus artículos transitorios habrá que esperar
que el Consejo Nacional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas
se constituya efectivamente dentro de los seis meses siguientes y que se
cuente, en un plazo de dos años, con el personal capacitado para
emprender las tareas previstas.
DECRETOS QUE COMPLEMENTAN lo realizado por las
comisiones de educación y ciencia son la Ley Federal para Prevenir
y Eliminar la Discriminación (Comunicado 86), firmada por el presidente
Vicente Fox el 9 de junio de 2003, y el decreto de Ley General de Cultura
Física y Deporte (DOF 24/2/03), el cual señala varias
responsabilidades para la SEP en términos de la supervisión,
fomento y coordinación del Programa Nacional de Cultura Física
y Deporte (artículo 29), sin duda uno de los asuntos más
descuidados del sistema educativo nacional.
PENDIENTES. Algunos asuntos dictaminados por la
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos
fueron turnados al Senado y probablemente serán desahogados en la
siguiente Legislatura. Principalmente, el decreto que reforma y adiciona
una fracción al artículo 75 de la Ley General de Educación,
para sancionar a instituciones que no acepten en sus planteles a niños
con alguna discapacidad; el proyecto de decreto por el que se expide la
Ley de Depósito Legal para que la Biblioteca Nacional y el Sistema
de Bibliotecas del Congreso de la Unión conserven al menos dos publicaciones
de todo el material editado (en cualquier soporte) en México; y
el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos: séptimo
(para que la educación que imparta el Estado promueva, entre otros,
el valor de la justicia y propicie el conocimiento y respeto de los derechos
humanos -fracción VI); octavo (para que el Estado promueva la generación
de una cultura de calidad permanente en los procesos educativos -fracción
IV); 31 (para que las autoridades educativas den a conocer los resultados
de las evaluaciones que realicen) y 56 de la Ley General de Educación
(para que las autoridades educativas publiquen la relación de instituciones
a las que hayan concedido autorización o reconocimiento de validez
oficial de estudios).
OTRAS REFORMAS PENDIENTES que aunque fueron consideradas
en las comisiones, conciernen a la educación superior: la ley de
educación superior (que no existe), la adición al artículo
tercero constitucional en materia de fortalecimiento de la educación
pública superior y la reforma a la normativa de profesiones. Esta
ausencia de una norma general, que regule a las instituciones públicas
y particulares que ofrecen el servicio, subyace en varios de los conflictos
y debates universitarios de los últimos años: baste mencionar
temas como la gratuidad de la universidad pública, el alcance de
la autonomía, la supervisión académica de las universidades
privadas, la acreditación de programas y profesionales, la liberalización
del sector en el marco de los acuerdos de libre comercio, entre otros.
LA RESTRUCTURA DE LA SEP, la formalización
del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, el Sistema Nacional de
Evaluación, la reforma de los Consejos de Participación Social,
la reforma de las normales, la autonomía del IPN, las implicaciones
legales de los acuerdos del Compromiso Nacional por la Calidad de la Educación,
entre otros temas, quedan pendientes al trabajo de la próxima Legislatura.
LA ACTIVIDAD DE LA LEGISLATURA actual está
por concluir y las opiniones sobre su desempeño son variadas. Existen
distintas apreciaciones sobre la eficiencia y eficacia de esta Legislatura,
sobre su renuencia, para algunos o resistencia, para otros, a apoyar reformas
que faciliten los proyectos de política pública planteados
por el Ejecutivo federal; sobre la duración de los periodos laborales
y los salarios de los legisladores, entre otras.
EL PROXIMO MES SERAN las elecciones para renovar
la Cámara de Diputados y quizá uno de los factores que tomarán
en cuenta los ciudadanos al votar sea su valoración sobre el trabajo
realizado por los diputados salientes. La tarea legislativa es un rubro
que merece especial atención para entender la solvencia jurídica
y política de la agenda nacional de educación, sobre todo
porque ninguna de las fuerzas políticas tendrá el poder de
tomar decisiones sin negociar antes con los partidos representados en la
Cámara de Diputados.
INTERROGANTES. ¿A través de qué
medios recogen los diputados las necesidades educativas de la sociedad
y cuál es en la agenda legislativa su orden de prioridades?
¿SE DA CONTINUIDAD y seguimiento a la aplicación
de propuestas educativas decretadas? ¿Debiera el mismo Congreso
establecer un órgano de seguimiento y evaluación de sus decretos?
¿SE BUSCA ARMONIZAR las propuestas legislativas
con el contenido del Programa Nacional de Educación? ¿Po-drían
encontrarse mecanismos más eficaces para que se abran camino las
propuestas razonables de otros actores involucrados en la educación
¿QUIENES SOMOS?
Todos los ciudadanos están cordialmente invitados
a sumarse a nuestra iniciativa. Favor de enviar sus nombres con sus datos
de localización e identificación al correo electrónico:
[email protected]
[email protected]
Visítenos en:
http://www.observatorio.org
Escúchenos por:
Radio UNAM (860 AM) en el programa Deslinde,
el primer lunes de cada mes a las 19 horas
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