Cuestionan actuación de la justicia militar en el caso de dos indígenas violadas en Guerrero
ROSA ROJAS /II Y ULTIMA ENVIADA
Zopilotepec, Gro. Aurelia Méndez, Delfina Flores y sus respectivos esposos, Celerino Vázquez Solano y Aureliano Vicente Cantú, explican por qué decidieron que "ahí muriera" la querella interpuesta ante la CNDH buscando que se les hiciera justicia por violaciones a sus derechos humanos cometidas por militares: "ya no te-níamos dinero con qué pagar los pasajes" para ir a Chilapa a hacer los trámites.
-¿Ustedes piensan que es necesario que se haga justicia, que se castigue a esos señores?
-Sí. Pimero dijimos "vamos a castigar", pero después ya no teníamos dinero para pasajes, para nada. Me fui al centro (Regional de Derechos Humanos José María Morelos y Pavón, que les estaba ayudando) y les dije que ya no podíamos seguir, que no teníamos dinero para pasajes ?relata Delfina.
De Chilpancingo a Chilapa se hace aproximadamente una hora para recorrer los 54 kilómetros que separan a las dos ciudades. En una pick up contratada para un viaje especial hicimos hora y media hasta Tlatlauquitepec, por la accidentada carretera que sube a la región de la Montaña. De Tlatlauquitepec a Zopilotepec, colindante con la comunidad de Huizapula, otra hora para recorrer 30 kilómetros de brecha. Mucho más tiempo y 280 pesos de pasajes por persona se consumen de ida y vuelta a Chilapa en el irregular servicio de transporte público. En esa región, cuando hay trabajo, el jornal es de 25 pesos diarios.
Relación de los abusos
La paupérrima casa de Delfina está ubicada en lo alto de una loma, a la entrada del pueblo. Apenas unos pocos árboles quedan en los cerros pelones, erosionados, infértiles, que formaban parte del bosque hace diez años. Abajo, a unos cien metros, en una cañadita, había oyameles quemados. Preguntando sobre qué les pasó, los hombres contestaron: "los quemó el avión", es decir, el helicóptero fumigó un pequeñísimo cultivo de amapola que "alguien de Huizapula" había sembrado ahí.
En el caso de Delfina Flores y su esposo, Aureliano Vicente Cantú, y Aurelia Méndez y su marido, Celerino Vázquez, los hechos denunciados fueron que el 3 de diciembre de 1997 llegaron cinco militares -que dispararon una arma de fuego- hasta donde estaban amarrando zacate de maíz Aurelia y Celerino. Golpearon a éste, lo amarraron y delante de él y de sus hijos dos soldados la violaron.
Luego llegaron adonde estaban Delfina y Aureliano, golpearon a éste, dos de los militares dispararon sus armas para asustarlo, apartaron unos cinco metros a Delfina, quien llevaba en brazos a su niño de cuatro meses, la maltrataron, "uno de los soldados me agarró, me dijo que soy fea, estás vieja, para qué andas sembrando droga, me dijo que era una burra". Dos soldados la violaron. Después se los llevaron a todos caminando rumbo a Ocopexco y por ahí soltaron a las mujeres.
Los militares acusaron a Celerino y Aureliano de haber estado "rallando" y recolectando goma de amapola, por lo que fueron aprehendidos "en flagrancia sin presión alguna" y los entregaron al Ministerio Público en Chilpancingo el 4 de diciembre. El médico militar Alfonso Corona certificó que estaban "clínicamente sanos" y sin huellas de violencia. El día 5, el MP ejercitó acción penal contra ellos por delitos contra la salud e ingresaron al Cereso de Chilpancingo. El 6, el certificado médico de ingreso al penal consignó que Celerino presentaba huellas de golpes y contusiones. Se les abrió la causa penal 211/97.
El legista consignó: en Aurelia Méndez, de 28 años, "como única huella de coito reciente encuentro solamente una esquimosis de un centímetro de diámetro en el lado izquierdo de la pared vaginal" y "como única huella de violencia física reciente una escoriación de cuatro por un centímetros en la cara anterior del tercio superior de la pierna derecha, por contusión simple con instrumento duro".
Asimismo, que en el caso de Delfina Flores, de 28 años, "como huellas de coito reciente, solamente encuentro una escoriación de 0.5 centímetros de diámetro en el lado izquierdo y otra de un centímetro de diámetro en el lado izquierdo de la mucosa vaginal, a nivel de la implantación de labios menores". Y "como únicas huellas de violencia física reciente encuentro tres esquimosis por compresión (paralelas), en la cara externa del hombro derecho, de forma longitudinal, de cuatro, dos y dos centímetros de longitud, respectivamente".
En la agencia del Ministerio Público adscrita a la estatal Comisión de Derechos Humanos de Guerrero se abrió, el 10 de diciembre de 1997, la averiguación previa GRO/SC/079/997 "por violación y lo que resulte" de las agraviadas Aurelia Méndez y Delfina Flores "y otros", misma que fue remitida al día siguiente, mediante oficio número 487, al agente del Ministerio Público Militar, "en virtud de que los delitos que se investigan fueron cometidos por elementos de la 35 zona militar".
El 12 de enero de 1998 el Centro Morelos envió una queja a la entonces titular de la CNDH (Mireille Rocatti), en el sentido de que las agraviadas y sus esposos fueron citados a comparecer el 30 de diciembre de 1997 ante la agencia del Ministerio Público de Chilapa para llevar a cabo la "diligencia de identificación o confrontación" de sus agresores. La diligencia se efectuó hasta el día 31. A ella se presentó el agente del Ministerio Público Militar Rafael Cortés Badillo, adscrito a la 35 Zona Militar, "tratando de intimidar o confundir sobre los hechos de este caso, señalando que no se dio tal violación y que el certificado médico no tiene validez (entre otras cosas)".
