JUEVES Ť 6 Ť SEPTIEMBRE Ť 2001
Ť Presentan una formal reclamación por el total incumplimiento del convenio 169
Anipa, Sitrajor y STUNAM llevan ante la OIT su inconformidad por la reforma indígena
Ť Prosiguen su curso demandas de amparo interpuestas por comunidades del DF y Edomex
ROSA ROJAS
En el contexto de la resistencia civil contra la reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígenas, la Asamblea Nacional Indígena Plural por la Autonomía (Anipa) y los sindicatos Independiente de Trabajadores de La Jornada (Sitrajor) y de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México (STUNAM) presentaron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en Ginebra, una formal reclamación contra los Estados Unidos Mexicanos por el total incumplimiento del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, por considerar que dicha reforma es violatoria de este instrumento internacional.
Al respecto la Anipa subrayó que dicha ''contrarreforma fue promulgada el pasado 14 de agosto por el Presidente de la República... consumándose así la traición a los pueblos indígenas al no reconocerse constitucionalmente nuestros derechos, incumpliéndose una vez más los acuerdos de San Andrés, de los que derivó la iniciativa de ley de la Cocopa, que tenía el consenso y la aprobación tanto de los pueblos y organizaciones indígenas, como del EZLN''. Agregó que dicha reforma ''ha sido ampliamente rechazada, porque además de haberse violentado las constituciones locales y federal en todos sus procesos de discusión y aprobación, ha contravenido tratados y convenios internacionales'', como el citado 169 de la OIT.
Por otra parte, el juzgado noveno de distrito admitió la demanda de amparo y concedió la suspensión de la citada reforma constitucional al poblado indígena de San Nicolás Totolapan, DF, con lo que ya son dos las comunidades que la obtienen (la primera fue San Miguel Xoltepec, estado de México).
En los casos de San Mateo Tlaltenango, DF -presentada en el juzgado segundo-, y de Santa Cruz Atizapán, estado de México (juzgado sexto de distrito), los respectivos juzgadores admitieron las demandas de amparo, pero no concedieron la suspensión provisional de los actos reclamados. En dos casos, Milpa Alta, DF, y San Antonio La Laguna, estado de México, los jueces hicieron ''prevención'', es decir, solicitaron aclaraciones a la comunidad quejosa, pero aún no han admitido el amparo.
El abogado Carlos González indicó que se interpondrá queja ante el tribunal colegiado en el caso de San Mateo Tlaltenango, porque el juez, al no conceder la suspensión, deja en estado de indefensión a la comunidad quejosa.
Explicó que al negar la suspensión de los actos reclamados, que son sustancialmente la mencionada reforma y su proceso, el juez estimó que no se daban los supuestos que argumentó el poblado quejoso. ''Consideramos que esto es ilegal, porque al hacer esta estimación el juez está entrando a conocer el fondo del asunto antes de que se le dé trámite al juicio, y vamos a interponer recurso de revisión en contra del auto que niega la suspensión en los tribunales colegiados en materia administrativa''. Subrayó que lo importante es que esos recursos ya fueron admitidos y mencionó que están pendientes los de Milpa Alta y San Francisco Tlalnepantla, ambos del DF, aunque a este último ya le asignaron el número de expediente 779/2001.
A San Nicolás Totolapan le dieron el 766/2001. El juez Alvaro Tovilla León fijó la audiencia constitucional para el primero de octubre.
Para San Mateo Tlaltenango, el expediente es el 789/2001, y la audiencia quedó fijada para el 20 de septiembre.
La abogada Bárbara Zamora, del bufete Tierra y Libertad, informó que en el caso de Santa Cruz Atizapán el juez no otorgó la suspensión de los actos reclamados, porque según él, ''es una cuestión de fondo del amparo y que hasta que se resuelva el fondo va a resolver eso; no estamos de acuerdo y además la ley dice que debe notificársenos de manera personal a los representantes de la comunidad, y ellos no lo hicieron así; hablamos con el juez y dijo que va a regularizar el procedimiento''. La fecha de audiencia se fijó para el 26 de septiembre.
Zamora destacó la diferencia de criterios que ha habido entre los jueces respecto al tratamiento dado a los amparos contra la reforma constitucional en materia indígena. Por separado, González destacó que es la primera vez que las comunidades indias interponen amparos contra una reforma constitucional, ''lo que refleja el nivel de falta de legitimidad que tiene. En todo caso vamos a esperar la resolución, si no es favorable, se acudiría a la Suprema Corte de Justicia y a las instancias internacionales''.
Comisión de encuesta
En su reclamación contra México -presentada el pasado día 4- por el total incumplimiento del convenio 169 de la OIT, presentada ante el Consejo de Administración y la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, la Anipa, el Sitrajor y el STUNAM solicitan ''con la urgencia que la situación amerita la conformación de una comisión de encuesta, tal cual está previsto en el artículo 26 de la Constitución de la OIT.''
Las organizaciones reclamantes consideran que ''la situación de los pueblos indígenas de México es grave, delicada y preocupante, y que se impone la urgente adopción de medidas adecuadas, oportunas y eficaces para enfrentar y remediar la mencionada situación.''
Consideran que el convenio 169 ''es el único instrumento internacional que protege los derechos, particulares y específicos, de los pueblos indígenas, y que los derechos allí garantizados constituyen elementos básicos e indispensables para asegurar la existencia física y cultural de los pueblos.''
Finalmente, los quejosos señalan que harán llegar a los órganos competentes de la Organización Internacional del Trabajo informaciones complementarias a la reclamación presentada, y también quedan a disposición de los órganos correspondientes de esa institución para cualquier solicitud de información que consideren pertinente.