MARTES Ť 4 Ť DICIEMBRE Ť 2001

Ť El plazo de 20 años para desclasificar archivos no es inamovible, dice el funcionario

La iniciativa de ley de acceso a la información, de avanzada para nuestra realidad, afirma Durán

ALONSO URRUTIA

Aunque el proyecto de ley de transparencia gubernamental y acceso a la información pública establece un plazo para la desclasificación de la información -20 años- por debajo del promedio en el ámbito internacional, prevé un candado: la posibilidad de ampliar ese periodo "siempre y cuando persistan las causas que dieron origen a su clasificación". De igual forma incorpora la posibilidad de reducir el plazo si estas causas se extinguieron antes del periodo original de reserva.

En la iniciativa se da facultad a los funcionarios responsables de entregar la información que debería ser desclasificada a solicitar a la comisión de garantías la prolongación de dicho plazo. Según el subsecretario de Comunicación Social de la Secretaría de Gobernación, José Luis Durán Reveles, la fijación de plazos permitirá eliminar la discrecionalidad y es un esquema acorde con la legislación de la mayor parte de los países que tienen ley de acceso a la información.

Durán estimó que en una comparación que ha hecho el gobierno de la legislación en otros países en "nuestra realidad político-social es una ley de avanzada, de apertura amplia, de un diseño sencillo y que garantiza, en todo momento, el acceso a la información pública".

-ƑCuáles son los criterios para fijar en 20 años la desclasificación?

-Estamos proponiendo que este plazo sea hasta 20 años, lo que no quiere decir que no sea menor a 20 años. Eso quiere decir que en la práctica puede haber información reservada de 15, 10 o cinco años, dependiendo la naturaleza de la propia información.

De aprobarse en el actual periodo ordinario de sesiones la iniciativa sería hasta enero del 2003 cuando formalmente entrara en operación, según las previsiones que tiene el gobierno federal. En ese lapso -sostuvo el funcionario- se adecuarían los archivos de la administración pública para poder entregar la información en los plazos que la propia ley establece: 20 días hábiles.

Por otro lado, aunque en el proyecto de ley se incorpora una definición de seguridad nacional para evitar confusión en la interpretación de criterios sobre el tema, la ambigüedad que se le da en el proyecto anticipa controversias para dirimir una eventual negativa por esas razones.

En la iniciativa se establece que se entenderá por seguridad nacional "el medio para alcanzar los fines últimos del Estado que buscan el bienestar general de la sociedad y en ella concurren la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, la gobernabilidad democrática, la defensa exterior y la seguridad interior de la Federación''.

Poco viable el órgano autónomo

Al salir en defensa de las críticas del carácter de "órgano de la administración pública federal" que tendría la comisión de garantías que propone el Ejecutivo en el proyecto, Durán Reveles argumentó la inviabilidad jurídica que hubiera tenido el haber propuesto un órgano autónomo, como lo demandó el grupo Oaxaca.

"Era jurídicamente inviable porque requería modificaciones a la Constitución y porque estaría por encima en las resoluciones del Poder Judicial de la Federación, lo que jurídicamente nos generaba un problema mayor si la última instancia en materia de interpretación y aplicación de las leyes en este país es el Poder Judicial de la Federación''.

Durán dijo que la salida legal que el Ejecutivo encontró para evitar esta inconsistencia jurídica fue "por un lado garantizar la autonomía del órgano para que la aplicación de la ley sea estricta y, por otro lado, ser congruentes con toda la lógica del derecho mexicano".

Conforme a la propuesta del gobierno federal, "a efecto de garantizar su autonomía, la comisión estará integrada por tres comisionados, nombrados por el titular del Poder Ejecutivo, quien los designará previa consulta con las organizaciones sociales a través de la Secretaría de Gobernación".

Durán dijo que la "garantía" de que la comisión funcionará de manera autónoma e independiente en sus decisiones es que "sus miembros serán inamovibles y se buscarán perfiles idóneos para garantizar el pleno ejercicio de este derecho por parte de los ciudadanos".

A ello deberá añadirse que es el Poder Judicial de la Federación la última instancia de interpretación o aplicación de la ley.