Tienen suspensión definitiva contra la reciente ley
Banamex y Bancomer no pueden ser sancionados, dice su representante legal
JESUS ARANDA
Ninguna de las casi 500 sucursales que tienen Banamex y Bancomer en el Distrito Federal podrán ser objeto de revisión o sanción alguna por parte de las autoridades capitalinas por aspectos relacionados con la seguridad de sus instalaciones, porque ambos bancos cuentan con suspensiones definitivas en contra de la aplicación de la Ley de Establecimientos Mercantiles.
El representante legal de estas instituciones, Marcos Nazar Sevilla, señaló lo anterior y precisó que si alguna autoridad pretendiera actuar legalmente contra las sucursales de dichos bancos con base en dicha legislación, podría ser sancionada.
Comentó que otras instituciones crediticias han obtenido también amparos definitivos en contra de la intención de las autoridades capitalinas de regular la seguridad en los bancos, aunque acotó que cada suspensión tiene sus particularidades, como es el hecho de que algunas tenían vigencia hasta el 7 de agosto pasado, cuando entró en vigor la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, que permite a las autoridades capitalinas supervisar la seguridad en los bancos.
El abogado precisó que, por lo menos en lo que respecta a Bancomer y Banamex, la suspensión definitiva a su favor impide que las casi 500 sucursales que hay en el Distrito Federal sean revisadas o sancionadas por razones de seguridad con base en la citada ley. Prácticamente, comentó, el resto de las sucursales está en la misma situación.
En este sentido, cuestionó al secretario de Seguridad Pública, Marcelo Ebrard, porque "sigue engañando" a la opinión pública al insistir en que hará valer la Ley de Establecimientos Mercantiles para garantizar la seguridad de los bancos, cuando la inmensa mayoría de las instituciones crediticias cuentan con suspensiones definitivas, reiteró.
Cabe recordar que el pasado 30 de abril la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó las reformas legales que establecen que las sucursales bancarias deberán ajustarse a las disposiciones previstas, incluida la seguridad de las instalaciones, so pena de hacerse acreedoras a multas que van de 351 a 2 mil 500 días de salario mínimo.
También prevé la obligación de los banqueros de garantizar la seguridad de usuarios y empleados en el interior de las sucursales, coadyuvar a que no se altere el orden en las zonas aledañas a los bancos, contar con sistemas y equipos de vigilancia y grabación de imágenes en el interior y exterior de las sucursales, además de prohibir el uso de aparatos de comunicación móvil, como teléfonos celulares.
En las suspensiones definitivas a favor de Bancomer y Banamex, obtenidas en los juzgados cuarto y séptimo y administrativos, los banqueros argumentaron que el Congreso de la Unión es el único facultado para reglamentar la actividad bancaria, incluida la seguridad en las sucursales; además de que la Suprema Corte en su momento declaró inconstitucional un reglamento municipal en la ciudad de Guadalajara que pretendía normar también el servicio y la seguridad de las sucursales bancarias.
De esta manera, los jueces federales determinaron que no se podrá aplicar la legislación capitalina en materia mercantil ni a Bancomer ni a Banamex, por lo que respecta a la seguridad de sus inmuebles; esto, en tanto se resuelven los amparos de ambas instituciones en contra del gobierno capitalino y las 16 delegaciones políticas, que anunciaron desde abril pasado su intención de aplicar la Ley de Establecimientos Mercantiles.
Además está en curso una controversia constitucional interpuesta por la Procuraduría General de la República en contra de la ALDF por la promulgación de la citada ley, por lo que será la Suprema Corte la que resuelva en definitiva en cuanto a cuál es la autoridad encargada de regular la seguridad en las sucursales bancarias Así, se espera que los juzgados no resuelvan los amparos en contra de dicha ley hasta que el máximo tribunal determine la constitucionalidad de la norma capitalina.