un proyecto estratégico para el progreso y la equidad en el campo
Raúl Pérez Bedolla. Asesor de la Comisión de Agricultura y Ganadería, Cámara de Diputados. Correo electrónico: [email protected] Silvano Aureoles. Diputado Federal (PRD). Presidente de la Comisión de Desarrollo Rural. Correo electrónico: [email protected] Jaime Rodríguez. Diputado Federal (PRI). Presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería. Correo electrónico: [email protected] Margarita Álvarez. Asesora de la Comisión de Desarrollo Rural. Cámara de Diputados. Correo electrónico: [email protected]
El contexto: un campo en conflicto permanente
Múltiples diagnósticos muestran hoy un campo sumido en un rezago tecnológico, vencido estratégicamente en la desigual batalla de los mercados globalizados, con una población forzada a emigrar, desprovisto de los más elementales servicios para el bienestar humano y con pobreza extrema concentrada. La degradación de los recursos naturales es inmensa y el ritmo de deterioro sigue hasta alcanzar un costo mayor a la propia producción del sector. A la vez, también conocemos de nuestras fortalezas: dotación extraordinaria de recursos naturales, rica historia que deviene en activos de capital social que van de las prácticas de autogestión de las comunidades y redes de solidaridad hasta robustas y potentes instituciones del Estado, conocimientos propios que van desde profundos y sofisticados conocimientos tradicionales y sincréticos hasta hallazgos de científicos e instituciones nacionales que se encuentran en la cúspide del saber humano. Muestran esos diagnósticos un campo disímil: a) Un conjunto inmensamente minoritario que se integra, cada día con mayor dificultad, a la agricultura tecnificada, que concurre a los mercados y que agrega valor a su producción y que no tiene todas las oportunidades para consolidarse. b) Un gran conjunto de población que ha sido declarada como "no viable" y que se debate entre cuatro opciones: arrastrar una vida cada vez más miserable, migrar en busca del cada vez más competido acomodo en el mercado de fuerza de trabajo de las ciudades, el agro comercial y los Estados Unidos, las actividades ilegales, o la rebelión. Nos enfrentamos a un mercado inmisericorde, donde nuestros
principales competidores tienen todo el poder económico, tecnológico
y hasta las condiciones productivas naturales para vencernos y, adicionalmente,
incumplen a su favor con las reglas pactadas.
La situación del campo es, pues, insostenible,
y son inaplazables y urgentes las medidas que tenemos que tomar, no sólo
para el rescate de la cuarta parte de la población sino en pos de
la recuperación de nuestra viabilidad como nación independiente.
El proceso: un largo camino
El vacío y la confusión del marco jurídico
están identificados desde más de dos décadas atrás;
en el pasado reciente, la LVII Legislatura recogió la demanda de
disponer de un marco jurídico coherente que llenara el vacío
dejado por la virtual derogación de la Ley de Desarrollo Agropecuario
en 1992 y que lo superara con una visión integral del desarrollo
que apuntara hacia horizontes más amplios que la producción
primaria.
