lunes 5 de agosto de
2002 |
Editorial La preliberación de presos que
cometieron delitos graves |
El pasado 8 de julio se presentó
ante el Congreso del estado una iniciativa -de la cual
este diario tiene una copia- que pide reformar el artículo
54 bis de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas de
la Libertad para otorgar al jefe del Poder Ejecutivo -es
decir, al gobernador- la facultad de determinar la
procedencia o improcedencia de conceder a un sentenciado
por un delito grave -como es homicidio, violación,
corrupción de menores, asalto y secuestro, entre otros-
el beneficio de la preliberación. Esta propuesta, que está siendo analizada en el Congreso, es muy delicada, ya que se le estaría asignando a una sola persona la responsabilidad de tomar una decisión difícil y que puede generar graves consecuencias. Suponiendo que el Congreso apruebe la reforma y el actual titular del Poder Ejecutivo actuara correctamente y aplicara adecuadamente la facultad de otorgar una preliberación a un sentenciado por un delito grave, eso no garantiza que en el futuro los gobernantes usarán esta disposición legal de manera correcta y no para dar impunidad a criminales. En el presente existe un crecimiento alarmante del número de ilícitos graves, como son los secuestros y los asaltos con violencia. Hasta ahora las autoridades no han podido controlar el incremento de los índices delictivos. Por tanto, resulta inadecuado que en estos momentos se analice otorgar el beneficio de la preliberación a los autores de los hechos delictuosos que más angustia y dolor provocan a la sociedad. |