Aprueba el instituto electoral resolución del tribunal
GDF y partidos podrán participar en la promoción del plebiscito
GABRIELA ROMERO SANCHEZ
Con severas críticas a las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) en torno al plebiscito sobre la construcción de segundos pisos en Viaducto y Periférico, el Consejo General del Instituto Electoral del DF (IEDF) modificó ayer las reglas para las campañas de difusión de ese ejercicio, que podrán realizar el Ejecutivo local, los partidos y las agrupaciones políticas.
Por otra parte, trascendió que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) podría desechar en su sesión de hoy los recursos presentados por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, del Trabajo y Convergencia por la Democracia, en los que impugnan la sentencia del TEDF, mediante la cual establece que para tener carácter vinculatorio, la votación deberá ser de dos millones 200 mil sufragios a favor de alguna de las dos opciones.
De confirmarse este fallo, el TEPJF ratificaría la sentencia elaborada por el magistrado Rodolfo Terrazas Salgado y aprobada, por cuatro votos a favor y uno en contra, por el pleno del Tribunal Electoral capitalino.
Ayer, durante sesión extraordinaria del IEDF, los consejeros electorales pusieron en tela de juicio las dos resoluciones del TEDF referentes al plebiscito. El consejero Rubén Lara enfatizó que en el Distrito Federal "estamos presenciando reiteradamente tendencias del órgano superior jurisdiccional electoral por ir más allá de su elevada función de vigilar la debida aplicación de las normas, para crearlas y recrearlas". Mientras, el consejero Leonardo Valdés calificó de parcial la actuación de los magistrados en esta sentencia.
Agregó que hay poco sentido en los argumentos y reflexiones de los magistrados, ya que sólo se basan en el análisis del artículo 41 constitucional y olvidan otros ordenamientos, como el Estatuto de Gobierno del DF. "La Constitución permite a los partidos participar en los procesos electorales, pero no en los de participación ciudadana", acotó.
La consejera electoral Rosa María Mirón Lince dijo que el TEDF se facultó asimismo para interpretar artículos constitucionales, pese a que esto sólo lo pueden hacer los órganos del Poder Judicial de la Federación. Para el consejero Juan Francisco Reyes del Campillo, la resolución en cuestión "es más política que jurídica, ya que en ninguno de los argumentos que da señala para quién o para qué es conveniente la participación de los partidos".
La posibilidad de que el Ejecutivo local pueda intervenir en las campañas fue otro de los puntos de la sentencia que cuestionó el consejero Lara León. "Es incongruente e ingenuo permitir al jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, participar como promotor de la consulta sin que pueda pronunciarse por ninguna de las opciones, pues los actos que ha realizado dejan ver que él ya tomó la decisión a favor de que sean construidos los segundos pisos".
El consejero Eduardo Huchim May puntualizó que el fallo emitido no favorece a ningún partido en particular, sino a los ciudadanos, ya que puede propiciar mayor afluencia a las urnas.
El IEDF, órgano subordinado: magistrado
El magistrado Rodolfo Terrazas lamentó las descalificaciones hechas por los consejeros electorales. "No son abogados, y parece que orientan sus opiniones a lo que les dicen sus asesores, quienes al parecer adolecen de falta de conocimientos de derecho".
Recordó que desde 2000 el TEDF interpreta la Constitución al elaborar sus resoluciones, y como ejemplo citó los casos de la residencia de Andrés Manuel López Obrador y la cláusula de gobernabilidad en la ALDF.