Con
una muy considerable inversión de esfuerzos y la significativa participación
de la sociedad a través de consultas, los diputados de dicha legislatura
aprobaron un proyecto de Ley de Desarrollo Rural que fue revisada y aprobada
por mayoría en la Cámara de Senadores de esta LVIII Legislatura,
ya con el gobierno panista en el poder. El Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 72 constitucional, decidió devolverlo a la cámara de origen con múltiples observaciones. Después de revisar dicha ley, los diputados de las fracciones parlamentarias del PRI, PRD, PVEM, PT, PS y CD sometieron al pleno de la Cámara de Diputados un nuevo proyecto llamado Ley de Desarrollo Rural Sustentable que, al llevar un nombre distinto, inauguró un nuevo proceso legislativo. Fue turnado a las comisiones de Desarrollo Rural, y de Agricultura y Ganadería, las cuales, de común acuerdo, emprendieron una minuciosa tarea de revisión del documento y de consulta con el Ejecutivo federal: se realizó la revisión de los antecedentes y las consultas realizadas por la LVII Legislatura; sus resultados, junto con el proyecto en cuestión, se distribuyeron ampliamente en las legislaturas de las entidades de la Federación y en los organismos representativos de los productores rurales del sector social y privado. Se llevaron a cabo dos foros de consulta: el "Taller sobre desarrollo rural: contenidos y perspectivas" y el foro nacional "México hacia el siglo XXI", en donde se vertieron conceptos estratégicos sobre la materia de la ley en revisión. Se estableció un mecanismo de consulta permanente para recibir propuestas y comentarios a través de medios electrónicos y escritos. Se efectuaron seis sesiones de trabajo con el Ejecutivo federal, coordinadas por la Secretaría de Gobernación, con la participación de las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Desarrollo Social, y Reforma Agraria. Se realizaron dos audiencias públicas: una con organizaciones del sector social y otra con organismos representativos del sector privado, la academia y organismos no gubernamentales. Con el conjunto de opiniones y propuestas se procedió a integrar un documento intermedio para someterlo a la opinión de los principales actores y, finalmente, se integró la versión objeto del dictamen, la cual fue discutida y aprobada en la sesión de comisiones unidas de Desarrollo Rural, y Agricultura y Ganadería celebrada el 15 de agosto de 2001. Los campesinos, protagonistas del desarrollo rural
La Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS), aprobada
por el Senado de la República el pasado 13 de noviembre, es sólo
un enorme y significativo paso en un camino que apenas se esboza. El carácter
integral de respuestas urgentes a la compleja problemática contemporánea
del campo obliga a emprender un proyecto de mejora legislativa de enorme
amplitud que incluye la producción no agropecuaria, vivienda, salud,
educación, política de población, problemática
de los trabajadores, los jóvenes, la cultura, la población
vulnerable y muchos otros aspectos.
Es
evidente que un marco legal detallado y suficiente para la atención
integral de esta diversidad de problemas requiere mucho más que
un solo instrumento legal y que es urgente adecuar las leyes específicas
sobre todas esas materias. Desde este punto de vista, la LDRS es insuficiente
y lleva consigo un sesgo agropecuario inevitable. A la vez, las disposiciones
para la concurrencia interinstitucional y, particularmente, la figura del
Programa Especial Concurrente proporcionan el medio para transitar hacia
una conceptualización compleja que conduzca, en el menor plazo posible,
hacia propuestas que requieren aún de maduración.
Con esas limitaciones, la LDRS se ubica en un terreno
realista para desarrollar la institucionalidad necesaria que permita soportar
un proceso de diseño estratégico en el que los actores del
campo sean los protagonistas principales; a la vez, aborda los problemas
urgentes de la producción agropecuaria con una proyección
de largo plazo, propia de una auténtica política de Estado.
Orientación estratégica
La LDRS llena el vacío que dejó la virtual
derogación de la Ley de Fomento Agropecuario al ser reformado el
Artículo 27 constitucional en 1992. A la vez que reglamenta a la
fracción XX de ese ordenamiento fundacional, recupera el rumbo de
país soberano, con un Estado efectivamente rector propio de un país
solidario, donde el pacto constitucional reconoce las asimetrías
entre el sector social y el privado, y dispone que haya medidas para compensarlas
y reducirlas ofreciendo igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos,
tal como establece el Artículo 25 constitucional.
Al amparo del Artículo 26 de nuestra carta fundamental
se establece el andamiaje para una efectiva participación social
y la corresponsabilidad de los agentes del proceso rural con las instituciones
del Estado.
El contenido de sustentabilidad, lejos de quedar
como una referencia retórica de moda, es soportado por un conjunto
de disposiciones proactivas que dan contenido al derecho a un ambiente
adecuado que garantiza el quinto párrafo del Artículo 4°
constitucional.
