Niegan amparo a Tv Azteca; la PGR indaga si se configuraron delitos
El juzgado segundo de distrito en materia administrativa negó el amparo solicitado por Televisión Azteca en contra de la posible requisa o cualquier acción del Ejecutivo referente a la la señal de Canal 40. Este fallo posibilita que el Presidente de la República ordene "sin problemas" esa medida.
Al mismo tiempo, la Procuraduría General de la República (PGR) continúa la integración de las averiguaciones previas del caso CNI-Tv Azteca. Los agentes del Ministerio Público Ignacio Sandoval, Miguel Pagés y Carlos Arredondo son los encargados de la indagatoria 126/FESPLE/2003 por el delito de despojo y lo que resulte en contra de empleados de la emisora del Ajusco.
Fuentes oficiales informaron que hasta el momento han comparecido alrededor de 15 personas y que además se han realizado diversos peritajes con el fin de determinar si se configuró el delito de despojo el pasado 27 de diciembre, como lo denunció Televisora del Valle de México.
Personal de la subprocuraduría "A" de Procedimientos Penales de la PGR también analiza la denuncia que en 2000 presentó Tv Azteca en contra del concesionario de canal 40, Eduardo Moreno Valle, y de otros funcionarios de esa empresa por el supuesto delito de robo de señal en perjuicio de la cadena del Ajusco.
Aún no se ha decidido si se ejercitará acción penal o esta indagatoria se mantendrá en reserva hasta la obtención de nuevos elementos de prueba que sirvan para la determinación final.
En diciembre pasado Tv Azteca interpuso la demanda de amparo en contra de cualquier acto del Ejecutivo. Esta semana -después que el vocero presidencial, Rodolfo Elizondo, revelara la posibilidad de que el gobierno federal decretara precisamente la requisa de dicha señal- la televisora del Ajusco interpuso una ampliación del recurso para evitar una acción legal de ese tipo.
Según el expediente de la causa, la demanda inicial de Tv Azteca se interpuso en diciembre pasado contra la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y no se solicitó suspensión alguna. En cambio, en la ampliación posterior se pedía directamente la no aplicación de la requisa, así como una suspensión provisional, la cual, al ser negada, impide en los hechos la posibilidad de que las televisoras puedan eludir la aplicación de esa figura jurídica.
Fuentes cercanas a la negociaciones admitieron que la suspensión provisional favorece, paradójicamente, a Tv Azteca y que el perdedor sería CNI, que quedaría imposibilitado para ampararse en caso de que se aplicara la requisa. Además, la emisora del Ajusco mantendría sus dos canales nacionales, mientras Televisora del Valle de México quedaría fuera del negocio.
Los informantes explicaron que si el gobierno federal aplicara la requisa, las partes en conflicto estarían en condiciones de impugnar legalmente la acción, como si se tratara de una expropiación. La requisa, advirtieron, sería inconstitucional porque no se cumple ninguno de los supuestos que prevé la legislación. El gobierno podría ser demandado y eventualmente tendría que indemnizar a los demandantes por los daños y perjuicios que ocasionara su acción. JESUS ARANDA Y GUSTAVO CASTILLO