Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 14 de julio de 2002
  Primera y Contraportada
  Editorial
  Opinión
  Correo Ilustrado
  Política
  Economía
  Cultura
  Espectáculos
  CineGuía
  Estados
  Capital
  Mundo
  Sociedad y Justicia
  Deportes
  Lunes en la Ciencia
  Suplementos
  Perfiles
  Fotografía
  Cartones
  Fotos del Día
  Librería   
  Correo Electrónico
  Búsquedas
  >


 

Política
Francisco López Bárcenas

La consulta y los derechos indígenas

El Instituto Nacional Indigenista (INI) y la Oficina de Representación para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de la Presidencia de la República convocaron en días pasados a una consulta nacional que denominaron Pueblos indígenas, políticas públicas y reforma institucional, cuyo objetivo declarado es revisar, definir y operar nuevas políticas públicas y acciones de gobierno que impulsen una nueva institucionalidad integral en un Estado multicultural y avanzar hacia el establecimiento de una nueva relación de los pueblos y comunidades indígenas con el Estado y el conjunto de la sociedad y, finalmente, reformar el INI. Con ese propósito, el personal que labora en ese instituto está celebrando reuniones con autoridades y organizaciones a las que apoya con financiamiento para algunas de sus actividades.

No es la primera vez que se intenta reformar el INI. Desde la época en que el doctor Gonzalo Aguirre Beltrán dirigió ese instituto se pensaba en su transformación y se hacían propuestas sin que nunca alguna se haya concretado. Tampoco es la primera que se propone consultar a los pueblos indígenas. En 1995 el Senado de la República y el Poder Ejecutivo efectuaron una consulta que buscaba minimizar los resultados del diálogo de San Andrés entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional y el gobierno federal. Pero la jugada no resultó, porque los pueblos consultados respaldaron en la consulta lo que proponían en San Andrés: reconocimiento del derecho a la autonomía indígena y lo que eso implicaba. Ese resultado llevó al entonces Presidente de la República a declarar que se reconocería en la Constitución federal el derecho de los pueblos indígenas a la autonomía.

Lo que realmente sucedió lo saben todos: el Presidente, asesorado por algunos que siguen de asesores del actual gobierno en esta materia, echó al bote de la basura los resultados de la consulta junto con su palabra. Más recientemente el Senado de la República afirma que hizo una consulta para conocer si los indígenas querían que sus derechos se reconocieran y concluyó que querían que se reformaran algunas leyes administrativas, como lo habían propuesto algunos senadores, incluso antes de la reforma constitucional. Se tiene entonces que los resultados de la primera no se tomaron en cuenta y los de la segunda se usaron sólo para legitimar decisiones tomadas con anterioridad.

Nada hay que indique que esta nueva consulta tendrá un destino distinto. En primer lugar porque sus organizadores no tienen ni poder ni facultades para incidir y ejecutar los resultados que de ella emanen. Ellos son tan conscientes de eso que sus titulares han declarado públicamente que no se tomará en cuenta todo lo que la consulta arroje. Pero existen problemas. Quienes organizan la consulta pretenden "pedir consejo". Una situación contradictoria, porque el fundamento jurídico de sus actos es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, documento que establece la consulta no cómo prerrogativa del Estado sino como garantía de los pueblos indígenas, la que deberá llevarse a cabo de acuerdo con los mecanismos que generalmente utilizan los titulares del derecho para tomar decisiones fundamentales de su vida pública y debería tener como finalidad llegar a acuerdos de buena fe. Pero contrario a eso, se argumenta promover el ejercicio de un derecho mientras con actos concretos se le viola o se le despoja de todo contenido para que no tenga ninguna consecuencia.

El problema no termina ahí, porque los organizadores de la consulta pretenden indagar sobre algo que ya está regulado legalmente, que es lo que los pueblos indígenas, mediante los municipios a los que pertenecen han impugnado. En la pasada reforma constitucional en materia indígena se incorporó en la Constitución federal una disposición que obliga a los tres niveles de gobierno a crear instituciones indigenistas que "determinen la vigencia de los derechos y el desarrollo integral de los pueblos indígenas". No es, pues, facultad sólo del gobierno federal determinar sus características, pero aun dentro de su ámbito de influencia no pueden ir más allá de lo que la Constitución federal establece. A menos que pretendan su reforma, aunque sus pretensiones no parecen ir por esos rumbos, sino a modificar algunos de sus actuales programas, para lo cual no necesitan consulta.

Pero el momento no está para eso, sino para crear condiciones que hagan posible el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas. Además, plantearla cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación está por resolver los cientos de controversias sobre la reforma indígena vuelve a tender cortinas de humo sobre el debate de fondo sobre los derechos indígenas y el futuro de la nación. Y esto, que sí interesa a los pueblos y comunidades indígenas, necesariamente pasa por el cumplimiento de los acuerdos de San Andrés.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año