LUNES Ť 24 Ť SEPTIEMBRE Ť 2001
Ť En cinco años se ha negado a reinstalar en la dependencia a un empleado
Desacata la SG 15 veces orden del TFCA
Ť Interpone un nuevo amparo cada que se le recomienda cumplir con el laudo federal
JUAN ANTONIO ZUÑIGA M.
A casi cinco años de que la sala tercera del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje emitiera un lado que ordena a la Secretaría de Gobernación la reinstalación de José de Jesús Quintero García, quien fuera subjefe de departamento del Archivo Central del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), esta dependencia ha desconocido en 15 ocasiones los requerimientos de este tribunal para cumplir la sentencia, y ha antepuesto amparos sin éxito.
Documentos en poder de La Jornada, entre los que se incluyen dos peticiones de la Presidencia de la República a la Secretaría de Gobernación para que se cumplimente el fallo del Tribunal Federal; una recomendación emitida en el mismo sentidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y los fallos a favor de Quintero García que anulan los amparos interpuestos por la dependencia, parecen poner en entre dicho la validez jurídica de un laudo federal por una de las principales instituciones encargadas de hacer valer el estado de derecho en el país.
El laudo, emitido el 4 de octubre de 1996 y ratificado hasta en cinco ocasiones por los magistrados del segundo y tercer juzgado de distrito en materia laboral en el DF, no ha sido acatado hasta la fecha y acumula salarios vencidos -desde el 22 de septiembre de 1995-, los cuales ascienden aproximadamente a "más de dos millones de pesos", según estima Quintero García.
Incluso la presidenta del Comité de Información, Gestoría y Quejas de la Cámara de Diputados, Lorena Martínez Rodríguez, solicitó la intervención del titular de la Secretaría de Gobernación, Santiago Creel Miranda, para dar cumplimiento al laudo que ordena la reinstalación. La respuesta ha sido la interposición de un nuevo amparo, sobre el que resolverá el segundo juzgado de distrito B en materia de trabajo, el próximo 15 de octubre.
El recorrido de una a otra dependencia ha sido largo y sinuoso. Ninguna orden o recomendación ha sido acatada. El laudo emitido por los magistrados de la tercera sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, relativo al expediente 397/96, sigue sin efectividad después de casi cincos años y parece documentar que las prácticas de ajuste o recorte de personal no se avienen, desde hace tiempo, a lo establecido por la ley, por ejemplo:
En una copia de otro documento, recibido el 19 de junio de 1998 por la Oficialía de Partes, según el sello de registro, dice textualmente: "Centro de Investigaciones y Seguridad Nacional, Dirección de Protección. Asunto: Renuncia Irrevocable. México DF, a ____de_________ de 1998. Contraalmirante Wilfrido Robledo Madrid. Director de Protección. Presente.
"Por este conducto, me permito hacer del superior conocimiento de usted, que con esta fecha presento mi Renuncia Irrevocable, por motivos personales, al puesto de analista que he venido desempeñando en esta área bajo su digno cargo.
"Sin otro particular, le reitero mi más atenta y distinguida consideración, Respetuosamente, Seraldy Iliana Rodríguez Becerril". Y hay una firma. Así como el oficio, al margen inferior izquierdo hay otro sello de la Dirección de Protección, el cual dice "recibido", pero los espacios de fecha y hora están en blanco.