Ordenamiento de la planeación y la acción.
La LDRS establece un nuevo diseño estructural que aprovecha las
ricas experiencias y la infraestructura de que se ha dotado el país
en su historia, con un Programa Especial Concurrente como instrumento básico
para la reordenación de la acción en el campo. En él
se definen los contenidos del hasta ahora elusivo "desarrollo integral".
La
Comisión Intersecretarial obliga a los responsables directos de
los diversos aspectos del desarrollo rural a comunicarse, concertar y sumar
sus fuerzas. El titular del Ejecutivo dispondrá, de esta manera
y por medios jurídicamente legítimos, de un mecanismo para
mantener el control y orientación sistémicos de los diferentes
aspectos del quehacer de gobierno en el campo, a la vez que una mucho mayor
capacidad para promover una descentralización sana y ordenada en
concurrencia concertada con los gobiernos de las entidades federativas.
Un edificio de participación social cubre con consejos
los indispensables espacios de la gestión en las células
municipales, en los ámbitos de integración de microrregiones,
en las entidades y en el orden nacional, a la vez que prevé los
mecanismos para integrar políticas en regiones con problemática
común que incluyen varias entidades; señaladamente, las cuencas
hídricas.
Como parte de los consejos, los sistemas-producto integran
actores y políticas en cada eslabón de las cadenas productivas
en busca de equilibrar el desorden propio de la acción de un mercado
distorsionado por las contrastantes y contradictorias políticas
que hacen sentir su efecto en un mundo globalizado.
La coordinación y concurrencia se concretan en
los sistemas nacionales para las actividades más relevantes, como
la investigación y transferencia tecnológica, la capacitación
y asistencia técnica, el fomento a la empresa rural, la lucha contra
la desertización, la sanidad agropecuaria, el financiamiento, los
apoyos a la producción o el manejo de la información, las
cuales no son una nueva y onerosa burocracia, sino un mandato para sumar
esfuerzos y armonizar políticas y acciones.
La federalización orienta la gestión pública
con la previsión de un trato respetuoso entre órdenes de
gobierno basado en convenios, así como en un espíritu que
enfatiza la necesidad indispensable de incorporar a los agentes del desarrollo
rural.
La LDRS coloca en los distritos de desarrollo rural (una
de las partes más significativas de nuestro patrimonio institucional)
no sólo una ventanilla única y eficaz para las gestiones
frente al gobierno sino un espacio básico de apropiación
del proceso de desarrollo, así como el catalizador para el fortalecimiento
del municipio libre.
La soberanía nacional como eje rector. Lejos
de ser un simple recurso retórico, la soberanía, particularmente
la alimentaria, es el eje principal de la LDRS. Un país que concurre
con hambre al concierto de la negociación globalizada no puede aprovechar
las innegables ventajas del estrechamiento de las relaciones internacionales;
tampoco, enfrentar los dolorosos riesgos de tratos en condiciones de asimetría.
Un campo solidario donde la lógica del mercado
no avasalle los valores fundamentales para la convivencia humana y nuestra
identidad como nación diversa y ricamente compleja- requiere de
la decisión de todos los actores y del empleo a fondo del papel
rector del Estado como representante de la sociedad sobre los intereses
particulares, y como garante de civilidad y único antídoto
eficaz ante el acelerado proceso de descomposición social que ha
acompañado la aplicación de las medidas del llamado ajuste
económico.
La LDRS establece múltiples disposiciones para
dar prioridad a las zonas marginadas y a los segmentos de población
más desfavorecidos, particularmente los indígenas, las mujeres,
los adultos mayores y la población vulnerable. Un principio rector
de actuar diferenciada y redistributivamente se concreta con el mandato
de establecer una tipología y adoptar la diferenciación regional
desarrollada por diversas instituciones competentes en ese tema.
Establece también un esquema de seguridad social
sin precedentes basado en la flexibilización de las normas operativas
del Instituto Mexicano de Seguridad Social para atender a la población
rural.
