VIERNES Ť 16 Ť NOVIEMBRE Ť 2001
Ť No se beneficiaron en la toma de decisiones sobre el saneamiento de Inverlat, dice
Secodam: Creel y Murrieta no cometieron delito
La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (Secodam) detectó que los vocales del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), Alejandro Creel Cobián y Humberto Murrieta Necoechea ''desatendieron la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos'' durante la toma de decisiones relacionadas con el saneamiento financiero y enajenación del grupo Financiero Inverlat, pero ''su actuación no derivó en daño y/o perjuicio en contra del patrimonio'' del instituto, aunque la falta ''no es calificada como grave ni constituye un delito''.
En un comunicado de prensa difundido por la noche, la Secodam dio a conocer el resultado de las investigaciones realizadas en torno a la actuación de los vocales de la junta del IPAB, iniciada en junio de este año luego de recibir una denuncia ciudadana sobre ''un posible conflicto de interés'' de los funcionarios, debido a que hasta 1996 fungieron como accionistas de ese grupo financiero.
La dependencia dio a conocer que el órgano de control interno del IPAB a cargo de Fortunato Alvarez Enríquez, determinó que Creel Cobián y Murrieta Necoechea desatendieron la ley federal de responsabilidades, pero que sus actuaciones ''no representaron beneficios para los vocales señalados, familiares ni amigos'', como tampoco perjudicaron al instituto.
Alvarez Enríquez ''consideró las declaraciones de los dos involucrados, el contenido de las actas de las sesiones ordinarias de la junta de gobierno del IPAB, el testimonio del secretario ejecutivo del instituto, Julio César Méndez Rubio'', para estimar que no habían incurrido en actos ilícitos.
Por ello, ''el contralor del IPAB resolvió no imponer sanción alguna en contra de Creel Cobián y Murrieta Necoechea, toda vez que aun cuando no se excusaron de participar en las decisiones relacionadas con Inverlat, esta falta no es calificada como grave ni constituye delito''. GUSTAVO CASTILLO