Carlos Montemayor
El retorno de los caciques
El diccionario de la Real Academia registra la palabra cacique como una voz caribe. La define así en su primera acepción: "Señor de vasallos o superior en alguna provincia o pueblo de indios". Por extensión, y como segunda acepción, se aplica a la "persona que en un pueblo o comarca ejerce excesiva influencia en asuntos políticos o administrativos". El diccionario registra el término caciquear de la siguiente manera: "Intervenir en asuntos usando indebidamente de autoridad, valimiento o influencia".
El llamado Diccionario de autoridades, del año 1726, agregaba a la primera acepción una más: "Por semejanza, se entiende el primero de un pueblo o República que tiene más mando y poder y quiere por su soberbia hacerse temer y obedecer de todos los inferiores". Explicaba, asimismo: "aunque en muchas partes de las Indias tienen otros nombres, según sus idiomas, los españoles los llaman a todos caciques, que parece lo tomaron de las islas de Barlovento, que fueron las primeras que se conquistaron".
Otros datos históricamente importantes acerca de los caciques hay en la Recopilación de las Leyes de Indias. El título siete del Libro VI reúne los preceptos concernientes a ellos. La ley cuarta, por ejemplo, de 1593 y 1596, manda que "Las justicias ordinarias no puedan privar a los caciques de sus cacicazgos por ninguna causa criminal o querella" y que "el conocimiento de esto quede reservado a las audiencias y oidores visitadores del distrito". Esta ley reafirmó y, en otros aspectos, acotó, el contenido de la ley duodécima de 1549, cuya primera sección, transcrita por el Diccionario de autoridades, ordenaba que: "Ningún juez ordinario pueda prender cacique ni principal si no fuere por delito grave y cometido durante el tiempo que el juez, corregidor o alcalde ejerciere jurisdicción".
La ley quinta del 26 de febrero de 1538 estipulaba, por último, otro rasgo: "Prohibimos a los caciques que se puedan llamar o intitular Señores de los Pueblos porque así conviene a nuestro servicio y preeminencia real. Y mandamos a los virreyes, audiencias y gobernadores que no lo consientan ni permitan, y solamente puedan llamarse caciques o principales..."
Dijimos que el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española reconoce ahora el término como una voz caribe. El Diccionario de autoridades parecía inclinarse a consignarlo así al referirse a las islas de Barlovento. Pero luego precisó: "Es voz mexicana que significa señor".
En el célebre y magnífico diccionario de Sebastián de Covarrubias, de 1611, el Tesoro de la lengua castellana o española, anterior al de autoridades, define la voz cacique de esta manera: "Señor de vasallos... señor que tiene más fuerzas para sujetar a los demás".
Covarrubias creía piadosamente que el mundo se había poblado después del diluvio conforme el registro sagrado de la Biblia. Y que a pesar de la confusión de lenguas durante la construcción de la torre de Babel, la lengua original o primera guardaba el secreto de muchas voces. Así pues, para Covarrubias cacique provenía de la voz hebrea jazáq (het, zain, qof): fuerte, poderoso, robusto, que podía leerse también jásed: robustecerse, endurecerse.
Para el lexicógrafo mexicano Marcos E. Becerra, en cambio, en su Rectificaciones y adiciones al Diccionario de la Real Academia Española de 1954, el origen de la voz cacique no es caribe (ni, por supuesto, hebreo), sino maya. La deriva de kab, "mano", y tsik, "obedecer, honrar". En maya el término mano expresa la idea de mando, en efecto, por lo que podríamos reconocer en la composición kabtsik el concepto del "mando al que se honra u obedece". Comentó que en Honduras, Costa Rica y Colombia un sinónimo de cacique era gemonal, derivado posiblemente de la corrupción de la voz española corporal.
He señalado estos diversos rasgos porque configuran quizás los datos rudimentarios del poder e invulnerabilidad que ha desarrollado el caciquismo político en México. Históricamente, la palabra debía distinguirse, por ley, de cualquier otra dignidad o autoridad establecida por la Corona.
En el México porfirista y de la revolución la voz cacique volvió también a distinguirse de cualquier otra autoridad constitucional y se aplicó a una autoridad de facto, que parece inamovible ante autoridades constitucionales, invulnerable a todas las formas reconocidas de poder legal y sólo sujeto, en principio, a la autoridad mayor: al monarca, virrey, gobernador o presidente de la República en turno. Este privilegio de considerarse invulnerable, a salvo de las autoridades regionales, constituye el núcleo esencial de una peculiar prerrogativa que hasta nuestros días sigue caracterizando a estos poderes de facto: la impunidad.
Fuera de la etimología, los caciques en México han provenido, después del periplo de la Colonia, del ejercicio único de la fuerza, la corrupción, la coacción, el despojo, el atraco. Durante la Colonia y en la dinámica social y política de los pueblos indios el concepto cacique sólo era negativo por razones racistas: se trataba de una autoridad indígena que no podía emplear otro nombre, pero no era negativo por el ejercicio mismo de esa autoridad. Después de la Colonia, fuera de las autoridades de los indios, entre mestizos y criollos el siglo XIX produjo una autoridad ilegal, sanguinaria, que basó su fortalecimiento primero y precisamente contra las tierras y derechos de habitantes no indígenas de comarcas enteras. Estos son los nuevos caciques, la figura política arbitraria.
Dueños de los jueces, ellos mismos decidían e interpretaban los derechos propios y ajenos. Dueños de la fuerza, ellos tenían como brazo ejecutor a sus propios pistoleros y no necesitaban de policías ni de órdenes de jueces. Dueños de la ilegalidad, ellos se hacían justicia por su propia mano y las autoridades legales, sometidas a ellas, pensaban que esa violencia unilateral e impune era el restablecimiento de la ley. El porfiriato y la revolución de 1910 produjeron los más célebres y temibles caciques, ciertamente. Pero el modus operandi de hacerse justicia por propia mano, mediante pistoleros y con la connivencia de las autoridades legalmente establecidas no se redujo a zonas rurales y comarcas remotas: se abrió paso en los sectores forestales, agropecuarios, industriales y comerciales. También surgió en el corporativismo del viejo sistema político del sindicalismo minero, petrolero, eléctrico y magisterial.
La escala del poder caciquil es amplia y diversa en dimensiones, importancia y notoriedad. Pero el modus operandi es el mismo y lo identifica: hacerse justicia por propia mano mediante pistoleros propios y el silencio cómplice o apoyo abierto de las autoridades; además, amenazar y perseguir a todo aquel que se atreva a denunciarlo. Ahora el caciquismo y su modus operandi se oficializaron con Tv Azteca en el espacio radioeléctrico de México. Y con el aplauso de varios secretarios de Estado y del Presidente de la República. En este gobierno del cambio, empieza el retorno de los caciques.