La LDRS orienta la atención a los problemas de
pobreza extrema a soluciones incluyentes que, con opciones productivas
de integración económica y agregación de valor en
el espacio microrregional, fomenten el arraigo de la población en
condiciones de vida digna para evitar la migración, tomando en cuenta
las preferencias culturales, las estrategias de vida y redes de solidaridad
en que se basa la sociedad rural.
Un desarrollo productivo para el progreso, la equidad
y la sustentabilidad
Investigación, capacitación y transferencia
tecnológica. La investigación debe aportar los elementos
necesarios para la planeación estratégica y, en lo tecnológico,
reflejar el reconocimiento de la multiplicidad de los objetivos y condiciones
ambientales y socioeconómicas de los productores a la vez que dar
preferencia a las necesidades de los productores mayoritarios.
La LDRS prevé la asignación de recursos
para la recuperación de un sistema de producción, sistematización
y transferencia de conocimientos comprometido con los objetivos estratégicos
nacionales que recupere un sistema de investigación autónomo
que, con calidad moral, pueda arbitrar y dictaminar sin estar inhabilitado
por los conflictos de intereses que impone la dependencia de financiamientos
privados para su operación.
Los conceptos que abarca la capacitación contemplan
no solamente el manejo de los aspectos tecnológicos de la producción
agropecuaria y forestal sino diversos elementos con énfasis en el
fortalecimiento de la empresa social.
Mejores técnicas y mejor uso de las tierras.
La reconversión productiva es entendida en la LDRS como la selección
de los mejores cultivos y usos de las tierras, utilizando la mejor tecnología
disponible. La tierra no tiene "vocación" sino características
de aptitud, por lo que tampoco existe un solo cultivo, tecnología
o uso adecuado de la tierra. Por el contrario, en cada situación
concreta los productores deben tomar libremente decisiones de acuerdo con
sus particulares necesidades y aspiraciones.
La LDRS prevé un conjunto coherente de medidas
que incluye el establecimiento del sistema de transferencia tecnológica
y los apoyos que hagan viables las decisiones de los productores.
Un esquema básico de contratos de manejo de tierras
invierte la relación tradicional entre el gobierno -que imponía
sus programas- y el productor -que adecuaba de manera perversa e ineficiente
el uso de los recursos públicos- para avanzar hacia una relación
solidaria y equitativa donde el productor dispone de los medios efectivos
para adoptar nuevas decisiones. Los contratos significan una relación
jurídica entre los productores y el gobierno en la que ambos están
obligados a cumplir sus compromisos: el gobierno a entregar las aportaciones
convenidas bilateralmente y el productor a ejecutar las acciones descritas
en el propio contrato.
Entre los dispositivos que permiten un sano y significativo
proceso de reconversión están los compromisos concretos de
riesgo compartido, incentivos en efectivo y en especie, y un esquema de
planeación presupuestal multianual que permitirá ampliar
el horizonte de decisiones en un plazo mayor, con los consecuentes beneficios
para el productor.
Una producción sana. La LDRS prevé
la coordinación de las acciones para el control de las plagas y
enfermedades de plantas y animales a través del Sistema Nacional
de Sanidad y su correspondiente servicio; la inocuidad se adopta como concepto
inclusivo y también se acopla la valoración de la calidad
para integrar los esquemas modernos de certificación que requiere
una adecuada integración a los mercados.
Un aspecto relevante que atiende la LDRS es el tratamiento
a los organismos genéticamente modificados, el cual tiene una especial
relevancia en un país megadiverso como el nuestro y centro de origen
de recursos genéticos. En este renglón se incluyen obligatoriamente
los criterios de precaución, y el de proporcionar información
adecuada y oportuna a los consumidores sobre la presencia de este tipo
de materiales.
