VIERNES Ť 26 Ť OCTUBRE Ť 2001
Ť Confirmó negativa de participación a un michoacano
Debe el Legislativo revisar registro de candidaturas independientes: TEPJF
JOSE ANTONIO ROMAN
Luego de casi tres horas de debate, donde se expresaron posiciones encontradas sobre si los partidos políticos tienen o no el "monopolio absoluto" del registro de candidatos a elección popular, el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Fernando Ojesto Martínez Porcayo, señaló que el registro de las "candidaturas independientes" debe ser incluido en la agenda nacional y los legisladores deben volver a revisar el tema.
En sesión pública del tribunal, que duró casi siete horas, el magistrado Leonel Castillo González consideró "inconstitucionales" las normas electorales del país, las cuales prohíben el registro de las candidaturas independientes; incluso, el Cofipe -dijo- se opone a la Carta Magna, la cual establece que un ciudadano tiene derecho a votar y ser votado.
En tanto, los magistrados Alfonsina Berta Navarro y Eloy Fuentes Cerda consideraron que es la misma Constitución la que concede a los partidos políticos dicha prerrogativa. Incluso, la magistrada destacó que el TEPJF no tiene facultad para declarar la inconstitucionalidad de una norma, pues ésta corresponde exclusivamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La discusión surgió con el proyecto elaborado por el magistrado Castillo González, que respondía a la demanda del ciudadano Manuel Guillén Monzón en contra de la decisión del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, por haberle negado el registro para contender como candidato independiente en la elección para gobernador de la entidad.
Aunque finalmente se decidió por unanimidad confirmar la decisión del Instituto Electoral de Michoacán, en los magistrados se dieron tres posiciones distintas: que la Constitución establece la posibilidad de candidaturas independientes y que en ella no hay fundamento para afirmar que los partidos tienen el "monopolio absoluto" en la postulación de candidaturas, posición defendida por los magistrados Castillo y Mauro Miguel Reyes Zapata; aquella que desde la Carta Magna establece efectivamente dicho monopolio, defendida por los magistrados Berta Navarro y Eloy Fuentes; y la del magistrado José de Jesús Orozco, quien considera que las candidaturas independientes no están prohibidas, pero que el Congreso debe legislar sobre la materia, pues sólo es exclusiva de los partidos la postulación de candidatos a elección de representación proporcional, y no en la de mayoría relativa.