La organización denunció también que a pesar de que el MP de Chilapa les había anunciado que la diligencia de identificación se realizaría entre ocho militares únicamente, se realizó con la participación de los 32 miembros de la sección de fusileros, "sin proteger la integridad física de las agraviadas al identificarlos frente a frente, en un local impropio para este tipo de casos", además de que ellas "no contaron con asesoría jurídica de ningún abogado de alguna institución", por lo que solicitó que la CNDH se hiciera cargo del apoyo legal a las agraviadas.
En su casa, Delfina ?quien habla un poco de español, porque Aurelia sólo habla tlapaneco? cuenta a los enviados de La Jornada lo que fue esa diligencia: "ese día llegaron allá muchos soldados, se pararon en dos filas. Dijeron que iban a venir unos siete, pero eran muchos. Yo entré primero, después Aurelia. Ella entró y lloró. Me sentía como si estuviera borracha, estaba mareada y me dio pena. Ahí andaba con este chiquito que me está jalando el seno lo amamantaba, y más pena me dio, pero a los tres soldados los reconocí. Uno de ellos se estaba riendo de mí y dije: 'fueron éste y éste'. Uno estaba bien barbón, pero después lo rasuraron".
Casiana Nava ?quien junto con Wenceslao Capistrano Diego, ambos del Centro Morelos, nos acompañó a Zopilotepec?, explica que Aurelia fue la que más se deprimió a causa de la violación, porque además tenía problemas con su marido, quien cuando bebía la maltrataba por haber sido violada. Menciona además que el agente del Ministerio Público Militar que estuvo presente en esa diligencia "incluso se atrevió a decir que no era violación porque las mujeres estaban queriendo, que las mujeres los habían provocado (a los soldados). Claro que lo dijeron en otros términos. Nosotras entendemos que debió quedarse callado".
El 14 de agosto de 1998, la CNDH envió al entonces procurador general de Justicia Militar, Rafael Macedo de la Concha, ahora titular de la Procuraduría General de la República (PGR), una "propuesta de conciliación" en la que en ningún momento mencionó los certificados del médico legista que presentaron las mujeres en su denuncia de violación, y simplemente aceptó como válida la afirmación de la Procuraduría General de Justicia Militar, "por no existir prueba alguna" de que las mujeres habían sido "objeto de abuso sexual, toda vez que no obstante haber sido sorprendidas en compañía de sus esposos en los plantíos de amapola, fueron puestas en libertad".
La CNDH indicó que se había obtenido el consentimiento de los quejosos para que su expediente "se sometiera en amigable composición con las autoridades del Ejército Mexicano", y que había recogido evidencias de que "existió responsabilidad" de los militares que detuvieron a los quejosos, ya que de dicha detención "resultó lesionado" Celerino Vázquez, y que el médico militar "es acreedor de responsabilidad por haber emitido el dictamen médico de integridad física practicado al citado detenido, carente de veracidad, con lo que trató de encubrir a los militares" que lesionaron al agraviado. Con su conducta los militares "vulneraron la dignidad de los señores Celerino Vázquez Solano y Aureliano Vicente Cantú, que es la integridad física como derecho humano", anotaba.
Recomendación de la CNDH
En consecuencia, la institución recomendó iniciar procedimiento administrativo de investigación interna respecto a los militares que detuvieron a los quejosos, y "si se deriva algún delito", que se dé vista a la Procuraduría Militar para que proceda conforme a derecho. De igual manera debía procederse "por la omisión en la que incurrió" el médico militar citado.
El 14 de noviembre de 1998, la CNDH envió a Delfina Flores Aguilar y otros el oficio 31330 sobre el expediente CNDH/122/97/GRO/8453, en el que luego de detallar todas las diligencias realizadas respecto a su denuncia del 12 de diciembre de 1997; de reiterar la afirmación de la PM de que es falso que las hayan violado y que ellas pueden acudir ante la agencia del MP en Chilapa a presentar las pruebas que acrediten su dicho; de referirse a la "actuación incorrecta" de los militares que detuvieron a Celerino y Aureliano y los términos de la conciliación, aceptada a través del oficio DH-149531 del 7 de noviembre de 1998 por la Secretaría de la Defensa Nacional, la CNDH "considera que su queja ha quedado satisfecha, por lo que se determinó la conclusión de su expediente".
La CNDH, agrega, "estará pendiente de la resolución que proceda del procedimiento administrativo que inicie ese instituto armado, es decir, del compromiso que la autoridad señalada como responsable adquirió en el procedimiento de amigable composición". Se solicitó a la CNDH información sobre el seguimiento dado a ésta. La respuesta fue: "la Procuraduría Militar la aceptó en todos sus términos, sin acreditar hasta la fecha ?enero 22 de 2002? pruebas de su cumplimiento". En la Secretaría de la Defensa Nacional se informó que está en estudio la solicitud de información sobre el caso.
Celerino Vázquez explica a su vez que a cambio de aceptar la "amigable composición" propuesta por la CNDH para que le dieran "el perdón" a los soldados que los golpearon y violaron a sus esposas, ellos pidieron "que ya no vinieran los militares a molestarnos". La tropa, dice, no ha subido a Zopilotepec desde 1998.