Revertir el proceso de descapitalización del
campo es una urgencia desatendida durante décadas. La LDRS orienta
la realización de inversiones públicas y privadas en activos
de infraestructura pública, bienes productivos privados, y mejoramiento
de las tierras y las cuencas, y garantiza la corrección de los faltantes
de productos estratégicos que requiere un país con rumbo
propio y soberano. La LDRS incorpora la figura de un presupuesto indicativo
que trascienda el corto plazo del año fiscal para cubrir los diversos
aspectos del Programa Especial Concurrente.
La LDRS prevé el esquema de riesgo compartido así
como la asignación sistemática de pagos compensatorios orientada
a sectores estratégicos, lo mismo que pagos directos para el incremento
neto del ingreso a los sectores más empobrecidos y marginados afectados
también por un mercado desfavorable, y pone atención a la
importancia de la obra pública: electrificación, infraestructura
de almacenamiento, caminos, comunicaciones y sistemas de transporte.
También promueve la formación y fortalecimiento
de empresas exitosas que, en primera instancia, contribuyan a que los productores
se apropien de los factores de su producción, especialmente en el
abastecimiento de insumos y equipos, y en el proceso de acopio, agroindustrialización
y comercialización. Todo lo anterior, por medio de apoyos para la
inversión directa y el capital de trabajo bajo modalidades diversas
y flexibles, la capacitación administrativa, la formación
de cuadros técnicos, la identificación y diseño de
proyectos o la formación y actualización de las figuras asociativas
necesarias.
Estos programas de apoyo incluyen subsidios, activos públicos,
apoyos por contingencias naturales o de mercado, apoyos especiales a zonas
áridas y regiones marginadas e incentivos a la reconversión
y el cuidado de los recursos naturales con reglas procesadas a través
de los Consejos para el Desarrollo Sustentable.
El sistema nacional de financiamiento parte de
reconocer la existencia de un gran rezago en esta materia; de la diversidad
de condiciones ambientales, económicas, sociales y culturales de
la producción, así como de las dificultades particulares
de un segmento de la sociedad con una inadecuada cultura crediticia, dispersión
geográfica, dificultad para el establecimiento de garantías,
baja rentabilidad en el sistema de mercados actual y, sobre todo, del efecto
acumulado de un largo periodo de descapitalización.
La LDRS establece la combinación de diversos instrumentos
y formas de intervención, así como de agentes financieros
intermediarios. En particular se pone énfasis en la urgencia de
fortalecer y fomentar el surgimiento de la banca social, que tiene la mejor
perspectiva de penetración y de operar con costos bajos y en estilos
adaptados a las necesidades de los productores rurales. Estas fortalezas
pueden complementarse con las capacidades y ventajas de la gran escala
a la que puede operar la banca de desarrollo y la banca privada, siempre
y cuando se precisen con claridad los nichos en los que deban ejercer su
actividad cada tipo de institución. El Estado procurará minimizar
su intervención para evitar la competencia entre las instituciones,
proporcionando recursos para ofrecer créditos al campo con tasas
preferentes.
La banca social recibirá apoyos en capital semilla,
créditos e inversiones de largo plazo, apoyos de asistencia técnica
y formación de capital humano y social, mecanismos de refinanciamiento,
acceso expedito a información financiera y preferencia de acceso
a los programas gubernamentales.
La administración de riesgos es el elemento
que más puede dar viabilidad y certeza a las inversiones en el sector.
La LDRS concibe esquemas diferenciados acordes con la diversidad nacional
como son la cobertura a las contingencias meteorológicas, el riesgo
cambiario y de mercado, y la pérdida patrimonial.
Un adecuado manejo de fondos mutualistas puede ser, adicionalmente,
una fuente sustancial de financiamiento cuando las operaciones se hacen
en conjunto o coordinadas con las de la banca social. La LDRS prevé
la creación de un fondo nacional de manejo de riesgos que se nutra
de una mezcla de recursos basada en las previsiones de los propios productores,
con la participación complementaria de los gobiernos en sus diferentes
órdenes.
