JUEVES Ť 6 Ť SEPTIEMBRE Ť 2001

Ť Petición de la PGJDF para garantizar la reparación del daño, si es declarado culpable

Ordena juez cuarto penal embargo precautorio de seis propiedades de Oscar Espinosa Villarreal

Ť Se teme que el ex regente se deshaga de sus bienes para no pagar Ť Analiza la PGR si consigna una averiguación previa por el delito de ejercicio indebido del servicio público

ANGEL BOLAÑOS Y GUSTAVO CASTILLO

El juez cuarto penal ordenó el embargo precautorio de seis propiedades de Oscar Espinosa Villarreal, a petición de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), con el fin de garantizar la reparación del daño ocasionado al Gobierno capitalino, en caso de que sea declarado culpable del delito de peculado por 420 millones de pesos.

En tanto, la Procuraduría General de la República (PGR) analiza si consigna una averiguación previa en la que el ex regente de la ciudad de México es señalado como presunto responsable del delito de ejercicio indebido del servicio público, cuando fungió como titular de la Secretaría de Turismo (Sectur).

El juzgado cuarto de distrito en materia penal concedió al ex jefe del Departamento del Distrito Federal (DDF) una suspensión definitiva de la orden de aprehensión, y fijó el pago de una garantía de 4 millones 200 mil pesos, monto que la PGJDF consideró insuficiente para garantizar el resarcimiento del daño ocasionado al Gobierno de la ciudad, por lo que presentó al juez Enrique Cedillo García un incidente de embargo precautorio.

Medida de precaución

Argumentó ante la autoridad jurisdiccional la posibilidad de que Oscar Espinosa se deshaga de sus bienes para no pagar, en caso de que el juez dicte una sentencia condenatoria que lo obligue a la reparación del daño, lo que sustentó con el antecedente de su huida del país para sustraerse de la acción de la justicia.

Cedillo García consideró suficientemente motivada la petición y procedió a ordenar el embargo precautorio de seis propiedades de Oscar Espinosa a favor del Gobierno de la ciudad, solicitando al Registro Público de la Propiedad se inscriba el ordenamiento judicial de manera que el ex regente no esté en posibilidad de vender dichas propiedades.

El 31 de julio de 2000, cuatro días antes de desaparecer de la escena pública, cuando aún era secretario de Turismo del gobierno federal, el ex funcionario hizo público su patrimonio familiar, donde aseguró que sus bienes y posesiones ascendían a un monto total de 15 millones 352 mil pesos.

Dijo poseer ocho inmuebles, entre casas y terrenos, que en conjunto representaban casi la totalidad de su patrimonio, al asignarles un valor total de 14 millones 5 mil pesos. Asimismo, mencionó tres terrenos de 45 hectáreas, otro de 476 metros cuadrados y 50 por ciento de la posesión de uno más de 148 metros cuadrados, todos ellos en Valle de Bravo, estado de México; un terreno de 4 mil 930 metros cuadrados en Malinalco, también estado de México; 20 por ciento de un terreno de 807 metros cuadrados en Puerto Vallarta, Jalisco; una casa en Bosques de las Lomas, y 8.3 por ciento de un departamento en Pedregal del Sur.

La medida judicial tiene su fundamento en el artículo 35 del Código de Procedimientos Penales: ''Cuando haya temor fundado de que el obligado a la reparación del daño oculte o enajene los bienes en que deba de hacerse efectiva dicha reparación, el Ministerio Público, el ofendido o víctima del delito, en su caso, podrán pedir al juez el embargo precautorio de dichos bienes''.

Para esto, explicaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, no basta la sola petición, pues el mismo ordenamiento establece que para que el juez pueda ordenar dicho embargo, ésta debe probar la necesidad de la medida. Además, el juez debe considerar a su juicio -pues el embargo es también decretado bajo su responsabilidad- que el inculpado no otorgó una fianza suficiente para garantizar la reparación del daño, lo que ocurrió con la garantía fijada por el juzgado de amparo federal.

Además, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal promovió ante un tribunal colegiado de circuito un incidente de revisión de la suspensión definitiva de la orden de aprehensión, que está pendiente de resolución y que, en su caso, podría revocar la resolución o modificarla, a efecto de que se incrementara la garantía para que Espinosa Villarreal siga gozando de la suspensión.

Por otra parte, fuentes cercanas a la defensa de Oscar Espinosa Villarreal aseguraron que el ex funcionario presentó ante la PGR ''sólo un escrito en el que manifiesta que él se acoge a los términos en que la Suprema Corte de Justicia de Nicaragua se pronunció con respecto a su extradición'', esto es, que no puede ser juzgado por otros delitos que no sea el de peculado por 420 millones de pesos.

Incluso, indicaron los entrevistados, ''se entregó al Ministerio Público federal una copia de la resolución de la corte de Nicaragua, pero no se conoció el contenido de las negociaciones ni tampoco las pruebas que obran en la averiguación previa. Jurídicamente, nosotros consideramos que la averiguación previa no debe ser encauzada, puesto que no está contemplada dentro de los términos en que se dictó la sentencia en Nicaragua, por eso no se considera notificado oficialmente de los detalles de la investigación'', se informó.

En tanto, funcionarios de la Procuraduría General de la República mencionaron que la averiguación previa en contra de Espinosa Villarreal, que se refiere a ejercicio indebido del servicio público, ya está terminada y entró ''a la fase de análisis para su consignación o no ejercicio de la acción penal''.