Un aspecto novedoso y cada vez más importante en
México es la prevención de desastres en las cuencas mediante
el reordenamiento del uso territorial y la aplicación de inversiones
en el mejoramiento del desempeño de sus características hídricas.
La comercialización es atendida con medidas
como la elaboración anual y de largo plazo de programas de producción
por sistema-producto en los que recaerá, entre otras funciones,
la determinación de cupos y aranceles de importación; la
formación y capitalización de empresas sociales y mixtas
de acopio, almacenamiento, pignoración y comercialización
de productos del campo; la información prospectiva sobre mercados;
el apoyo para el desarrollo de nuevos productos y mercados; el acompañamiento
y respaldo a las operaciones de comercio, particularmente las del comercio
internacional, y la promoción de la certificación para mercados
especializados; las compras preferenciales de gobierno a los productores
y empresas comercializadoras de los productores; el otorgamiento de subsidios
y pagos complementarios a los productos la formación y desarrollo
de mercados regionales; la capacitación para que los productores
tengan acceso a la información y las habilidades necesarias para
interactuar en el mercado, con intervención en los mercados de físicos
y futuros.
El novedoso servicio de arbitraje contenido en
la LDRS es un valioso instrumento para lograr relaciones contractuales
transparentes y encauzar los conflictos en las transacciones comerciales
sobre productos del campo, así como las relativas al aprovisionamiento
de equipos, insumos, tecnologías, uso de patentes y otros aspectos
de las relaciones entre los agentes del medio rural.
La organización productiva y social en el campo
es promovida y fortalecida como coadyuvante y participante de las acciones
de la política de descentralización. Como medidas concretas
para instrumentar dichas orientaciones, la LDRS prevé la aportación
de recursos a los programas de las organizaciones productivas y sociales
del campo, su participación en la difusión, y la instrumentación
de los programas de gobierno.
La reorganización de las comunidades y ejidos es
un aspecto esencial que la LDRS prevé como un reto inaplazable en
la que los proyectos productivos y la formación de empresas, así
como las acciones de mejoramiento y reconversión productiva tienen
el prerrequisito de institucionalizar la vida interna de las comunidades,
los acuerdos para garantizar los derechos de acceso a los recursos naturales
de propiedad común, y las obligaciones de todos los miembros de
las comunidades en las inversiones de desarrollo y mantenimiento de las
capacidades productivas de la tierra.
Los mandatos de la nueva ley
La Ley de Desarrollo Rural Sustententable manda a la autoridad
ambiental e informática establecer el inventario dinámico
del estado de los recursos naturales a fin de disponer de medios de planeación
y también de evaluación, así como a señalar
la condición de fragilidad de las tierras donde los programas de
apoyos e incentivos deben promover la reconversión sustentable.
Vincula la asignación de recursos y apoyos a la adopción
de las mejores prácticas de manejo y aprovechamiento de las tierras.
Proporciona en los contratos de aprovechamiento de tierras
un poderoso instrumento para la transparencia y para una auténtica
y masiva reconversión sustentable como la medida más
eficaz para lograr innumerables acciones cotidianas a favor del mejoramiento
productivo de las tierras y de los servicios ambientales.
También proporciona los medios técnicos
para una función moderna, transparente y eficaz de transferencia
tecnológica que reconoce el valor del conocimiento tradicional y
las particularidades de nuestra diversidad nacional.
Incluye entre las inversiones de infraestructura la conservación
de tierras y cuencas.
Hace obligatorias las recomendaciones sobre carga animal
en las tierras de pastoreo.
Defiende el patrimonio genético del país
y particularmente el de las comunidades indígenas; también
previene de los riesgos del uso de organismos genéticamente modificados.
Manda acciones proactivas para el pago de servicios ambientales
y el desarrollo de procedimientos para el reconocimiento en el mercado
de los costos incrementales y los beneficios de la producción sustentable.
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